¿Deber dinero no es un fraude?
En primer lugar, no poder pagar no es fraude
1. Fraude se refiere al acto de defraudar cantidades relativamente grandes de propiedad pública o privada inventando hechos u ocultando la verdad. el propósito de la posesión ilegal.
2. El pago adeudado no constituye una disputa económica y no constituye fraude.
3. El importe adeudado será negociado por las propias partes. Si la negociación fracasa, el acreedor deberá presentar una demanda ante los tribunales por su cuenta.
2. Esta conducta no constituye delito de estafa:
(1) Se desconoce si se trata de instrumentos financieros falsificados, alterados o inválidos;
(2) Transferir instrumentos financieros a otros Confundir un instrumento financiero con el propio;
(3) Saber que el depósito es insuficiente y emitir por error un cheque sin fondos o emitir por error un cheque que no coincide con su sello reservado; p>
(4) Emisión Al realizar un giro postal o cheque de caja se ocasionan registros incorrectos por negligencia:
(5) No se sabe si el comprobante de cobro, comprobante de remesa o el comprobante de depósito bancario es falsificado o alterado.
En tercer lugar, el límite entre el delito de fraude y otros delitos de fraude
1. Los capítulos restantes de la ley estipulan respectivamente el delito de fraude en la recaudación de fondos, fraude en préstamos e instrumentos financieros. fraude y fraude de cartas de crédito, fraude de tarjetas de crédito, fraude de valores, fraude de seguros y fraude de contratos.
2. Estos delitos de estafa son iguales a este delito en aspectos subjetivos y objetivos, pero se diferencian en cuanto a sujetos, medios delictivos, elementos sujetos, objetos, etc., y son fáciles de distinguir.
Base jurídica:
Ley Penal de la República Popular China
Artículo 266
Quien defraude la propiedad pública o privada, si el la cantidad es relativamente grande, será condenada a tres años de prisión. Las siguientes personas serán condenadas a penas de prisión de duración determinada, detención penal o vigilancia pública, y serán condenadas simultánea o exclusivamente a penas de prisión de duración determinada no inferior a tres años, pero no más de diez años, concurrentemente con pena de prisión determinada no menor de diez años pero no mayor de diez años, o con cadena perpetua, y también serán multados o se les confiscarán sus bienes. Si esta ley dispone lo contrario, prevalecerán tales disposiciones.