¿Se considera terreno edificable el área ocupada por vías en los atractivos turísticos?
Según la definición de suelo edificable, suelo turístico se refiere a terrenos destinados a instalaciones especiales para hacer turismo, incluidos lugares pintorescos, parques infantiles, campos de golf, etc. En las atracciones turísticas, las carreteras son la infraestructura que conecta diversas atracciones e instalaciones, proporcionando un transporte conveniente para los turistas. Por tanto, las carreteras en atractivos turísticos pueden clasificarse como parte de suelo turístico y pertenecen a la categoría de suelo edificable.