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¿Puedo cancelar el préstamo si no se ha dispuesto de la garantía?

Análisis Legal: Generalmente los préstamos no serán castigados. En los últimos años, especialmente después de la promulgación de las "Medidas administrativas para la condonación de deudas incobrables de empresas financieras" (edición revisada de 2013), las condiciones y procedimientos para la condonación de deudas incobrables han sido mucho más flexibles que antes. Pero en términos generales, cuando no se ha dispuesto de la garantía, es poco probable que el banco cancele el préstamo a menos que la garantía sea defectuosa o los procedimientos hipotecarios sean defectuosos. Por lo tanto, es necesario centrarse en los préstamos castigados cuyas garantías aún no han sido enajenadas.

Base jurídica: “Código Civil de la República Popular China”

Artículo 394: El deudor o un tercero, para garantizar el cumplimiento de la deuda, no transfiere posesión de la propiedad pero hipoteca la propiedad a Para los acreedores, si el deudor no paga las deudas vencidas o no realiza los derechos hipotecarios según el acuerdo de las partes, el acreedor tiene derecho a recibir prioridad en el pago de la propiedad. El deudor o tercero señalado en el párrafo anterior es el deudor hipotecario, el acreedor es el acreedor hipotecario y el bien que da garantía es el inmueble hipotecado.

Artículo 401: El acreedor hipotecario y el deudor hipotecario acuerdan que si el deudor no paga las deudas vencidas, el bien hipotecado pertenecerá al acreedor, y según la ley, el bien hipotecado sólo puede tener prioridad en el pago.

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