Red de conocimiento de divisas - Preguntas y respuestas sobre Forex - Saber que los bienes involucrados en actividades de espionaje se ocultan, transfieren, compran, venden o se ocultan de otro modo.

Saber que los bienes involucrados en actividades de espionaje se ocultan, transfieren, compran, venden o se ocultan de otro modo.

Subjetividad jurídica:

1. El concepto de delito de albergar, enajenar, adquirir y vender bienes hurtados (artículo 312 de la Ley Penal) se refiere al delito de albergar, enajenar, adquirir y vender bienes hurtados. bienes para otros sabiendo que son producto de una conducta delictiva. Este delito es facultativo, incluyendo el delito de albergar bienes robados, el delito de enajenar bienes robados, el delito de acopio de bienes robados y el delito de venta de bienes robados. 2. Composición del delito (1) Elementos del objeto El objeto de este delito es el orden de gestión social y las actividades normales de los órganos judiciales nacionales. El dinero robado y los bienes robados no son sólo los objetivos que persiguen delitos como el hurto, el fraude, el contrabando, la corrupción y el soborno, sino también una de las principales pruebas para probar estos delitos. La recaudación eficaz y oportuna del dinero y los bienes robados es un medio importante para probar los delitos, exponer y combatir a los delincuentes. Este delito ayuda a los delincuentes a lidiar con bienes y dinero robados, crea condiciones para que los delincuentes evadan las sanciones legales y obstaculiza gravemente las actividades normales de la seguridad pública y los órganos judiciales para rastrear y juzgar a los delincuentes. Esta ley tipifica este delito en el capítulo de delitos que atentan contra el orden de la gestión social y su atención se centra ante todo en el mantenimiento del normal funcionamiento de los órganos judiciales. Desde este punto de vista, los "bienes hurtados" en el delito de albergar bienes hurtados deben tener las siguientes características: 1. Si se trata de bienes obtenidos de delitos contra la propiedad (tales como robo, hurto, estafa, arrebato, extorsión, corrupción, etc.). ) o bienes obtenidos de otros delitos (como producto del contrabando, juegos de azar, soborno, capturas obtenidas en violación de las leyes de caza y pesca, etc.), incluso falsificación o alteración de documentos oficiales, documentos, sellos, falsificación de moneda nacional, etc. , aunque su propio valor económico es extremadamente pequeño, generalmente pueden considerarse bienes robados y convertirse en objeto de este delito, porque albergar los artículos antes mencionados también obstaculizará el trabajo normal de los órganos judiciales nacionales y creará condiciones favorables para los delincuentes. para evadir sanciones legales. 2. Los artículos delictivos utilizados por los delincuentes para su propio uso, como armas, alicates, palos u otros artículos utilizados para abrir puertas y girar cerraduras, no son bienes robados y albergar dichos artículos no constituye este delito. Debido a que este comportamiento en realidad desempeña el papel de destruir pruebas criminales y albergar a delincuentes, puede considerarse como un delito de albergar o perjurio según las circunstancias. 3. Si el contrabando puede convertirse en objeto de este delito. Se trata de una cuestión controvertida: una opinión es que el artículo 64 de la ley estipula: “Todos los bienes obtenidos ilegalmente por los delincuentes serán recuperados o se ordenará su devolución como compensación, los bienes legítimos de la víctima serán devueltos en el momento oportuno: si así fuera; utilizado para cometer un delito, el contrabando y los bienes personales serán confiscados”. Aquí, el contrabando se enumera junto con los bienes personales utilizados en el delito. Como estos últimos no son bienes robados, no pueden ser objeto de este delito, y el contrabando no puede ser objeto de este delito. Otra opinión es que el contrabando también puede convertirse en objeto de este delito. El llamado contrabando se refiere a artículos que no pueden fabricarse, venderse, comprarse, usarse, conservarse, almacenarse ni transportarse sin el permiso estatal. Los artículos de contrabando según la legislación china incluyen armas, municiones, explosivos, sustancias altamente tóxicas, narcóticos, sustancias radiactivas, etc. Algunas leyes penales de nuestro país tienen disposiciones especiales para el ocultamiento y la venta de contrabando en consignación, y los catalogan como delitos independientes, como el delito de posesión de armas de fuego y municiones, mientras que otras no tienen disposiciones especiales, como la posesión de explosivos. y sustancias venenosas. Por lo tanto, el acto de albergar contrabando obtenido mediante delitos ilegales ajenos debe tratarse de manera diferente, es decir, si existen disposiciones especiales, se tratarán de conformidad con las disposiciones especiales. Por ejemplo, el acto de albergar armas y municiones obtenidas por otros debe tipificarse como delito de tenencia de armas de fuego y municiones, si no existen disposiciones especiales, debe tipificarse como delito de albergar. El cianuro de potasio robado por otros debe tipificarse como delito de posesión. Generalmente se cree que esta última opinión es correcta. Como el contrabando también son bienes robados, ambos están relacionados. Dado que los bienes obtenidos mediante delitos ilegales ajenos son bienes robados, el contrabando obtenido mediante delitos ilegales ajenos sigue siendo un tipo de bienes robados y puede convertirse en objeto de este delito. 4. El objeto de este delito deben ser objetos obtenidos por otros mediante delitos ilícitos. En primer lugar, debe ser obtenido por otros. Los bienes obtenidos mediante el propio delito no pueden convertirse en objeto de este delito. Dado que ocultar bienes robados es sólo un acto impune ex post facto que ha sido absorbido por el robo cometido por uno mismo, no es necesario tipificar como delito separado el de ocultar bienes robados. En segundo lugar, basta con que dichos bienes se hayan obtenido mediante actos ilegales y delictivos de otras personas. No tienen por qué cumplir necesariamente todos los requisitos de un delito ni estar sujetos a sanción penal. Por ejemplo, los artículos robados por adolescentes menores de 14 años o personas con enfermedades mentales no constituyen un delito porque son menores de edad de responsabilidad penal o carecen de la capacidad de ser penalmente responsables, pero siguen siendo bienes robados. Además, si los chinos cometen delitos en su propio país y están exentos de castigo penal, o los extranjeros cometen delitos contra ciudadanos chinos en países extranjeros y no se aplican sanciones penales, los artículos obtenidos como resultado de estos delitos siguen siendo bienes robados.

5. Existe una disputa sobre si los bienes robados (como los bienes robados) obtenidos por un tercero de buena fe siguen siendo bienes robados. Para garantizar la seguridad de las transacciones, los códigos civiles de la mayoría de los países creen que un tercero de buena fe tiene la propiedad de los bienes robados que han obtenido de buena fe a cambio de una compensación, y el propietario original no puede solicitar la devolución. Los "Principios Generales del Derecho Civil" de nuestro país no estipulan cómo tratar los bienes robados obtenidos y pagados de buena fe. En la práctica judicial, los bienes robados obtenidos a cambio de una tarifa se tratan generalmente de acuerdo con los siguientes principios: en el caso de bienes robados obtenidos a cambio de una tarifa sin conocimiento, si la cosa original existe, el delincuente deberá compensar al propietario original por la pérdida de acuerdo con el precio; Según la situación objetiva real, si es realmente imposible rescatar la cosa original o compensar la pérdida, se puede llevar a cabo una mediación basada en las situaciones específicas del comprador y del propietario de la cosa original (es decir, la víctima) y manejarse adecuadamente. . Si el comprador compra a sabiendas bienes robados, deberá recuperarlos sin compensación y confiscarlos o devolverlos a su propietario original. 6. No importa cómo se procesen los bienes robados y cuánto trabajo se gaste, los bienes procesados ​​siguen siendo bienes robados. Por ejemplo, el oro robado se transforma en joyas de oro; las piezas de bicicletas robadas se ensamblan para fabricar vehículos completos; el cuero robado se transforma en zapatos de cuero, bolsos de cuero, etc. Estas joyas de oro, bicicletas, zapatos y bolsos de cuero siguen siendo bienes robados. El dinero obtenido mediante el trueque, el intercambio de dinero por dinero, las compras con dinero o el intercambio de cosas por dinero siguen siendo bienes robados. Por ejemplo, si se cambian dos bicicletas robadas por un televisor, el televisor pasa a ser propiedad robada. Los billetes pequeños robados de 10 yuanes se cambiaron por billetes grandes de 100 yuanes, la grabadora se compró con cheques bancarios robados y el efectivo se retiró mediante giros postales robados, etc. El billete de 100 yuanes, la grabadora y el dinero en efectivo siguen siendo bienes robados. 7. Los bienes robados incluyen bienes muebles e inmuebles, limitándose a los bienes inmuebles. Si bien los intereses patrimoniales pueden constituir el objeto del delito de infracción patrimonial, no pueden convertirse en objeto del delito de albergación de bienes sustraídos. Sin embargo, los documentos o instrumentos que registren o acrediten derechos o intereses, tales como libretas bancarias, giros postales, cheques, acciones, giros postales, pagarés, etc. , puede convertirse en objeto de este delito. (2) Elementos objetivos Este delito se manifiesta objetivamente en los actos de albergar, transferir, adquirir y vender bienes robados por cuenta ajena. Ocultar bienes robados se refiere al acto de ocultar y conservar bienes robados de manera que sea imposible o difícil para las autoridades judiciales encontrarlos. El desvío de bienes robados es el acto de cambiar la ubicación de los bienes robados. La transferencia de dinero y bienes robados debería ser suficiente para impedir que las autoridades judiciales recuperen el dinero y los bienes robados. Transferir bienes robados dentro de la misma casa no debe considerarse un delito. Sin embargo, trasladar bienes robados de una habitación de un edificio a otra se considera una transferencia de bienes robados. Comprar bienes robados se refiere a la compra de bienes robados no especificados o la compra de grandes cantidades de bienes robados. La compra de una pequeña cantidad de bienes robados para uso personal no debe considerarse un delito. Vender bienes robados en nombre de otros se refiere al acto de transferir bienes robados para el perpetrador. También se debe considerar que una persona que media entre delincuentes y compradores vende bienes robados en su nombre. (3) Requisitos del sujeto El sujeto de este delito es un sujeto general, pero sólo puede ser una persona distinta del dueño de la propiedad robada. Si el propio delincuente oculta los bienes robados obtenidos del delito, no puede convertirse en sujeto de este delito. (4) Elementos subjetivos El aspecto subjetivo de este delito sólo puede ser intencional, es decir, ocultar, transferir, comprar o vender a sabiendas bienes robados obtenidos del delito. Sabiendo que los bienes robados son robados, el autor se da cuenta de que su ocultación, transferencia, compra o venta en su nombre tendrá consecuencias perjudiciales al impedir que los órganos judiciales recuperen los bienes robados y participen en investigaciones, procesamientos y juicios penales, y espera o permite que tal resultado ocurra. En cuanto a cómo juzgar si el perpetrador "a sabiendas es un bien robado", esta es una cuestión crucial. El actor no debe tener ninguna conspiración previa con el delincuente. Si el autor conspira previamente con delincuentes y llega a un acuerdo después para albergar, transferir, adquirir o vender bienes robados, será castigado como cómplice. El "conocimiento" de este delito no puede determinarse únicamente con base en la confesión del imputado, sino que debe analizarse con base en los hechos objetivos del caso. Siempre que se demuestre que el acusado sabía o debería haber sabido que los bienes robados eran producto del delito, se puede reconocer. "Debería haberlo sabido" es propiedad robada, pero no pertenece a "a sabiendas" en ningún caso, de lo contrario no habrá diferencia entre negligencia e intencionalidad. Si "debería saber" también se considera un delito de robo de bienes, significa que será castigado como un delito de robo de bienes por negligencia, pero la legislación penal no prevé un delito de robo de bienes por negligencia. Por el contrario, el derecho penal exige claramente que el autor sepa "a sabiendas" que la propiedad ha sido robada. Sin embargo, para evitar caer en el crimen, no es apropiado limitar el conocimiento a un rango muy estrecho. Esto requiere una correcta comprensión e identificación del "saber". Saber que los bienes son robados incluye saber que los bienes deben ser bienes robados y saber que los bienes pueden ser bienes robados. Saber que la propiedad debe ser robada significa que el perpetrador determina que la propiedad que alberga, transfiere, adquiere o vende en su nombre debe ser propiedad robada obtenida del delito y no propiedad de cualquier otra naturaleza. Saber que la propiedad puede ser propiedad robada significa que el perpetrador se da cuenta de que la propiedad puede ser propiedad robada en función de asuntos relevantes, pero no está completamente seguro de que sea propiedad robada.

Por lo tanto, no debe considerarse como tal el conocimiento que tiene el autor de los bienes sustraídos, siempre que tenga conocimiento de que se puede tratar de bienes sustraídos o de bienes sustraídos. Por esta razón, los delitos contra el robo de propiedad también pueden ser delitos intencionales indirectos. La identificación de saber que los bienes son bienes robados puede presumirse, es decir, se puede inferir de la conducta que el actor ya ha realizado y de los hechos relevantes si el actor sabe que los bienes son bienes robados si el presunto actor; sabe que los bienes son bienes robados y el actor no presenta excusa alguna, se establece la presunción. En términos generales, se debe inferir si el autor sabía que los bienes robados fueron robados en función del tiempo, lugar, cantidad, precio, tipo, la relación entre el autor y el autor y el grado de conocimiento. Por ejemplo, se acuerda ocultar los bienes después de la entrega en un lugar secreto, comprar una gran cantidad de bienes a un precio significativamente más bajo que el precio normal del mercado, y la otra parte entrega instalaciones públicas u otras partes que no pueden ser retenidas por un individuo sin certificado de unidad El autor sabe que la otra parte es un delincuente patrimonial o En el caso de un delincuente económico que acepta bienes, los oculta y los compra sabiendo que el negocio está prohibido, se puede presumir que el autor ". conscientemente" sabe que los bienes son robados. Por supuesto, las presunciones no son subjetivas y no pueden reemplazar la investigación y la investigación. Las presunciones también deben basarse en hechos y las conclusiones de las presunciones deben estar bien fundadas. 3. Quien cometa este delito será castigado con pena de prisión determinada no superior a tres años, prisión preventiva o vigilancia pública, y será también o únicamente multada. Cuatro. Artículo 312 de la Ley e Interpretación Judicial Artículo 312 El que a sabiendas oculte, transfiera, adquiera o venda el producto del delito, será sancionado con pena privativa de libertad no mayor de tres años, prisión preventiva o vigilancia pública, y será también o únicamente multado.

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