¿Iré a la cárcel si debo un préstamo bancario si tengo cáncer?
Base jurídica:
Artículo 236 de la Ley de Enjuiciamiento Civil: Las partes deben cumplir las sentencias y resoluciones civiles con eficacia jurídica. Si una de las partes se niega a cumplir, la otra parte puede solicitar la ejecución al Tribunal Popular, o el juez puede transferir la ejecución a la persona sujeta a ejecución.
Artículo 242: Si la persona sujeta a ejecución no cumple las obligaciones especificadas en el documento legal de conformidad con el aviso de ejecución, el tribunal popular tiene derecho a preguntar sobre los depósitos, bonos, acciones, fondos. acciones y demás bienes de la persona sujeta a ejecución. de las unidades pertinentes. El tribunal popular tiene la facultad de embargar, congelar, transferir o alterar los bienes de la persona sujeta a ejecución según diferentes circunstancias. Los bienes investigados, sellados, congelados, transferidos o modificados de valor por el tribunal popular no excederán el alcance de las obligaciones que deberá cumplir el sujeto de ejecución.
Cuando el tribunal popular decide sellar, congelar, transferir o cambiar el precio de una propiedad, dictará sentencia y emitirá un aviso de asistencia en la ejecución, y las unidades correspondientes deberán tramitarla.
Artículo 256 Si concurre alguna de las siguientes circunstancias, el Tribunal Popular decidirá suspender la ejecución:
(1) El solicitante indica que la ejecución puede posponerse;
(2) Una persona ajena al caso plantea objeciones legítimas al objeto de ejecución;
(3) Un ciudadano que es parte fallece y necesita esperar a que el heredero herede los derechos o asuma obligaciones;
(4) La persona jurídica u otra organización que es una de las partes se extingue y aún no se ha determinado el sucesor de los derechos y obligaciones;
(5) Otras circunstancias donde el tribunal popular considera que la ejecución debería suspenderse.
La ejecución se reanudará después de que desaparezca la pausa.