Disposiciones del sistema de contabilidad gubernamental sobre activos fijos
Base legal:
El artículo 3 de la “Interpretación N° 2 del Sistema de Normas de Contabilidad Gubernamental” adopta los gastos indirectos o gastos administrativos acumulados del proyecto. En la cuenta de contabilidad financiera, de acuerdo con el monto real pagado, se debitarán los gastos acumulados, los gastos indirectos del proyecto o la cuenta de honorarios de administración, y se acreditarán el depósito bancario, el monto de la cuenta de saldo cero y la cuenta de ingresos de la asignación fiscal. Si los activos fijos y los activos intangibles se compran utilizando los gastos indirectos acumulados del proyecto o los honorarios de gestión, las cuentas de activos fijos y activos intangibles se debitarán de acuerdo con el monto del costo de los activos fijos y los activos intangibles, y los depósitos bancarios y los montos de la cuenta de saldo cero. se acreditará en la cuenta de ingresos de asignaciones financieras, al mismo tiempo, por el mismo monto, se debitarán los "gastos devengados - gastos indirectos del proyecto o honorarios de gestión" y se acreditará la cuenta de "excedente acumulado".
Al mismo tiempo, en la cuenta de contabilidad presupuestaria, de acuerdo con el monto real pagado, se debitan las cuentas detalladas de gastos de apropiación financiera en la cuenta de gastos, como "Gastos comerciales", y el "Saldo del fondo". y se acreditan “Ingresos del Presupuesto de Asignaciones Financieras” al “sujeto”.