¿Una empresa que quiere cotizar en bolsa no puede obtener un préstamo?
Los préstamos concedidos por los bancos a empresas conjuntas que planean cotizar en bolsa se pueden dividir a grandes rasgos en préstamos a medio y largo plazo y préstamos puente. El plazo de los préstamos a mediano y largo plazo suele ser de 3 a 5 años, y se espera que sobreviva o sobreviva parcialmente hasta la fecha de vencimiento después de que la empresa conjunta cotice en bolsa. El propósito del préstamo puente es únicamente cubrir el financiamiento a corto plazo; necesidades de la JV antes de su salida a bolsa en 1-2 años.
Por lo tanto, en el caso de JV como prestatario, se suele acordar un ratio de amortización anticipada (normalmente entre el 20 y el 50 % del importe del préstamo) en los documentos de financiación de los préstamos a medio y largo plazo. Cuando la empresa conjunta cotice en bolsa, se verá obligada a utilizar parte de los fondos obtenidos para reembolsar por adelantado. El préstamo restante se seguirá pagando después de la cotización en bolsa. La empresa conjunta seguirá pagando de acuerdo con el calendario de pagos correspondiente. En consecuencia, los préstamos puente generalmente requieren que la empresa conjunta pague el préstamo bancario en su totalidad por adelantado cuando esté listo para lograr la salida del banco.