¿Está bien si el vídeo del garante no tiene éxito?
Las garantías se dividen en garantías generales y garantías solidarias. 1. Si en la garantía se establece que si el prestatario no puede pagar, será responsable de la garantía, entonces se trata de una garantía general, que está prevista por la ley. La propiedad del garante sólo puede hacerse valer si el prestatario no puede pagar legalmente (una vez completada la solicitud). 2. Si el fiador no suscribe nada de lo anterior, es garantía solidaria, y el acreedor puede pedir dinero al prestatario o fiador. La responsabilidad solidaria es mayor.