¿Cuál es el límite de subida y bajada de las acciones cotizadas en general el primer día de revisión?
Sin límite superior. No hay límite para la subida o bajada de las acciones después de la reanudación de la negociación, lo que se sitúa en la quinta situación.
No están sujetas al límite de precio las siguientes situaciones:
1. El primer día de cotización de las acciones nuevas
2. con S, pero no con ST )Completar la reforma accionaria y el primer día de reanudación de la negociación;
3. El día en que se emitan y coticen acciones adicionales;
4. las acciones después de que la reforma accionarial no cumplan con los indicadores esperados, se emitirán acciones adicionales el día de la cotización;
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5. como reanudar la negociación;
6. El día en que las acciones excluidas de la lista reanudan su cotización.