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Cómo entender lo dispuesto en el artículo 40 de la Ley de Contabilidad

¡Hola! Artículo 40 Si ocurre alguna de las siguientes circunstancias, el empleador podrá rescindir el contrato de trabajo, previa notificación escrita al trabajador con 30 días de anticipación o pagando al trabajador un mes adicional de salario:

? (1) Un empleado está enfermo o lesionado no debido al trabajo, y después de que expira el período de tratamiento médico prescrito, no puede realizar el trabajo original u otros trabajos organizados por el empleador;

? (2) El trabajador es incompetente para el trabajo y después de capacitarse o ajustar su puesto de trabajo, todavía no puede realizar el trabajo;

? (3) Las circunstancias objetivas en las que se celebró el contrato de trabajo han sufrido cambios importantes, lo que hace imposible ejecutar el contrato de trabajo, y el empleador y el empleado no pueden llegar a un acuerdo para cambiar el contenido del contrato de trabajo después de la negociación.

? El empleador promete pagarle el salario de un mes. Esta es la disposición de este artículo. Es imposible que usted reciba el salario de otro mes.

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