El día después de que me despidieran de la empresa, la empresa se declaró en quiebra. ¿Hay alguna compensación por una situación como la mía?
Depende de si firmó un contrato, si le avisaron con un mes de antelación antes de ser despedido, cuánto tiempo lleva trabajando y si todavía es capaz después de la liquidación después de que la empresa quiebra (generalmente , se da prioridad al pago de compensación laboral).
[Información rápida]
Puedes recibir una compensación equivalente a 1 mes de salario por cada año de trabajo.
El empleador despida o rescinda el contrato de trabajo, excepto por circunstancias especiales (tales como violación grave de las normas y reglamentos del empleador; negligencia grave en el cumplimiento del deber, negligencia para beneficio personal, causar daño significativo al empleador; y será considerado penalmente responsable según la ley), etc.), por supuesto, debería haber una compensación financiera o una compensación. Si cumple con la Ley de Contrato de Trabajo y las disposiciones del contrato de trabajo, el empleador deberá pagar una compensación económica al trabajador de conformidad con los artículos 46 y 47 de la Ley de Contrato de Trabajo si viola la Ley de Contrato de Trabajo y las disposiciones de la misma; contrato de trabajo, el empleador deberá pagar una compensación económica al empleado de conformidad con los artículos 46 y 47 de la Ley de Contrato de Trabajo. Los artículos 48 y 87 estipulan que se pagará una compensación a los trabajadores, y la compensación será el doble de la compensación económica. Para obtener detalles sobre el alcance del cálculo de la compensación económica, consulte el artículo 27 del "Reglamento para la implementación de la Ley de Contrato de Trabajo". Si el empleador no notifica al empleado por escrito con 30 días de anticipación, también deberá pagarle un mes adicional de salario de conformidad con el artículo 40 de la Ley de Contrato de Trabajo. El empleador también deberá expedirle un certificado de terminación del contrato de trabajo según lo estipulado en el artículo 50 de la Ley de Contrato de Trabajo. El contenido del certificado debe cumplir con lo dispuesto en el artículo 24 del Reglamento de Aplicación de la Ley de Contrato de Trabajo.
Para obtener detalles sobre el momento del pago del salario cuando se rescinde el contrato de trabajo, consulte el artículo 9 de las "Disposiciones provisionales sobre el pago del salario" y para obtener detalles sobre el momento del pago de la compensación económica, por favor referirse al artículo 50 de la “Ley de Contrato de Trabajo”. Si el pago no se realiza a tiempo, se podrá exigir al empleador la implementación de los artículos 3 y 10 de las Medidas de Compensación Económica por Violación y Terminación de Contratos de Trabajo y el artículo 85 de la Ley de Contrato de Trabajo.
De acuerdo con lo establecido en la Ley de Contrato de Trabajo, cuando un empleador se disuelve, la relación laboral entre el empleador y el empleado terminará automáticamente, debiendo el empleador proporcionar una compensación económica de conformidad con la ley.
Por lo tanto, en el caso de disolución de la sociedad, la personalidad jurídica de la sociedad ha quedado extinguida y debe entrar en etapa de liquidación. Si no se trata de quiebra, los accionistas realizarán la liquidación de conformidad con lo dispuesto en el estatuto. Ley de Sociedades, y el producto de la liquidación se utilizará primero para pagar los salarios de los empleados, la seguridad social y la compensación económica a los empleados, si está en quiebra, debe ser liquidado por el administrador de la quiebra bajo los auspicios del tribunal; Los ingresos se utilizarán primero para pagar los salarios de los empleados, la seguridad social y la compensación económica. Concluida la liquidación, se dará de baja a la empresa en la Dirección Industrial y Comercial, se dará por terminada la empresa y se terminará automáticamente la relación laboral con sus empleados.
Nota: No existe ninguna compensación económica para los empleados que renuncian voluntariamente.
Según la Ley de Contrato de Trabajo, si el empleado ha trabajado 8 meses, la compensación económica es de 1 mes de salario.