Disposiciones sobre el ratio de pago anticipado de adquisiciones públicas
1. Aclarar la proporción mínima del pago por adelantado: Cada unidad compradora debe acordar un pago por adelantado en el contrato de contratación pública. En principio, la proporción del pago por adelantado no será inferior al 30% del mismo. el monto del contrato.
2. Implementación precisa de la política: para los proyectos de adquisición que se ingresan manualmente, hay menos presión sobre el pago por adelantado. El comprador puede reducir adecuadamente la proporción del pago por adelantado de acuerdo con la situación real, pero no será así. menos del 10%.