Cada préstamo sólo puede prorrogarse () veces y el período de prórroga no excederá () años. A.21b.1;2c.1;1
El banco prestamista deberá revisar y aprobar la solicitud del prestatario de acuerdo con los procedimientos de aprobación. Cada préstamo sólo se puede prorrogar una vez y el período de prórroga no puede exceder de 1 año. Después de la prórroga, el período del préstamo no excederá el período máximo especificado por el banco prestamista y el préstamo prorrogado quedará nuevamente garantizado.