¿Qué constituye un delito de estafa?
Determinación del delito de fraude: comportamiento engañoso, que hace que la otra parte tenga un entendimiento erróneo, hace que la otra parte disponga de bienes basándose en un entendimiento erróneo, que el autor o un tercero obtenga bienes , la víctima sufrirá pérdidas patrimoniales y la forma de responsabilidad.
El contenido del comportamiento engañoso es hacer que la otra parte tenga un entendimiento equivocado y haga la disposición de propiedad deseada por el perpetrador. En la vida real, existen varios métodos de engaño para los delitos de fraude, incluido el engaño verbal y el engaño por texto.
El comportamiento engañoso debe hacer que la otra parte cree o continúe manteniendo un malentendido. Incluso si la persona engañada comete ciertos errores de juicio, eso no impide que se establezca el comportamiento engañoso. Cabe señalar que el error cognitivo debe ser un error cognitivo en la disposición de bienes.
Las manifestaciones específicas de enajenación de bienes suelen incluir la entrega directa del bien, una promesa al actor de obtener la propiedad, una promesa de transferir intereses sobre la propiedad, una promesa de eximir al actor de la deuda, etc. . Si el perpetrador comete engaño y hace que otros entreguen sus bienes, y el perpetrador se queda con los bienes, también debe considerarse un delito de fraude.
Después de que el comportamiento engañoso hace que la otra parte disponga de la propiedad, el perpetrador o un tercero obtiene la propiedad. La adquisición de propiedad incluye dos situaciones: una es el aumento de la propiedad positiva, como transferir la propiedad de la víctima al perpetrador o un tercero, u obtener intereses de propiedad como los derechos de los acreedores, la otra es la reducción de la propiedad pasiva, como la exención; o reducir las deudas patrimoniales del autor o de terceros.
El derecho penal de nuestro país exige que la situación consumada del delito de estafa sea que el engaño provoque que la víctima sufra pérdidas patrimoniales o conlleve un peligro inminente de pérdidas patrimoniales. Entre las víctimas no sólo se encuentran personas físicas, sino también unidades y países. Por ejemplo, cualquiera que defraude prestaciones de pensión, atención médica, lesiones relacionadas con el trabajo, desempleo, maternidad y otras prestaciones de seguridad social u otras prestaciones de seguridad social mediante fraude, materiales de certificación falsificados u otros medios será culpable de fraude.
La forma de responsabilidad de este delito es intencional, y al mismo tiempo se exige que su autor tenga la finalidad subjetiva de posesión ilícita.