¿Cuáles son los riesgos de los préstamos hipotecarios para vivienda?
Base jurídica
El artículo 394 del Código Civil garantiza el cumplimiento de las deudas. Si el deudor o un tercero hipoteca el inmueble al acreedor sin transferirle la posesión del inmueble, y el deudor no paga las deudas vencidas o no ejecuta la hipoteca según lo acordado por las partes, el acreedor tendrá derecho a recibir prioridad en el pago del bien. propiedad. El deudor o tercero señalado en el párrafo anterior es el deudor hipotecario, el acreedor es el acreedor hipotecario y el bien que da garantía es el inmueble hipotecado. Artículo 401: El acreedor hipotecario y el deudor hipotecario convienen en que si el deudor no paga sus deudas, el bien hipotecado pertenecerá al acreedor, y según la ley, el bien hipotecado sólo puede tener prioridad en el pago.