¿Cuáles son los problemas con los préstamos garantizados?
1. El garante no está calificado para la garantía.
La Ley de Garantía estipula que los garantes deben tener ciertas calificaciones, y las instituciones de bienestar público y grupos sociales como agencias estatales, escuelas, jardines de infancia y hospitales no pueden actuar como garantes. Pero en la práctica, algunos préstamos están garantizados por algunas agencias estatales. Dado que los gastos de las agencias estatales y las instituciones públicas dependen de asignaciones fiscales, las instituciones no tienen derecho a disponer de sus propios activos. De hecho, esta garantía deja de ser válida.
2. El garante no tiene capacidad de garantizar.
Aunque el garante en este tipo de préstamo no es una agencia estatal, institución pública o grupo social, y parece tener calificaciones de garantía calificadas, en realidad no tiene la capacidad de garantía. La Ley de Garantías estipula que pueden actuar como garantes las personas jurídicas, otras organizaciones o ciudadanos que tengan la capacidad de pagar deudas en su nombre. La clave aquí es tener la capacidad de pagar sus deudas.
Sin embargo, en la práctica, hay situaciones en las que los "garantes" que no pueden pagar las deudas en nombre de la empresa garantizan el préstamo. Por ejemplo, el prestatario es una empresa de costos del proyecto, pero su persona jurídica es la persona a cargo del organismo administrativo nacional; algunos garantes brindan garantías en múltiples bancos, garantías mutuas y garantías en cadena. En este caso, si el prestatario no puede pagar la deuda al vencimiento del préstamo, el banco responsabilizará al garante de la responsabilidad de garantía y de la responsabilidad solidaria. El incumplimiento mencionado anteriormente hace que los reclamos del banco contra el garante no puedan realizarse, lo que inevitablemente causará riesgos crediticios para el banco.
3. Las operaciones bancarias inadecuadas conllevan la existencia de garantías defectuosas.
Las principales manifestaciones son: primero, el contrato de garantía estipula que el representante legal o apoderado del garante debe firmar y sellar con el sello oficial, mientras que algunos contratos solo cuentan con firma o sello; segundo, cuando; el préstamo no se devuelve cuando vence, los bancos no prestan atención al cobro de los garantes, y los avisos de cobro muchas veces solo tienen la firma y el sello del prestatario, pero no la firma y el sello del garante; tercero, algunos contratos de garantía sí lo son; más cortos que los contratos de préstamo.
4. Problemas comunes con las garantías
La razón principal es que la garantía del prestatario no ha sido registrada en los departamentos correspondientes y el banco ha aceptado esta situación por diversas razones, lo que hace que el préstamo hipotecario en realidad "En vano". Además, la garantía no ha sido evaluada por los departamentos pertinentes, lo que da lugar a que de vez en cuando se produzca el fenómeno de hipotecas sobrevaloradas.
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