¿Puede certificar ante notario las acciones que posee?
La escrituración de acciones que realiza la notaría involucra principalmente la herencia, división y donación de acciones, así como las encomiendas y sociedades relacionadas con derechos e intereses sobre acciones.
1. Legalización de herencias accionarias. Después de la muerte del accionista, las acciones serán heredadas por el heredero legal del causante, y el notario certificará ante notario la herencia de las acciones.
2. Legalización de declaraciones bursátiles. Es decir, el propietario de la acción emite una declaración escrita ante un notario público, y la notaría certifica la autenticidad y legalidad de la firma y el contenido de la declaración. La certificación notarial de la declaración de acciones se refiere principalmente a la certificación notarial del cambio de nombre de las acciones, que se aplica a situaciones en las que el nombre del accionista de las acciones no coincide con el nombre que figura en su documento de identidad.
3. Legalización de la donación de acciones. Es decir, el propietario de las acciones dona sus acciones a otros de forma gratuita y el notario certifica la autenticidad y legalidad de la donación.
4. Legalización de la encomienda de acciones. Es decir, el propietario de las acciones no puede administrar sus propias acciones por razones propias y encomienda a otros la administración de ellas en su nombre, y la autenticidad y legalidad de esta encomienda deberá ser certificada por un notario.
Además, también existen notarizaciones de desdoblamiento de acciones y de sociedades por acciones.
También son diferentes los materiales presentados por las partes que intervienen en la escrituración bursátil de distintas materias. Sin embargo, cualquiera que sea el tipo de escrituración de acciones que se solicite, se deberá presentar el certificado de identidad del interesado y el original de las acciones.
Al tramitar la escrituración de herencias accionarias, las partes interesadas también deberán presentar los siguientes materiales.
1. Certificado de defunción del causante.
2. Certificado escrito emitido por la unidad o comité de aldea donde trabaja el heredero, la comisaría de seguridad pública o la oficina de la calle donde está registrado el heredero.
3. El libro de registro de domicilio del heredero.
4. Si el causante tiene testamento, deberá aportarlo.
Para certificar ante notario el prospecto de acciones, las partes interesadas también deberán proporcionar los siguientes materiales.
1. Tarjeta de visita del accionista.
2. Certificado escrito emitido conjuntamente por la unidad del partido o el comité de aldea, la comisaría de policía local o la oficina del subdistrito.
Para gestionar la legalización de donaciones de acciones, las partes interesadas también deben proporcionar los siguientes materiales.
1. Si el nombre del donante no coincide con el nombre de las acciones, se requiere una tarjeta de presentación del accionista.
2. Certificado escrito emitido por la unidad del donante o el comité de la aldea, la comisaría o la oficina del subdistrito.
3. Si el donante viaja al extranjero, estudia o se establece, deberá aportar además un pasaporte expedido por el órgano de seguridad pública.
Al tramitar la certificación notarial de encomienda de acciones, si la parte encomienda a otros el manejo de ellas porque se encuentra en el extranjero, deberá presentar los certificados pertinentes que demuestren que el confiante se ha ido al extranjero; si se le encomienda debido a una enfermedad, deberá presentar los certificados pertinentes; un certificado médico del hospital; si no es conveniente gestionar las existencias en un lugar diferente, se deberá presentar un certificado del empleador del cliente.