¿Cuáles son los riesgos de los préstamos garantizados?
Base Legal
Artículo 394 del Código Civil: Para garantizar el cumplimiento de una deuda, el deudor o un tercero no transfiere la posesión del inmueble sino que hipoteca el inmueble. al acreedor si el deudor no cumple con sus deudas vencidas o no realiza los derechos hipotecarios según lo acordado por las partes, el acreedor tiene derecho a recibir prioridad en el pago del inmueble. El deudor o tercero señalado en el párrafo anterior es el deudor hipotecario, el acreedor es el acreedor hipotecario y el inmueble que da garantía es la hipoteca.