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¿Cuáles son los cambios en la nueva Ley de Procedimiento Penal?

Disposiciones Generales

1. Modificaciones de Principios

Regla contra la autoincriminación: La persona procesada penalmente no tiene obligación de probar su delito. "Está estrictamente prohibido obtener confesiones mediante tortura y reunir pruebas mediante otros métodos ilegales, y nadie podrá ser obligado a demostrar su culpabilidad".

Efectos legales: 1. Los sospechosos y acusados ​​de delitos tienen derecho a guardar silencio; 2. Las confesiones que se obligan a confesar. No se utilizarán como prueba; 3. Sólo tienen capacidad probatoria las confesiones que se declaran culpables voluntariamente;

Dos cambios importantes:

1. Cambiar el modelo de investigación tradicional: del modelo "confesión → otras pruebas" al modelo "otras pruebas → confesión".

2. Cambiar el método del juicio: de "interrogar al acusado e iniciar el juicio" a "testigos que comparecen ante el tribunal, presentan pruebas físicas e inician el juicio".

La competencia de algunos casos se ha transferido hacia abajo:

1. Los casos que ponen en peligro la seguridad nacional, actividades terroristas y los casos que pueden ser condenados a cadena perpetua o pena de muerte están bajo la jurisdicción. del tribunal intermedio.

2. Los "casos que involucran delitos cometidos por extranjeros" están bajo la jurisdicción de los tribunales de base, que pueden elevarse a niveles superiores de jurisdicción cuando sea necesario.

2. Modificaciones a los sistemas de defensa penal y asistencia jurídica penal

1. Reducción de las restricciones al derecho de visita: “casos penales que pongan en peligro la seguridad nacional, casos penales de actividades terroristas, y casos penales de soborno particularmente graves” "Las reuniones durante el período de investigación deben ser aprobadas por la agencia de investigación", enfatizando que "los abogados defensores no serán monitoreados cuando se reúnan con sospechosos de delitos o acusados".

2. Aclarar la identidad del abogado contratado por el presunto delincuente durante la etapa de investigación: “abogado defensor” o “defensor”.

3. Ampliar el alcance de la asistencia jurídica: Incluir "casos que puedan ser condenados a cadena perpetua" en el ámbito de la asistencia jurídica.

4. Clarificar las obligaciones de asistencia jurídica: obligaciones nacionales y obligaciones colectivas. Los órganos de seguridad pública, la fiscalía y los organismos encargados de hacer cumplir la ley tienen la obligación de "notificar", y los organismos de asistencia jurídica tienen la obligación de implementar la asistencia jurídica.

5. Delitos cometidos en el ejercicio de la abogacía: Una vez completada la investigación del caso original, el caso se transferirá a una agencia distinta a la agencia investigadora original para su investigación.

3. Modificación de medidas coercitivas

(1) Modificación de medidas de detención

1. El espíritu de la modificación: encarnar la política criminal de "combinación de indulgencia". con severidad" e implementar "La política de "pescar lo menos posible y no pescar".

2. Clasificación de la detención: (1) Arresto general. Enumere cinco situaciones de "peligrosidad social" y enfatice su papel decisivo en las condiciones generales de detención. (2) Arresto especial. Es decir: "Quienes puedan ser condenados a una pena de diez años o más de prisión, o que puedan ser condenados a una pena superior a diez años de prisión, o que hayan cometido delitos dolosos o cuyas identidades se desconozcan, será arrestado."

3. Procedimientos de arresto: (1) Dejar claro que los familiares deben ser notificados dentro de las 24 horas posteriores al arresto, "a menos que la notificación sea imposible". Suprimir la situación de "impedir la investigación" sin notificación. (2) Prever la revisión por parte de la Fiscalía Popular de la necesidad de la detención después del arresto (recomendando la liberación o el cambio directo).

(2) Modificación de las citaciones y medidas de detención

1. Duración de la citación y de la detención no podrá exceder de doce horas; Graves y complejos, si se requieren medidas de detención o arresto, la citación o emplazamiento no podrá durar más de veinticuatro horas.

2. Disposiciones prohibidas

Está prohibido detener a sospechosos de delitos de forma encubierta en forma de citaciones continuas o citaciones privativas de libertad. A los sospechosos de delitos se les debe garantizar la comida y el tiempo de descanso necesarios.

3. Detención judicial

Período de extensión: generalmente 14 días, circunstancias especiales: el tiempo para la decisión de arresto puede extenderse de uno a tres días.

4. Notificación de detención

Salvo en los casos en los que sea imposible notificar o se sospeche que se trata de un “caso de tres categorías” que entorpecería la investigación, los familiares no podrán ser notificado.

(3) Modificaciones de la fianza pendiente de juicio y de la vigilancia domiciliaria

1. Condiciones aplicables

Diferenciar las condiciones de la fianza pendiente de juicio y de la vigilancia domiciliaria agregar “ser; embarazadas, al ser “Mujeres que amamantan a sus propios bebés” podrán quedar sujetas a libertad bajo fianza en espera de juicio o vigilancia domiciliaria.

2. Liberación bajo fianza en espera de juicio

Añadir un "sistema de notificación de cambios en la información de las personas en libertad bajo fianza en espera de juicio"; aumentar las normas de cumplimiento para las personas en libertad bajo fianza en espera de juicio - "No se permite participar en actividades específicas, no se permite ingresar "No se permite reunirse o comunicarse con personas específicas en lugares especiales"; disposiciones para aumentar el monto de los depósitos de seguridad y su devolución.

3. Procedimientos de ejecución

Ya sea que el sospechoso sea puesto en libertad bajo fianza en espera de juicio o bajo vigilancia residencial, se le puede ordenar que presente documentos de identidad como "pasaporte y otros documentos de entrada y salida". documentos" y "permiso de conducir". Guárdelo en la agencia ejecutiva. Los "casos de categoría III" pueden ser sometidos a vigilancia domiciliaria en una residencia designada con la aprobación de la fiscalía superior o del organismo de seguridad pública.

Parte de la prueba

1. Concepto y forma de la prueba

1. Concepto de prueba

Concepto antiguo (artículo 42, apartado 1). ) ): "Todos los hechos que prueban la verdadera situación del caso son prueba". La actual ley procesal penal adopta la "teoría de los hechos".

Nuevo concepto: "Los materiales que pueden utilizarse para probar los hechos de un caso son todos pruebas". La Ley de Procedimiento Penal revisada adopta la "teoría material".

2. Forma de evidencia

Agregar “registros experimentales de búsqueda e investigación” y colocarlos junto a “registros de inspección e inspección”; cambiar “conclusión de la evaluación” por “opinión de la evaluación”; "información de datos electrónicos", es decir, "pruebas electrónicas", yuxtapuesta a "materiales audiovisuales". ***Ocho tipos de formularios de evidencia.

3. Las pruebas de aplicación de la ley administrativa entran en el proceso penal

“Las pruebas físicas, las pruebas documentales y otros materiales de prueba recopilados por las agencias administrativas en el proceso de aplicación de la ley administrativa pueden utilizarse como prueba. previa verificación por parte de los organismos judiciales.”

4. Garantía de condiciones objetivas

“Debemos asegurar que todos los ciudadanos que estén relacionados con el caso o conozcan los hechos del caso tengan las condiciones. proporcionar evidencia de manera objetiva y completa.”

2. Sistema de testimonio de testigos

1. Principio de testimonio de testigos

Principio de testimonio individual: El principio de que sólo cuando la recopilación de testimonios de testigos y el testimonio de testigos en el tribunal se realizan individualmente si tienen capacidad de prueba. Están prohibidas las "firmas conjuntas" y los simposios.

Principio de contrainterrogatorio en el tribunal: El principio de que el testimonio de un testigo sin contrainterrogatorio y debate en el tribunal no se utilizará como base para finalizar un caso. (Se revisará y reiterará el artículo 47 de la ley actual.)

2. Régimen de comparecencia de testigos

Las partes que comparecen ante el tribunal: testigos ordinarios, peritos e investigadores.

Excepciones para comparecer ante el tribunal: enfermedad grave; asuntos en el extranjero; inmunidad de testimonio (relaciones familiares, secretos de estado, confianza profesional, autoincriminación).

Protección para comparecer ante el tribunal: seguridad material - "Las pérdidas económicas directas sufridas por los testigos como consecuencia de comparecer ante el tribunal a declarar deben ser compensadas". Garantía de seguridad: "Si la seguridad personal de los testigos o las víctimas o sus familiares cercanos está en peligro debido a que testifican en un litigio, los tribunales populares, las fiscalías populares y los órganos de seguridad pública tomarán una o más de las siguientes medidas de protección".

3. Técnicas de interrogatorio y reglas para que los testigos declaren en el tribunal

(1) Técnicas de interrogatorio

Ejemplo positivo: Establecer el alcance del interrogatorio (objeto de prueba) ) → despegue las capas → Haga clic en el centro de gravedad.

Contraejemplo: "Dime lo que sabes". El contenido de la respuesta basada en esto no es creíble.

(2) Normas de investigación

I. Normas de pertinencia: El contenido de la investigación está relacionado con las cuestiones de condena y sentencia.

II. Reglas que prohíben a la parte que dirige el interrogatorio formular preguntas capciosas: La parte que dirige el interrogatorio no dirigirá preguntas capciosas, pero la parte que contrainterroga (parte contrainterrogadora) puede realizar preguntas capciosas. "Incentivo": insinuar o preguntar es la respuesta.

III.La regla de que el contrainterrogatorio está limitado por el alcance del interrogatorio principal: después de que la parte interrogadora principal establezca el alcance del interrogatorio de sus testigos, el interrogatorio de la parte contrainterrogatoria no excederá el alcance. del examen principal.

3. Reglas de Prueba

1. Reglas para excluir evidencia ilegal: reglas para excluir calificaciones de evidencia que violan los procedimientos legales y no cumplen con la forma legal de prueba.

Ámbito de aplicación: Confesiones obtenidas mediante métodos ilegales como tortura, testimonios de testigos obtenidos mediante violencia y declaraciones de víctimas - prueba verbal. Si se recopilan pruebas físicas o pruebas documentales en violación de las disposiciones legales y pueden afectar gravemente la equidad judicial, se complementarán o corregirán o se dará una explicación razonable; si no se pueden complementar o corregir o dar una explicación razonable, se excluirán las pruebas; .

La obligación de excluir pruebas ilícitas: Los tres órganos de seguridad pública, fiscalía y justicia tienen la obligación de excluir pruebas ilícitas.

Procedimientos de exclusión: procedimiento de exclusión previa al juicio (procedimiento de autoexclusión); parte contraria Contrainterrogatorio, debate mutuo - aplazamiento del juicio, rechazo de la solicitud, confirmación de violación de la ley;

2. Regla de opinión: una regla de prueba que excluye las declaraciones especulativas, comentarios y juicios hechos por el declarante sobre los hechos del caso de ser elegibles como prueba.

Motivo de la exclusión: obstaculizar el descubrimiento de una verdad sustancial; obstruir la adjudicación judicial.

Ámbito de aplicación: Ámbito temático → testigos ordinarios, víctimas y acusados; ámbito objeto → declaraciones especulativas, declaraciones de comentario y declaraciones de juicio. No se aplica a los dictámenes concluyentes de peritos.

3. Regla de refuerzo: En términos generales, significa que para los materiales de evidencia cuyo poder probatorio es débil o cuya credibilidad está cuestionada, la evidencia debe complementarse y fortalecerse con otra evidencia antes de que pueda usarse como evidencia. Regla; en sentido estricto, se refiere a la regla de prueba de que sólo la confesión del acusado sin la confirmación de otras pruebas no puede condenar y sentenciar al acusado.

Aplicación amplia: Testimonios de personas con interés en el manejo del caso, testimonios de personas con retraso mental, prueba física única, prueba documental, materiales audiovisuales y testimonios de menores de edad e inteligencia no acorde con su edad e inteligencia.

Aplicable en sentido estricto: las confesiones del preso coinciden entre sí, pero no existe otra prueba.

IV.La prueba penal

1. Carga de la prueba: la obligación de utilizar pruebas para probar la acusación y la pena. Las obligaciones legales están alineadas con las consecuencias legales.

Regla de responsabilidad: Por primera vez se estipula claramente que "la obligación de utilizar pruebas para fundamentar las acusaciones y pretensiones de sanción será de cargo del fiscal".

Excepción de carga: la carga de la prueba se invierte: "salvo que la ley disponga lo contrario".

2. Estándar de prueba: El grado en que se deben utilizar las pruebas para probar un delito.

Espíritu legislativo: conservar las partes razonables de la ley vigente y aprender de las prácticas de los sistemas legales británico y estadounidense.

Medidas para modificar la ley: adoptar los elementos razonables de las "disposiciones sobre dos pruebas", aclarar el contenido de "pruebas fiables y suficientes" y añadir la disposición de "excluir dudas razonables".

Nuevo estándar de prueba: El uso de pruebas para probar un delito debe alcanzar el nivel de "hechos claros, evidencia integral de todo el caso y dudas razonables sobre los hechos identificados".

Procedimiento previo al juicio

Reforma del procedimiento de investigación

1. Ajuste estructural: La estructura del procedimiento de investigación es una combinación "a pequeña escala" de "inspección e investigación". y sospecha". Estructura del "triángulo isósceles". El fiscal está en la cima del triángulo. Al mismo tiempo que desempeña la función de supervisión de la investigación, el fiscal también "guía la investigación" proponiendo sugerencias procesales y emitiendo opiniones sobre la investigación. El grupo investigador y el sospechoso están ubicados respectivamente en las dos esquinas inferiores del triángulo, "enfrentamiento igualitario".

2. Legalización de la investigación técnica: La fiscalía tiene la facultad de decidir sobre las medidas técnicas de investigación, y la facultad de ejecución la ejerce el organismo de seguridad nacional o el organismo de seguridad pública.

3. Legalización parcial de la investigación secreta: negar la "investigación de tentación inducida por intención delictiva" y afirmar la "investigación de tentación basada en la provisión de oportunidades". Establecer "entrega controlada".

4. Legalización de pruebas biológicas: “recogida de muestras biológicas como huellas dactilares y sangre”.

5. Grabación de audio y video de todo el proceso: "puede" - casos generales; "debería" - casos que pueden ser condenados a cadena perpetua o pena de muerte.

6. Enfatice el lugar de interrogatorio del testigo: la escena, la unidad del testigo, su residencia o el lugar propuesto por el testigo.

7. Mejorar los procedimientos de búsqueda: deben estar presentes la persona buscada o sus familiares, vecinos u otros testigos. Personal femenino llevó a cabo registros de los cuerpos de las mujeres.

8. Ampliar el alcance del embargo y embargo: bonos, acciones, participaciones en fondos y otros bienes.

9. Mejorar la supervisión de la investigación: Los tipos de supervisión de la investigación se dividen en: supervisión de la investigación por parte de agencias especializadas; supervisión por parte de las partes, defensores, agentes litigantes y partes interesadas, tomando medidas coercitivas contra los órganos judiciales y su personal. No se liberarán, levantarán ni modificarán medidas al vencimiento del plazo legal, ni se devolverá el depósito en concepto de fianza pendiente de juicio. Se tomarán medidas para sellar, detener o congelar bienes ajenos al caso. o congelamiento se levantará pero no se levantará. Se prohibirá la malversación, la apropiación indebida o la distribución privada. Tiene derecho a apelar y acusar contra actos tales como, intercambio o violación de las regulaciones para el uso de bienes incautados, detenidos o. propiedad congelada.

Reforma de los métodos de procesamiento

1. Abolir el método de procesamiento de "copia de la doctrina de la prueba principal".

2. Restaurar el método de procesamiento de la "doctrina de transferencia de pruebas de todo el caso": "De conformidad con las disposiciones de la jurisdicción de primera instancia, presentar una acusación pública ante el Tribunal Popular y transferir los materiales y las pruebas del expediente del caso al Tribunal Popular. Corte.

El establecimiento del sistema de conferencia previa al juicio

1. Concepto: La conferencia previa al juicio, también conocida como conferencia previa al juicio, está presidida por el juez y asiste el fiscal y la defensa antes del juicio, reunión que discute principalmente cuestiones procesales y toma decisiones o fallos del juez

2. Tareas: objeciones jurisdiccionales sobre la recusación de pruebas; en medidas obligatorias; exclusión de pruebas ilícitas; conciliación; retirada del proceso, etc.

Procedimientos judiciales

1. de aplicación: extendido a todos los casos penales bajo la jurisdicción de los tribunales básicos.

Condiciones aplicables: A. Los hechos son claros y las pruebas confiables y suficientes. B. El acusado se declara culpable voluntariamente; El imputado acepta aplicar el procedimiento simplificado.

2. Establecer "procedimientos especiales"

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(1) Procedimiento penal para menores: no procesamiento condicional, asisten familiares, amigos y profesores; el tribunal para persuadir y educar; restricción de noticias

(2) Procedimiento de conciliación para casos de acusación pública: el acusado se arrepiente, la víctima comprende y las dos partes llegan a un acuerdo, y el contenido del acuerdo. no debe violar las disposiciones legales.

(3) Procedimientos de confiscación sin juicio penal: definición legal de dinero robado y ganancias ilegales, determinación judicial y procedimientos de audiencia, revisión de apelación. >(4) Procedimiento de tratamiento médico obligatorio: objeto del juicio, trámite de audiencia, decisión judicial, revisión de recurso

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