Red de conocimiento de divisas - Preguntas y respuestas sobre Forex - Criterios para la condena por manipulación del mercado de valores

Criterios para la condena por manipulación del mercado de valores

1. De forma individual o en colusión, concentrarse en ventajas de capital, de participación o de posición, o utilizar ventajas de información para negociar de forma conjunta o continuada para manipular los precios de negociación de valores y futuros o los volúmenes de negociación.

2. Coludir con otros para realizar transacciones de valores y futuros entre sí en un momento, precio y método previamente acordados, afectando los precios de negociación o los volúmenes de negociación de valores y futuros.

3. Negociar valores entre cuentas efectivamente controladas por ellas, o comprar y vender contratos de futuros por cuenta propia, afectando los precios de negociación o los volúmenes de negociación de valores y futuros.

4. Utilizar otros medios para manipular los mercados de valores y futuros.

¿Cuáles son los criterios para tipificar un delito de manipulación de los mercados de valores y futuros?

1 Individualmente o en colusión, el número de acciones en circulación poseídas o efectivamente controladas por el valor alcanza más del 30% del número total real de acciones en circulación del valor, y el número de acciones negociadas conjunta o continuamente acciones del valor dentro de 20 días hábiles consecutivos El monto acumulado alcanza más del 30% del volumen total de negociación del valor en el mismo período;

2. El número de contratos de futuros mantenidos o realmente controlados individualmente o. en colusión excede el 50% de las posiciones limitadas por las reglas comerciales de la bolsa de futuros, y El número acumulado de transacciones conjuntas o continuas del contrato de futuros dentro de 20 días hábiles consecutivos ha alcanzado más del 30% del volumen total de negociación de los futuros contrato en el mismo período;

3. Colusión con otros, de acuerdo con el tiempo, precio y método acordado de antemano Negociar valores o contratos de futuros entre sí, y el monto acumulado de la transacción de los valores o futuros contratos dentro de veinte días hábiles consecutivos alcanza más del 20% del monto total de la transacción de los valores o contratos de futuros en el mismo período;

4. Realizar transacciones de valores entre cuentas bajo su control real, o comprar y vender. contratos de futuros por sí solos, y el volumen de negociación acumulado del contrato de valores o de futuros dentro de 20 días hábiles consecutivos alcanza más del 20% del volumen total de negociación del contrato de valores o de futuros en el mismo período;

5. Individualmente o en colusión, hacer declaraciones continuas para comprar o vender el mismo valor o contrato de futuros en el mismo día y retirar la declaración antes de la transacción, y el monto retirado representa el monto total de las declaraciones para ese tipo de acción o el importe total de las declaraciones de ese contrato de futuros en ese día;

6. Las empresas cotizadas y sus directores, supervisores, altos directivos, controladores efectivos, accionistas controladores u otras partes relacionadas, individualmente o en forma conjunta. colusión entre sí, utilizar información para manipular el precio de las acciones de la empresa o el volumen de operaciones;

7. En la práctica judicial, los sospechosos de delitos manipulan los mercados de valores y de futuros de diversas formas. Quien utilice medios ilegales para manipular los mercados de valores y de futuros, provocando consecuencias especialmente graves, será investigado por responsabilidad penal de conformidad con la ley. De manera similar a la situación en la que los altos directivos de las empresas que cotizan en bolsa utilizan las ventajas de la información para manipular los precios de negociación de los valores de la empresa, se les ha sospechado de delitos ilegales.

Base jurídica:

Ley Penal de la República Popular China

Artículo 182 Delito de Manipulación de los Mercados de Valores y Futuros. En cualquiera de las siguientes circunstancias, quien manipule el mercado de valores y futuros para afectar los precios o volúmenes de negociación de valores y futuros, y las circunstancias sean graves, será sancionado con pena privativa de libertad no mayor de cinco años o prisión penal, y también será multado o será multado solo si las circunstancias son especialmente graves, con pena de prisión no menor a cinco años y diez años.

(1) Individualmente o en colusión, concentrar ventajas económicas; , mantener acciones o posiciones, o utilizar ventajas de información para realizar transacciones conjuntas o continuas;

( 2) Coludir con otros para negociar valores y futuros entre sí en un momento, precio y método previamente acordados;

(3) Comprar y vender valores entre cuentas realmente controladas por ellos, o comprar y vender contratos de futuros por su cuenta.

(4) Declaraciones y cancelaciones frecuentes o a gran escala de valores y contratos de futuros con el fin de cerrar transacciones.

(5) Utilizar información importante falsa o incierta para inducir la inversión; realizar transacciones de valores y futuros.

(6) Hacer comentarios, predicciones o sugerencias de inversión sobre la divulgación de valores, emisores de valores y sujetos de negociación de futuros, y al mismo tiempo realizar transacciones inversas de valores o transacciones de futuros relacionadas;

( 7) Utilizar otros medios para manipular los mercados de valores y futuros. Si una unidad comete el delito del párrafo anterior, será multada y el responsable directo y demás personal directamente responsable serán sancionados de conformidad con lo dispuesto en el párrafo anterior.

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