¿Cuál es el nombre de la organización después de la fusión de Japan Petroleum Corporation y Metal Mining Corporation?
El 19 de julio de 2002, el Parlamento japonés aprobó oficialmente la "Ley de la Agencia de Recursos Minerales Metálicos y Personas Jurídicas Administrativas Independientes" y decidió abolir la "Corporación Petrolera" anteriormente afiliada a la Agencia. de Recursos Naturales y Energía, y La Corporación Nacional de Petróleo se fusionó con el "Grupo Empresarial de Metales y Minería" anteriormente afiliado al Ministerio de Recursos Naturales y Energía, y se formó una nueva entidad jurídica administrativa independiente, el "Petróleo y Energía Natural". Agencia de Recursos Gas-Metálicos y Minerales". Inicialmente estaba previsto que las actividades oficiales de la organización se llevaran a cabo en 2005.
Abolir la Petroleum Corporation, fusionar el negocio de la Petroleum Corporation con la Metal Mining Corporation, establecer la "Agencia de Petróleo, Gas Natural y Recursos Minerales Metálicos", promover la privatización de la agencia y simplificar la organización y los negocios. , concentró los recursos de las élites y dio mayor autonomía a los departamentos de implementación específicos de las políticas gubernamentales.
La "Ley de la Persona Jurídica Administrativa Independiente - Agencia de Petróleo, Gas Natural y Recursos Minerales Metálicos" establece las responsabilidades y tareas de la recién creada "Agencia de Petróleo, Gas Natural y Recursos Minerales Metálicos" (en adelante denominada la "Agencia") de la siguiente manera 20 Disposiciones:
1 Proporcionar capital para la exploración y extracción de petróleo, etc. (incluidas arenas petrolíferas y esquisto bituminoso) en países extranjeros o en las aguas circundantes. el país, así como los fondos de licuefacción de gas natural inflamable en el exterior (los fondos necesarios para la extracción de petróleo y los fondos necesarios para la extracción de gas natural inflamable en las zonas marítimas alrededor del país se limitan a los fondos de transferencia necesarios para. ingresar a la minería después de aceptar la transferencia de derechos, y los fondos necesarios para iniciar la minería con base en los derechos adquiridos), Proporcionar los fondos necesarios para explorar en busca de minerales metálicos en el extranjero.
2. Proporcionar préstamos a los operadores de minería metálica para obtener los fondos necesarios para explorar minerales metálicos (incluidos los fondos necesarios para proporcionar los fondos).
3. Proporcionar garantías de deuda para los fondos necesarios para la exploración y extracción de petróleo en el extranjero (incluida la fundición de zonas conectadas. Lo mismo se aplica al punto 5), y la licuefacción de gas natural inflamable. Proporcionar garantías de deuda para los fondos necesarios para la extracción de minerales metálicos en el extranjero, así como para el procesamiento de minerales, la fundición y otros negocios relacionados (incluidos los fondos necesarios para proporcionar los fondos).
4. Adquisición de derechos de exploración petrolera, etc. en el extranjero (limitados a casos especiales en los que sea difícil para personas ajenas a la organización adquirirlos, y con el fin de transferirlos a otros dentro del plazo especificado). en la Ordenanza del Ministerio de Economía, Comercio e Industria), y derechos similares a los mismos.
5. Proporcionar orientación sobre tecnologías de exploración y extracción de petróleo, etc., y verificar dichas tecnologías en el extranjero, y verificar las tecnologías de exploración, extracción, procesamiento de minerales y fundición de minerales metálicos.
6. Realizar los estudios estructurales geológicos necesarios para la exploración petrolera, etc., y para la exploración de minerales metálicos (los estudios relacionados con la exploración de minerales metálicos se limitan a áreas marinas con una profundidad de agua superior a 200 m). Según lo estipulado por el decreto gubernamental, los trabajos de investigación en el extranjero deben ser realizados por personas ajenas al Estado y las instituciones corren con parte de los costos).
7. Otorgar subsidios para aumentar los fondos para los estudios geológicos estructurales necesarios para la exploración de minerales metálicos en el extranjero (solo cuando los operadores de minería metálica y las personas jurídicas extranjeras realicen investigaciones conjuntas).
8. Recopilar y proporcionar información y materiales sobre el desarrollo extranjero de recursos minerales metálicos.
9. Alquilar las naves necesarias para la exploración de minerales metálicos y los estudios geológicos estructurales necesarios.
10. Encargado por el Estado para llevar a cabo las reservas nacionales de petróleo (refiriéndose a las reservas nacionales de petróleo especificadas en el artículo 2, párrafo 10 de la Ley de Protección de las Reservas de Petróleo, etc. Lo mismo se aplica a continuación) , e instalaciones de reserva nacional (refiriéndose a la Gestión de las instalaciones de reserva nacional especificada en el artículo 31 de la Ley.
11. Realizar las labores de obtención de petróleo, ocupación de petróleo y trasvase de petróleo relacionadas con el negocio anterior.
12. Proporcionar préstamos para los fondos necesarios para fortalecer las reservas de petróleo (limitados a los fondos necesarios para comprar petróleo) y ampliar las instalaciones de almacenamiento de petróleo (limitados a dos o más refinerías de petróleo, y la inversión económica o el préstamo necesario). para la ampliación y establecimiento de una persona jurídica financiada por una persona especificada en la Orden del Ministerio de Industria y Comercio (excepto para el objetivo principal de almacenar reservas nacionales de petróleo).
13. Reserva de productos minerales metálicos.
14. Proporcionar préstamos para fondos utilizados para prevenir los riesgos mineros causados por la minería metálica, etc. (refiriéndose a la minería metálica y no metálica especificada por la Ordenanza del Ministerio de Economía, Comercio e Industria. Lo mismo se aplica a continuación ).
15. Proporcionar garantías de deuda para los fondos utilizados para prevenir los riesgos mineros causados por la minería metálica y otras industrias.
16. Administrar los fondos acumulados para la prevención y control de los riesgos mineros previstos en el artículo 7, párrafo 3, de la Ley de Medidas Especiales de Contramedidas contra Desastres Minerales en la Minería Metálica y Otras Minas.
17. Recaudar y utilizar el dinero pagado de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 12, Párrafo 1 (incluidos los casos en que se invoca el Párrafo 3 de este Artículo) de la Ley de Medidas Especiales para Contramedidas contra Desastres Minerales en Minería Metálica y Otras Minas, y distribuir los fondos necesarios de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13, párrafo 3 de la Ley (incluidos los casos en que se invoquen el artículo 14, párrafo 2 y el artículo 30, párrafo 2 de la Ley).
18. Con el fin de prevenir los peligros mineros causados por la minería metálica, etc., realizar trabajos de investigación y orientación.
19. Aceptar el encargo a organizaciones públicas locales de operar instalaciones de tratamiento de mayor escala que la especificada en la orden del Ministerio de Economía, Comercio e Industria para prevenir los peligros mineros causados por el agua de los túneles o las aguas residuales después del cierre de la mina. en minería metálica y otras industrias.
20. Realizar negocios incidentales de los negocios anteriores
Consultar /bookscollection/magazines/maginfo/2004maginfo/2004_2/200611/t20061116_2681.htm