Requisitos para la constitución del jefe de contabilidad
La "Ley de Contabilidad" promulgada e implementada en nuestro país en 1985 aclaró por primera vez en forma de ley los requisitos para el establecimiento de un jefe de contabilidad, afirmando plenamente el sistema de contabilidad general, promoviendo así en gran medida el desarrollo del sistema de contabilidad principal de nuestro país. En diciembre de 1990, el Consejo de Estado promulgó el Reglamento del Contador Jefe. El "Reglamento" combina la nueva situación y los nuevos requisitos de la reforma de mi país y establece disposiciones completas, integrales, sistemáticas y específicas sobre el estatus, responsabilidades, autoridad, nombramiento, destitución, recompensas y castigos del jefe de contabilidad, con lo que el jefe de contabilidad de mi país sistema hacia un nuevo período de desarrollo. Cuando se revisó la "Ley de Contabilidad" en 1993, se volvió a estipular claramente: "Las grandes y medianas empresas, las instituciones públicas y los departamentos comerciales pueden nombrar jefes de contabilidad. El jefe de contabilidad será una persona con calificaciones profesionales y técnicas superiores a las de un contador". Por supuesto, esta revisión La "Ley de Contabilidad" tiene nuevas regulaciones sobre el alcance de la creación de un jefe de contabilidad, es decir, "empresas de propiedad estatal y grandes y medianas con activos de propiedad estatal que tengan una participación de control o posición dominante", y es "necesario crear un jefe de contabilidad".