¿Cuántos años lleva usted involucrado en la compensación de divisas en dólares estadounidenses?
Artículo 225: El que cometa el delito de operaciones comerciales ilícitas con violación de las normas estatales y cometa cualquiera de los siguientes actos comerciales ilegales, altere el orden del mercado, y las circunstancias sean graves, será sancionado con pena de prisión fija. prisión no mayor de cinco años o prisión preventiva, y se impondrá también o únicamente a: Se impondrá al infractor una multa no menor de una vez pero no mayor de cinco veces el ingreso ilegal, si las circunstancias son especialmente graves; será sancionado con pena privativa de libertad no menor de cinco años y además será multado no menos de una vez pero no más de cinco veces los ingresos ilícitos o los bienes confiscados.