¿Quién es el acreedor de la hipoteca ante el banco?
Hipoteca a favor de un banco, el deudor o un tercero es el deudor hipotecario, y el banco es el acreedor hipotecario. Para garantizar el cumplimiento de una deuda, el deudor o un tercero no transfiere la posesión del inmueble e hipoteca el inmueble al acreedor si el deudor no cumple con la deuda debida o en las circunstancias convenidas por las partes para realizarla. Se producen los derechos hipotecarios, el acreedor tendrá derecho a recibir prioridad en el pago del inmueble.
Base Jurídica
Artículo 394 del Código Civil
Para garantizar el cumplimiento de una deuda, el deudor o un tercero no podrá transferir la posesión de el inmueble, si el inmueble está hipotecado a favor de un acreedor y el deudor no paga las deudas vencidas o se produce una situación que hace efectivos los derechos hipotecarios según lo acordado por las partes, el acreedor tiene derecho a recibir prioridad en el pago del inmueble.
El deudor o tercero señalado en el párrafo anterior es el deudor hipotecario, el acreedor es el acreedor hipotecario, y el inmueble que da garantía es el inmueble hipotecado.
Artículo 403
Si se hipoteca una cosa mueble, el derecho hipotecario se establece cuando el contrato de hipoteca surtirá efectos; sin inscripción, no podrá oponerse a tercero de buena fe.