Soy un estudiante pobre. Gasté 100 yuanes para comprar una hermosa bicicleta nueva en el mercado de bicicletas de segunda mano, pero la policía me atrapó. . .
Resumen: El delito de adquisición de bienes robados se refiere al acto de adquirir bienes robados sabiendo que son producto del delito. "A sabiendas" incluye dos estados cognitivos: "conocimiento cierto" y "conocimiento posible", y la condena por un delito depende de si el "criminal" es condenado por el delito.
Palabras clave: Sugerencias sobre el status quo de la identificación de la adquisición de bienes robados
La Ley Penal de 1979 no incluía el delito de adquisición de bienes robados como un delito separado, pero se incluido en el ámbito del delito de venta de bienes robados junto con el delito de venta de bienes robados, sin embargo, la adquisición de bienes robados y la venta de bienes robados son, al fin y al cabo, dos comportamientos completamente diferentes, y existe una diferencia esencial. En la práctica judicial, se considera cada vez más que la misma imputación por ambos hechos es incompatible, y el delito de venta de bienes robados se refiere a quienes saben que se trata de bienes robados y los venden en su nombre. Sería descabellado tratarlos. "adquisición" como "ventas por cuenta ajena". Por lo tanto, la Ley Penal de 1997 tipifica el delito de compra de bienes robados y el delito de venta de bienes robados uno al lado del otro, lo que indica que la legislación penal actual ya no considera la compra de bienes robados como una forma de venta de bienes robados, sino como una forma separada. acto delictivo independiente del delito de venta de bienes robados, es un importante complemento y modificación de la Ley Penal de 1997 sobre el delito de venta de bienes robados, y tiene una profunda importancia práctica. A continuación, el autor hablará de su propia visión sobre las cuestiones relevantes del delito de adquisición de bienes hurtados.
1. Características jurídicas del delito de adquisición de bienes robados
1. El objeto de este delito es un doble objeto, que incluye las actividades normales de los órganos judiciales y la propiedad ajena. . En primer lugar, el objeto delictivo del delito de adquisición de bienes hurtados son los bienes robados. Los bienes robados son pruebas importantes que prueban y exponen los delitos. El delito de adquisición de bienes robados impide que las autoridades judiciales detecten rápidamente los casos, crea condiciones favorables para que los delincuentes eludan las sanciones legales y obstaculiza que las autoridades judiciales persigan los delitos penales. de los órganos judiciales. En segundo lugar, el delito de adquisición de bienes robados se comete contra bienes robados, lo que resulta en la imposibilidad de devolver los bienes robados a la víctima de manera oportuna, infringiendo así la propiedad de otros. Por tanto, el objeto principal de la infracción penal de bienes sustraídos son las actividades normales de los órganos judiciales, y el objeto secundario es la propiedad ajena.
2. El objeto delictivo de este delito y del delito de compra de bienes robados son los bienes robados obtenidos por otros del delito. Existen dos visiones diferentes sobre cómo entender el "delito" en "los bienes robados". obtenido del delito": un punto de vista es que el "delito" aquí debe limitarse a delitos con componentes criminales estipulados en la ley. Otro punto de vista es que el "delito" del "delito original" sólo necesita ser ilegal y no necesariamente requiere responsabilidad. Por lo tanto, también deben considerarse bienes robados los bienes obtenidos por una persona que carece de capacidad de responsabilidad penal para cometer actos ilícitos. Los bienes obtenidos mediante la comisión de un delito pero que tienen motivos para evitar el castigo pero que en realidad no son castigados también son bienes robados. ① El autor cree que teniendo en cuenta lo dispuesto en el propio artículo y el concepto de "delito" en el derecho penal, el "delito" aquí debe interpretarse estrictamente, es decir, la conducta anterior debe constituir un delito y la posterior adquisición de bienes robados. mercancías pueden constituir un delito. La "bienes robadas" aquí debe ser la propiedad obtenida por alguien que no sea la persona que compró la propiedad robada, y la propiedad obtenida por la persona que compró la propiedad robada de su propio delito no puede ser objeto de este delito.
3. La manifestación objetiva de este delito es la adquisición de bienes sustraídos obtenidos por otros mediante el delito. La llamada adquisición de bienes robados se refiere a la adquisición de bienes robados por una tarifa, incluida la compra a bajo precio, la venta a alto precio y la compra de bienes robados para uso personal.
4. El tema de este delito es un tema general. Cualquier persona mayor de 16 años que tenga capacidad de responsabilidad penal puede convertirse en sujeto del delito de adquisición de bienes sustraídos. Sin embargo, desde un análisis teórico del derecho penal, dado que el delito de adquisición de bienes robados se deriva de otros delitos, y el comportamiento del autor del delito en el manejo de los bienes robados obtenidos de su delito es absorbido por su comportamiento delictivo previo, Es un crimen irresistible. El castigo después del hecho. Por tanto, el autor de este delito no puede cometer el delito de adquisición de bienes robados manipulando los bienes robados obtenidos de su delito. Es decir, el sujeto del delito de adquisición de bienes hurtados sólo puede ser una persona física con capacidad de responsabilidad penal distinta del autor del delito.
5. El aspecto subjetivo de este delito debe ser intencional. La expresión intencional es "a sabiendas", es decir, el autor sabe "a sabiendas" que los bienes robados son producto del delito. Si el autor "a sabiendas" o no es la clave para determinar si se establece el delito de adquisición de bienes robados.
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2. Determinación del delito de adquisición de bienes sustraídos
(1) Cómo determinar el delito o no delito.
1. La determinación del “a sabiendas”. El "conocimiento" del autor de los bienes robados es la clave para determinar que su comportamiento constituye un delito de adquisición de bienes robados. Por lo tanto, cómo determinar el "conocimiento" del actor es la cuestión principal en la práctica judicial. En la actualidad, los círculos teóricos y prácticos del derecho penal de mi país tienen dos opiniones sobre cómo juzgar el "conocimiento" subjetivo del autor del delito de adquisición de bienes robados. Una opinión es que "a sabiendas" significa que el autor sabe claramente que los bienes robados son bienes robados, es decir, sólo puede ser la comprensión determinista del autor de los bienes robados. El conocimiento incierto de los bienes robados no puede considerarse como "claramente consciente". ". Otra opinión es que el "conocimiento" que tiene el autor de los bienes robados sólo requiere la conciencia de la posibilidad de poseer los bienes robados, es decir, el "conocimiento" incluye el conocimiento definitivo que tiene el autor de los bienes robados, así como el posible conocimiento de los bienes robados. bienes robados. ② El autor cree que la intencionalidad de un delito incluye la intencionalidad directa y la intencionalidad indirecta. El "conocimiento" en este delito también incluye dos situaciones: "conocimiento cierto" de la intención directa y "conocimiento posible" de la intención indirecta. Porque, en primer lugar, desde una perspectiva legislativa, el artículo 312 de la Ley Penal de 1997 no excluye la intencionalidad indirecta de la culpa subjetiva del delito de albergar, transferir, adquirir y vender bienes robados si existe una restricción a "a sabiendas". " Interpretarlo como "conocimiento cierto" sería contrario a la intención original de la legislación. Párrafo 1 del artículo 8 de las "Interpretaciones sobre diversas cuestiones relativas a la aplicación específica de las leyes en el tratamiento de casos de robo", emitidas conjuntamente por el Tribunal Popular Supremo y la Fiscalía Popular Suprema el 11 de diciembre de 1992: "Aquellos que sean declarados culpables de albergar o vender bienes robados El "conocimiento" no puede basarse únicamente en la confesión del acusado, sino que debe analizarse con base en los hechos objetivos del caso, siempre y cuando se demuestre que el acusado sabía o debería haber sabido que los bienes robados eran el producto. del delito y los acogió o los vendió en su nombre, se puede utilizar esta interpretación judicial. Se aclara el significado exacto de "a sabiendas". En segundo lugar, en la práctica judicial se destacan casos en los que los perpetradores, por diversos motivos egoístas, permiten y ayudan a los delincuentes a evadir sanciones legales y comprar bienes robados para su propio uso. Cuando el autor compra bienes robados, aunque no sepa con certeza que se trata de bienes robados, las diversas circunstancias anormales del momento, como el momento y lugar de la transacción, el bajo precio, la falta de documentos de certificación legal para el La propiedad en sí y las palabras de la otra parte pueden permitir al perpetrador emitir un juicio. Sin embargo, debido a la codicia por lo barato, dejó las cosas en paz y compró los artículos sospechosos de ser bienes robados. En general, esta situación debería tratarse como un delito. De hecho, si limitar "a sabiendas" a "cierto conocimiento" fuera perjudicial para la producción de pruebas, la mayoría de los delincuentes no sólo serían incapaces de confesar que sabían claramente, sino que también crearían todo tipo de pruebas y excusas sobre su ignorancia. El reconocimiento por parte del autor de los bienes robados sólo necesita reconocer los bienes obtenidos del delito, y no necesita conocer el delito mediante el cual se obtuvieron los bienes robados “El delincuente” y detalles como quién fue la víctima, cuándo y dónde. se cometió el delito, el tipo y cantidad de los bienes robados.
2. La trama sobre la adquisición de bienes robados. En primer lugar, el artículo 312 de la Ley Penal estipula que el delito de adquisición de bienes robados no limita las circunstancias del delito ni la cuantía del delito. Sin embargo, el delito de adquisición de bienes robados es un delito derivado y depende del "original". delito". Se determina que el delito El límite entre delito y no delito debe basarse en si el comportamiento del "infractor original" constituye un delito. Por lo tanto, incluso si el autor de la adquisición de bienes robados adquiere múltiples bienes robados del "infractor" que no constituye delito, ya que el "infractor" no constituye delito, tampoco se puede establecer el delito de adquisición de bienes robados. Por ejemplo, A compró una bicicleta por valor de 500 yuanes que le fue robada a B, un televisor por valor de 800 yuanes que le fue robado a C y un reloj por valor de 200 yuanes que le fue extorsionado a D. Aunque A llevó a cabo esta serie de adquisiciones, sin embargo , porque las acciones de B, C y D como "prisioneros" aún no constituyen un delito, por lo tanto, el comportamiento de A no constituye el delito de adquisición de bienes robados. Existe otra situación en la que la "prisión" comete un delito, pero el autor que compró los bienes robados compró sólo parcialmente los bienes robados de la "prisión". Se debe considerar si la cantidad de bienes robados adquiridos por el autor alcanza el estándar de condena. el delito cometido por la "prisión". Por ejemplo, la persona A roba una bicicleta por valor de 500 yuanes y un teléfono móvil por valor de 2000 yuanes, y la persona B compra la bicicleta robada. El comportamiento de la persona A obviamente constituye un delito de robo, pero el comportamiento de la persona B no constituye un delito de adquisición. .
Aunque B compró bienes robados mediante robo, el criterio para determinar si constituye un delito de compra de bienes robados debe basarse en el comportamiento del "infractor", es decir, debe ser condenado en función del monto del delito de robo. En segundo lugar, el comportamiento de comprar bienes robados para uso personal debe tratarse por separado según las diferentes situaciones. La "Interpretación de varias cuestiones relativas a la aplicación específica de las leyes en el tratamiento de casos de robo" estipula claramente: Si los bienes robados se compran para uso personal y las circunstancias son graves, se castigará el delito de venta de bienes robados. Comprar bienes robados para uso personal es menos cruel subjetivamente que comprar bienes robados a bajo precio y venderlos a un precio alto para venderlos con fines de lucro. Por tanto, la compra de bienes robados para uso personal sólo constituye delito de adquisición de bienes robados si las circunstancias son graves. En cuanto al acto de comprar bienes robados ocasionalmente o en pequeñas cantidades para uso personal, se encuentra comprendido en la salvedad prevista en el artículo 13 de la Ley. Según el derecho penal y no puede ser castigado como delito de adquisición de bienes robados, según lo dispuesto en el párrafo 1 del artículo 24 del "Reglamento sobre las penas de la administración de seguridad pública de la República Popular China", su detención no excederá el tiempo. 15 días, multa no inferior a 200 yuanes o amonestación.
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(2) La diferencia entre el delito de adquisición de bienes robados y delitos conexos
1. La diferencia entre el delito de adquisición de bienes robados. y el delito de albergar y proteger. El delito de acogida y blindaje se refiere al acto de proporcionar un escondite o propiedad a una persona que sabe que está cometiendo un delito, ayudándola a ocultarlo o dando pruebas falsas para protegerla. El delito de acogida y protección y el delito de adquisición de bienes robados entran ambos en la categoría de obstrucción de la justicia y tienen muchas similitudes: los objetos que infringen son los mismos, obstaculizando el orden judicial normal y generando desventajas para la labor judicial; de ambos son sujetos generales, siempre que alcancen la mayoría de edad de responsabilidad penal, cualquier persona natural con capacidad de responsabilidad penal puede convertirse en sujeto delincuente, pero se excluye al "infractor original", no pudiendo convertirse la unidad en sujeto delincuente; el aspecto subjetivo de ambos es intencional, y ambos tienen el aspecto subjetivo de "a sabiendas" Deliberadamente. La principal diferencia entre ambos es: el delito de acogida y blindaje es el de acogida del autor del delito, es decir, el objeto del delito es la "persona" que cometió el delito, mientras que el delito de adquisición de bienes robados es la adquisición de bienes robados. bienes obtenidos del delito, y el objeto del delito son los "bienes robados, no las "personas". Sin embargo, en la práctica judicial, a menudo sucede que el autor de la adquisición de bienes robados adquiere bienes robados que son a la vez herramientas delictivas, o que los artículos comprados contienen bienes robados y herramientas delictivas, o porque el acto de comprar bienes robados en sí es ilegal. , el autor de la compra de bienes robados para evadirlo Aportó pruebas falsas a las autoridades judiciales, ocultó la verdad y encubrió el comportamiento del "infractor original" Es difícil distinguir la culpabilidad. Estas situaciones incluyen:
(1) El perpetrador adquiere bienes robados que también son herramientas criminales. Por ejemplo, la persona A primero roba un automóvil y luego lo utiliza como medio de transporte para robar. La persona B compra el automóvil a bajo precio. En este caso, este automóvil tiene los atributos duales de bienes robados y herramienta criminal. El acto de B de adquirir el automóvil violó el delito de albergar y el delito de adquirir bienes robados al mismo tiempo. Respecto de esta situación, el autor cree que si bien la Persona B realizó una adquisición con las dos intenciones delictivas de cubrir a la Persona A y comprar un automóvil, cometió dos delitos de albergar y comprar bienes robados, y debe ser declarado culpable de competencia imaginaria. Imaginemos que el principio de sentencia para los delincuentes cooperantes es "sentenciarlos desde el primer delito grave", es decir, serán castigados según el delito más grave entre los varios delitos cometidos por su conducta delictiva. El artículo 312 del Código Penal prevé la pena máxima legal de tres años de prisión por el delito de adquisición de bienes robados, mientras que el artículo 310 del Código Penal prevé dos penas legales por el delito de acogida, a saber, prisión por no más de tres años, prisión o vigilancia penal y pena privativa de libertad inferior a diez años. En cambio, la pena máxima legal para el delito de acogida es mayor que la del delito de adquisición de bienes hurtados. el delito de acogida y el delito de adquisición de bienes robados
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El delito de competencia imaginaria debe ser castigado como un delito de encubrimiento.
(2) Los objetos del perpetrador incluyen tanto bienes robados como herramientas criminales. Por ejemplo, la persona A va en bicicleta a un lugar determinado y roba un televisor en color. Luego, la persona B compra la bicicleta y el televisor en color juntos. La persona B aquí no solo compró una bicicleta como herramienta delictiva, sino que también compró un televisor en color como artículo robado. También cometió un acto delictivo y cometió dos delitos de albergar y comprar bienes robados al mismo tiempo. Concurrencia imaginaria, B debe ser castigado por el delito de acogida.
(3) El autor cometió el delito de adquisición de bienes robados y entregó certificados falsos a las autoridades judiciales.
Algunos estudiosos creen que esta situación debe dividirse en dos situaciones: una es para protegerse a uno mismo y a los bienes robados. Aunque objetivamente también protege al "infractor original", es una circunstancia agravante de la continuación del delito y no puede constituir varios delitos. , a los efectos de la doble protección del "delincuente" y de sí mismo, debe ser castigado con el delito de adquisición de bienes robados y el delito de acogida. ③Una de las características de esta situación es que en el proceso de compra de bienes robados, el perpetrador proporcionó certificados falsos para ocultar la verdadera fuente de los bienes robados. De hecho, cometió dos delitos, a saber, el acto criminal de comprar bienes robados y. el acto criminal de encubrimiento no puede incluir el segundo comportamiento. En relación con esto, los estados mentales subjetivos que gobiernan los dos comportamientos también son diferentes y generalmente se pueden dividir en dos tipos: primero, el estado mental subjetivo del comportamiento anterior es intencionalidad directa, y el estado mental subjetivo del comportamiento posterior es indirecto. intencionalidad; segundo, el estado mental subjetivo de los dos actos antes y después fue directamente intencional. Las conductas regidas por estos dos delitos diferentes son, respectivamente, elementos constitutivos objetivos de distintos delitos tipificados en la legislación penal, y han vulnerado delitos distintos, por lo que esta situación se considera un delito continuado y una agravante del delito de adquisición hurtada. bienes No se ajusta a la teoría general en el derecho penal de nuestro país de que un delito continuado debe ser un delito que comete intencionalmente un acto lesivo, por lo que no es aconsejable. La segunda característica de esta situación es que aunque el autor lo haya cometido. dos actos delictivos independientes estipulados en las dos disposiciones de la ley penal, y cometieron dos delitos respectivamente, pero estos dos actos se basaron en un propósito criminal final, y los dos actos del perpetrador se llevaron a cabo en torno a este propósito. Hay una conexión inherente entre los dos actos. Las conexiones causales son interdependientes y forman un todo orgánico. El autor cree que esta característica es más acorde con las características de los delincuentes implicados. El llamado delito implicado se refiere a una forma criminal en la que el autor comete un determinado delito y el método o comportamiento resultante viola otros delitos. En este caso, existe una relación implicada entre el acto delictivo de adquirir bienes robados y el acto de ocultar el verdadero origen de los bienes robados
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, y los dos En los hechos también se cometieron distintos delitos. Por lo tanto, se debe establecer quién está implicado. Según el principio de la teoría del derecho penal de que los delincuentes implicados deben ser castigados "con la pena más severa", en este caso el delito de acogida seguirá siendo castigado con una pena severa.
2. La diferencia entre el delito de adquisición de bienes sustraídos, el delito de malversación y el delito de estafa. En la práctica judicial, son frecuentes los casos de "aprovechamiento criminal de otros", es decir, delincuentes que cometen el acto de adquirir bienes robados, con el fin de conservar los bienes robados de forma gratuita, aprovechando la mentalidad "criminal" de no poder. buscan protección judicial y tienen miedo de hablar, de afirmar falsamente al "criminal" que proporcionó los bienes robados que los bienes robados han sido confiscados por agencias estatales o han sido robados, robados o perdidos por otras razones, para luego lograr el objetivo. objeto de poseer gratuitamente los bienes robados.
En el ámbito del derecho penal existen dos opiniones principales sobre el manejo de esta situación. Una opinión es que constituye el delito de adquisición de bienes robados. La razón es que el autor ya se ha apoderado de los bienes robados antes de su propio engaño, que se caracteriza por la entrega primero y el engaño después. No existe una relación causal inevitable entre el engaño y la entrega de los bienes. Cumple con los requisitos constitutivos del delito de adquisición de bienes sustraídos. Otra opinión es que tal comportamiento constituye fraude. La razón es: en este tipo de casos, el perpetrador tiene subjetivamente el propósito y la intención de defraudar. En el caso de "blanco y negro", el perpetrador posee ilegalmente los bienes robados, lo cual es el resultado inevitable de su comportamiento fraudulento. ④El autor cree que el manejo de casos "en blanco y negro" en los que se afirma falsamente que los bienes robados se perdieron pero se poseyeron ilegalmente debe tratarse por separado de acuerdo con las siguientes circunstancias.
(1) El delincuente acordó comprar los bienes robados del delincuente después de que el delincuente cometió el delito, pero después de que el delincuente entregó los bienes robados, tuvo la idea de poseer los bienes robados de forma gratuita. y no pagó por la excusa, y luego afirmó falsamente que el "criminal" estaba perdido, poseyendo así los bienes robados de forma gratuita. Respecto de esta situación, el autor considera que la conducta del autor constituye un delito de adquisición de bienes robados y un delito de malversación de fondos, debiendo ser sancionado por ambos delitos.
Las razones son: en primer lugar, el autor ha cometido dos delitos, a saber, la intención delictiva de adquirir bienes robados y la intención delictiva de poseer sin compensación. Estas dos intenciones delictivas se han producido sucesivamente y son independientes entre sí; Cometió dos delitos: el acto consiste en adquirir primero los bienes robados, pero al adquirir los bienes robados, negarse a pagar el préstamo debido a la ocurrencia de la segunda intención delictiva, para luego cometer este último acto delictivo, alegando falsamente que los bienes robados. se pierden, para lograr el objetivo de poseer los bienes robados de forma gratuita. Estos dos actos delictivos también se ejecutan uno tras otro, independientemente uno del otro. Con dos intenciones delictivas diferentes se cometieron dos hechos delictivos distintos, lo que cumplió con la constitución penal de los dos delitos. ¿Por qué se dice que este último acto del autor constituye delito de malversación de fondos? Porque el acto delictivo del "infractor" no cambió la propiedad de la propiedad, es decir, la propiedad de los bienes robados obtenidos por el "infractor" todavía pertenece al acto delictivo del "infractor" Por lo tanto, la posesión ilegal de los bienes robados por parte del autor de la compra de bienes robados sigue siendo una infracción de la propiedad de la víctima del delito de "el principal delincuente" es la posesión ilegal de los bienes robados por parte del autor de la compra de bienes robados. basado en la posesión ilegal o el delito de infracción del "infractor penitenciario" La posesión ilícita de los bienes de la víctima se basa en la "confianza" del infractor y el autor entrega voluntariamente los bienes robados, lo cual concuerda con las características de el delito de malversación de fondos.
(2) El delincuente pretende poseer ilegalmente los bienes robados obtenidos por el “delincuente” después de que éste comete el delito, y bajo el control de este propósito, alega falsamente su voluntad ante el “ delincuente” Después de comprar los bienes robados, y después de que el "criminal" lo creyó y entregó "voluntariamente" los bienes robados, el perpetrador poseyó ilegalmente los bienes robados al afirmar falsamente que los bienes robados se habían perdido. Por esta situación, el autor cree que constituye un delito de estafa pero no un delito de adquisición de bienes robados. En primer lugar, la entrega de los bienes robados por parte del autor fue el resultado del engaño del autor inventando razones falsas; en segundo lugar, la intención criminal del autor de poseer los bienes robados fue antes de poseer los bienes robados; en tercer lugar, el autor entregó los bienes robados; bienes al "criminal" Es sólo una especie de engaño que el delincuente se ofrezca a adquirir los bienes robados, y el propósito es hacer que el delincuente crea en él, para lograr el propósito de obtener los bienes robados. Por tanto, la conducta del autor se ajusta a las características penales del delito de estafa y constituye el delito de estafa.
(3) El perpetrador no sabía que lo que compró eran bienes robados y tenía el propósito de posesión ilegal antes de entregar el préstamo. Afirmó falsamente que los bienes robados se perdieron para el "criminal" y. por lo que tomó como propios los bienes robados. Por este tipo de actos, el autor considera que sólo puede ser sancionado con el delito de malversación de fondos. Porque en este caso, el perpetrador no conocía la propiedad robada de la propiedad comprada, y por lo tanto subjetivamente carecía del delito de compra de propiedad robada, sino porque el perpetrador tenía la intención de poseer ilegalmente la propiedad antes de pagar el pago, y por la presente intencionalmente Él cometió malversación de fondos bajo su control y, por lo tanto, fue acusado de malversación de fondos.
(3) Determinación de colusión previa entre el autor de la compra de bienes robados y el "infractor original".
El autor del delito de compra de propiedad robada que conspiró previamente con el "infractor original" no debe ser considerado culpable de comprar propiedad robada, sino que debe ser castigado como el primer infractor del "infractor original". delincuente". Esta es también una práctica constante en la práctica judicial y ha sido reconocida por interpretaciones judiciales pertinentes. El punto 3 del artículo 8 de la "Interpretación de varias cuestiones relativas a la aplicación específica de las leyes en el tratamiento de casos de robo" estipula: "Quien conspire previamente con los ladrones y posteriormente oculte los bienes robados o los venda o compre en su nombre, será castigado como delincuente de robo." "La Fiscalía Popular Suprema
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también hizo una interpretación judicial clara el 13 de febrero de 1995: "Con robo, fraude, robo, robo , Si delincuentes como malversación y extorsión conspiran de antemano y luego ocultan, venden o compran los bienes robados obtenidos por los delincuentes, serán considerados penalmente responsables como delincuentes ”
3. . La situación actual del delito y sugerencias legislativas
(1) La situación actual del delito de adquisición de bienes robados
Por motivos de lucro, el delito de adquisición de bienes robados. Es un delito relativamente común y frecuente en la práctica judicial. Entre los casos penales juzgados por nuestro tribunal en los últimos años, el 40% de los casos de robo y el 20% de los casos de robo resultaron en uno o incluso varios actos de adquisición de bienes robados. Por ejemplo, el acusado Li robó más de 50 bicicletas en cuatro meses, excepto dos bicicletas que gastó, todas las demás las vendió a precios bajos.
Otro ejemplo es el caso de robo en el que participaron los acusados Huang, Tian y otras bandas. Diecinueve motores de diversos tipos fueron robados y vendidos a varios centros de recogida de chatarra a precios bajos. El acto de adquirir bienes robados sin duda contribuye a delitos contra la propiedad como hurto y hurto. Es necesario llevar a cabo una fuerte represión. Sin embargo, debido a ciertas dificultades en su funcionamiento real en la legislación y la práctica judicial, este delito tiene muchas desventajas, que se reflejan principalmente en:
1. Esto se basa principalmente en el hecho de que el delito de adquisición de bienes robados en sí no tiene circunstancias ni requisitos de cuantía, sino que es accesorio a las características de comportamiento del "delincuente". Dado que la tipificación del delito de adquisición de bienes robados se basa en el comportamiento delictivo del "prisionero", muchos autores se han aprovechado de este vacío legal para comprar grandes cantidades de bienes robados obtenidos ilegalmente por personas que no son penalmente responsables. o comprarlos extensamente El "criminal" obtuvo ilegalmente los bienes robados pero no cumplió con los estándares criminales. Aunque los bienes robados acumulados que adquirieron fueron grandes y las circunstancias fueron graves, y algunos incluso se especializaron en esta profesión, porque el "criminal". no constituyó un delito, la ley no puede condenarlo. Evidentemente, esto es una indulgencia para estos delincuentes y es extremadamente ineficaz para combatir la delincuencia.
2. El castigo es injusto. Esto también se debe a la dependencia del delito de adquisición de bienes robados del "prisionero". Por ejemplo, A robó un anillo por valor de 600 yuanes, B lo compró y B cometió el delito de adquirir bienes robados; mientras que C robó un anillo por valor de 600 yuanes, D lo compró y el comportamiento de D no constituye un delito. También es un acto de adquisición de bienes robados, y se adquieren bienes robados del mismo valor. Sin embargo, debido a la diferente naturaleza del comportamiento del "criminal", la naturaleza del autor de la compra de bienes robados también es diferente. El primero es un acto criminal, mientras que el segundo es sólo un acto ilegal. Aunque el grado de daño del comportamiento del "criminal" es diferente, en lo que respecta al comportamiento de adquirir bienes robados, el grado de daño social de B y D es el mismo. Debería haber situaciones de tratamiento diferentes, de lo contrario sería una violación. el principio de delito y pena proporcionales en el derecho penal.
(2) Sugerencias para mejorar la legislación
-A partir de las características del delito de compra de bienes robados y las deficiencias del delito de compra de bienes robados, el autor cree que los problemas de este delito debe resolverse mediante la legislación. En primer lugar, se debe establecer la independencia del delito y eliminar su dependencia y derivación del "delito original". Como delito independiente, el delito de adquisición de bienes robados debe tener su propia independencia y no debe estar adjunto. el "delito original". En la expresión de las disposiciones legales, el "delincuente" en "a sabiendas de que se trata de bienes robados obtenidos del delito" puede cambiarse por "ilegal". Darle independencia puede evitar que algunos delincuentes aprovechen los vacíos legales y "violen la ley" sin "criminalizar". En segundo lugar, el delito debe incluirse en la categoría de delito de circunstancia o delito de cantidad para evitar castigos diferentes para el mismo tipo de conducta. Como delito de obstrucción del orden judicial, el delito de compra de bienes robados debe determinarse por las circunstancias. Al mismo tiempo, como delito de infracción de la propiedad, el delito de compra de bienes robados debe determinarse por el monto del delito. Por lo tanto, la pena por este delito debe ser de Se considerarán tanto las circunstancias como el monto. En tercer lugar, se pueden considerar dos niveles en la sentencia, a fin de tratar delitos con diferente gravedad de las circunstancias de adquisición de bienes robados y diferentes cantidades de bienes robados.
Referencias:
①Jin Zitong et al.: "Crimen y castigo: la teoría y la práctica de los delitos que obstruyen el orden de gestión social" (Prensa de la Academia de Ciencias Sociales de Shanghai) Edición de 1989 No. 271 página.
② Zhao Bingzhi, "Obstruction of Justice" (Prensa de la Universidad de Seguridad Pública del Pueblo de China), edición de 1999, página 250.
③ Las "Discusiones sobre varias cuestiones del delito de albergar y vender ganancias robadas" de Shi Zanwen se publicaron en el número 4 de 1998 del "Internal Journal of Law".
④ Las "Discusiones sobre varias cuestiones a la hora de determinar el delito de ocultar y vender ganancias ocultas" de Zhou Jiehua se publicaron en "Law Science and Practice", número 6, 1990.