¿Cómo realizar asientos contables cuando existen diferencias en la liquidación final del impuesto a la renta?
1. Si es el impuesto anual a pagar
Impuesto pagado anticipadamente
Débito: impuesto a pagar - impuesto sobre la renta a pagar
Crédito: Gasto por impuesto sobre la renta
2. Si es el impuesto anual a pagar.
Exceso de impuesto de tenencia
(1) Devolución del impuesto pagado en exceso.
Débito: depósito bancario
Crédito: impuesto a pagar - impuesto sobre la renta corporativo a pagar
(2) El pago excesivo del impuesto se deducirá por adelantado para los ingresos del próximo año impuesto.
Débito: gasto por impuesto sobre la renta
Crédito: impuesto a pagar - impuesto sobre la renta a pagar
Cuestiones a las que se debe prestar atención en la liquidación final:
Primero, declarar las remesas a tiempo, declarar las pérdidas patrimoniales y declarar los descuentos;
En segundo lugar, se deben ajustar los asuntos tributarios, se deben compensar las pérdidas anuales, se deben unificar los estándares de declaración y se debe realizar la declaración electrónica. debe ser competente.
Terminación por liquidación definitiva:
El IRPF se calcula anualmente y se paga anticipadamente en cuotas mensuales o trimestrales.
El pago anticipado debe realizarse dentro de los 7 días posteriores al final de cada mes o trimestre, y las declaraciones del impuesto sobre la renta individual para empresas individuales y sociedades de inversionistas deben presentarse a las autoridades fiscales competentes dentro de los 30 días posteriores al final del año, junto con las cuentas contables finales anuales y los comprobantes de pago anticipado del IRPF deberán liquidarse y pagarse dentro de los 3 meses siguientes a la finalización del año.