Red de conocimiento de divisas - Apertura de cuenta en divisas - Me voy a volver a casar. La mujer es viuda y tiene un niño de 8 años. Ahora tengo dos casas, una es de propiedad total y la otra es un préstamo hipotecario.

Me voy a volver a casar. La mujer es viuda y tiene un niño de 8 años. Ahora tengo dos casas, una es de propiedad total y la otra es un préstamo hipotecario.

Estoy tratando de responder a tu pregunta. En cuanto a tus dos casas, ambas son de tu propiedad personal. Si te divorcias (lo siento, para decirlo sin rodeos), ambos son tuyos, pero la mujer también tiene derecho a pagar la parte del préstamo de la segunda casa, que es la parte que pagas con el préstamo después del matrimonio, es decir. , con la parte de pago de la propiedad después del matrimonio. (Pero puedes llegar a un acuerdo sobre la propiedad de la casa antes del matrimonio). Legalmente hablando, en caso de divorcio, la primera casa te pertenecerá y la segunda casa te pertenecerá, pero después del matrimonio, usarás la propiedad inmobiliaria para pagar la segunda casa. Tienes que darle a la mujer algo de dinero con un descuento en la casa. Por supuesto, también puede optar por la justicia sobre bienes prematrimoniales.

En cuanto al tema de los derechos sucesorios planteado por la mujer, él es el hijastro y tú eres el padrastro. Respecto a la herencia legal,

Artículo 9 los derechos de herencia son iguales entre hombres y mujeres.

Artículo 10: La herencia se heredará por el siguiente orden:

Primer orden: cónyuge, hijos, padres.

Segundo orden: hermanos, abuelos, abuelos maternos.

Una vez que comienza la herencia, el heredero de primer orden heredará y el heredero de segundo orden no heredará. Si no hay heredero de primer orden, heredará el heredero de segundo orden.

Los hijos mencionados en esta ley incluyen hijos legítimos, hijos ilegítimos, hijos adoptados e hijastros dependientes.

Los padres a los que se refiere esta ley incluyen a los padres biológicos, padres adoptivos y padrastros con una relación de apoyo.

Los hermanos y hermanas mencionados en esta ley incluyen hermanos y hermanas de los mismos padres, medio hermanos y hermanas, hermanos y hermanas adoptados y hermanastros y hermanas con relaciones de dependencia.

Pero si haces testamento, eres libre de disponer de tus bienes. Sólo si no hay testamento se realizará la herencia conforme a la ley.

No sé si la respuesta te satisface.

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