¿A cuánto tiempo será condenada un familiar mío por lavar 30 millones al mes?
El artículo 191 de la “Ley Penal” estipula: El que, a sabiendas, comete un delito de drogas, un delito de organización de tipo mafioso, un delito de actividades terroristas, un delito de contrabando, un delito de corrupción y cohecho. , un delito de alteración del orden de la gestión financiera o un delito de fraude financiero. A quien cometa cualquiera de los siguientes actos como producto de un delito se le confiscará el producto del delito mencionado anteriormente y se le impondrá una pena de prisión de duración determinada de no más de cinco años o prisión penal, y será multada también o únicamente con una multa superior al quintuplicado del dinero lavado. Si las circunstancias son graves, la persona será condenada a pena privativa de libertad no menor de cinco años pero no mayor de diez años, y multa no menor del 5% pero no mayor del 20% de la cantidad de dinero blanqueado. : (1) Proporcionar una cuenta de capital; (2) Ayudar a convertir propiedades en efectivo, letras financieras y valores (3) Ayudar en la transferencia de fondos a través de transferencias u otros métodos de liquidación; (4) Ayudar en el envío de fondos al extranjero; (5) Ocultar o disfrazar el producto del delito y la fuente y naturaleza del producto de otras maneras.