La diferencia entre cancelación y retiro
Las diferencias entre el retiro de una oferta y la revocación de una oferta son:
1. Retiro de una oferta
Antes de que la oferta entre en vigor, la El oferente puede incumplir su palabra retirando la oferta.
Hay dos condiciones: se emite un aviso de retiro;
El aviso de retiro llega a la contraparte antes de la oferta o al mismo tiempo que la oferta.
El efecto de retirar una oferta es impedir que la oferta entre en vigor. Por lo tanto, retirar una oferta no es motivo de invalidación de la oferta.
2. Cancelación de la oferta
Después de que la oferta entre en vigor y antes de que la contraparte se comprometa, el oferente puede incumplir su palabra revocando la oferta.
Hay tres condiciones: se emite una notificación de revocación;
La notificación de revocación debe llegar a la contraparte antes de que ésta envíe una notificación de compromiso; La oferta es oferta revocable.
Tres tipos de ofertas son irrevocables: el oferente ha determinado el plazo de compromiso; se declara expresamente que la oferta es irrevocable; el destinatario tiene motivos para creer que la oferta es irrevocable y ha hecho los preparativos para la ejecución; del contrato.
3. Efecto de la revocación de la oferta
Revocada la oferta, la oferta pierde su eficacia y la contraparte pierde el derecho a prometer, porque el objeto de la promesa debe ser siempre una oferta que esté vigente.
Si la conducta del oferente constituye negligencia contractual, éste asumirá la responsabilidad por negligencia contractual.
El artículo 13 de la Ley de Contratos estipula: Las partes celebrarán el contrato en la forma de oferta y aceptación. Artículo 14 Una oferta es una expresión de intención de celebrar un contrato con otra persona. La expresión de intención deberá cumplir con las siguientes disposiciones: (1) El contenido deberá ser determinado específicamente; (2) Indicará la aceptación por parte del oferente; y el oferente quedará obligado por la manifestación de intención. Artículo 21 La aceptación es la expresión de la intención del destinatario de aceptar la oferta. La llamada aceptación se refiere a la intención del destinatario de celebrar un contrato aceptando todas las condiciones de la oferta. En las transacciones comerciales, en relación con "oferta", "precio de oferta", etc., el compromiso se denomina "aceptación". En circunstancias normales, un contrato se establece cuando se hace una promesa y ésta entra en vigor.
Recordatorio
Las respuestas anteriores se basan únicamente en la información actual y en mi comprensión de la ley. ¡Consúltelas con precaución!
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