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¿Cuáles son las diferencias y conexiones entre hipoteca, prenda, gravamen y garantía de transferencia?

Similitudes y diferencias entre hipoteca, prenda y gravamen

La garantía real es un sistema legal importante, que tiene tres formas: hipoteca, prenda y gravamen. El establecimiento de garantías reales tiene como objetivo controlar el valor de cambio de objetos específicos y garantizar la realización de los derechos del acreedor. Es un derecho de propiedad constituido sobre una cosa o derecho determinado del deudor o de un tercero. Cuando el deudor no cumple con sus deudas a tiempo, el acreedor puede recibir prioridad en el pago mediante descuentos, subastas o ventas de bienes. Comprender qué propiedades pueden utilizarse para hipotecas, prendas y gravámenes, cuáles son sus características y los métodos y procedimientos para establecer hipotecas, prendas y gravámenes son de gran importancia práctica para el uso correcto de las garantías reales para salvaguardar los derechos e intereses legítimos de las partes.

1. Los bienes que pueden ser utilizados para hipoteca, prenda y gravamen

1 Los bienes que pueden ser hipotecados según la ley son: (1) Casas y demás objetos fijos en la propiedad. terreno propiedad del deudor hipotecario; (2) Maquinaria, vehículos y otras propiedades propiedad del deudor hipotecario (3) Derechos de uso de tierras de propiedad estatal, casas y otros objetos fijos sobre los cuales el deudor hipotecario tiene derecho a disponer de acuerdo con la ley; (4) Maquinaria, vehículos y otras propiedades de propiedad estatal de las que el deudor hipotecario tiene derecho a disponer de conformidad con la ley Herramientas y otras propiedades (5) El derecho a utilizar los cerros, acequias, colinas y playas; contraídos por el deudor hipotecario conforme a la ley e hipotecados con el consentimiento del contratante; 6. Los demás bienes que puedan ser hipotecados conforme a la ley; Las propiedades que no pueden hipotecarse incluyen: (1) propiedad de la tierra; (2) derechos de uso de la tierra de propiedad colectiva, como tierras cultivadas, granjas, colinas privadas y tierras privadas; (3) educación en escuelas, jardines de infancia, hospitales y otras instituciones públicas; instalaciones de grupos sociales, instalaciones médicas y otras instalaciones de bienestar público; (4) propiedades cuya propiedad y derechos de uso se desconocen o están en disputa (5) propiedades que han sido selladas, detenidas o bajo supervisión de conformidad con la ley; inmuebles que no pueden ser hipotecados conforme a la ley.

2. Los bienes que pueden pignorarse incluyen: prenda mobiliaria, que se refiere a cosas distintas de los inmuebles. Los bienes inmuebles se refieren a terrenos, edificios, árboles y otros objetos fijos en el terreno y equipamiento fijo de los edificios. Los objetos de la prenda son: letras de cambio, pagarés, cheques, bonos, certificados de depósito, recibos de almacén, conocimientos de embarque, derechos de propiedad sobre acciones, valores, marcas, patentes y derechos de autor que pueden transferirse conforme a la ley; otros derechos que pueden pignorarse conforme a la ley (como las rentas del derecho inmobiliario).

3. Los bienes destinados a gravamen se refieren a los bienes muebles del deudor legalmente poseídos por el contrato de custodia, el contrato de transporte y el contrato de procesamiento.

2. Características de la hipoteca, prenda y gravamen

1. Hipoteca se refiere a la posesión por parte del acreedor del deudor o de un tercero como garantía de los derechos del acreedor. Cuando el deudor incumpla sus deudas, se pagará en primer lugar el producto de descuentos, remates o ventas de bienes. Características de la hipoteca: No se transmite el bien hipotecado, se constituye la hipoteca y el bien hipotecado sigue en posesión del deudor o de un tercero (deudor hipotecario). Partiendo de la premisa de que el deudor incumple sus deudas, el acreedor hipotecario ejerce el derecho de prioridad al reembolso.

2. Prenda significa que el deudor o un tercero entrega su bien mueble o título de propiedad al acreedor para su posesión y utiliza el bien como garantía de los derechos del acreedor. Cuando el deudor no cumple con sus deudas, el acreedor tiene derecho a recibir pago prioritario del precio del inmueble en descuento, subasta o venta. Características de la prenda de bienes muebles: El deudor o un tercero (el pignorante) debe transferir sus bienes muebles al acreedor para su posesión. El deudor o el tercero que proporciona los bienes muebles es el propietario del bien mueble. La prenda de bienes muebles debe basarse en el incumplimiento por parte del deudor de la premisa de la deuda. La prenda incluye la prenda de bienes muebles y la prenda de derechos.

La diferencia entre prenda de bienes muebles y prenda de derechos: (1) El objeto del contrato es diferente. El objeto de la prenda sobre bienes muebles son los bienes muebles corporales; el objeto de la prenda sobre derechos son los derechos intangibles. (2) La transferencia de materia es diferente de la posesión. En el caso de prenda mobiliaria, el pignorante entrega el bien pignorado al acreedor prendario; en el caso de prenda sobre derechos, la prenda se pignora con créditos titulizados y se notifica la prenda al deudor. Si se pignoran acciones, participaciones o derechos de propiedad intelectual, la posesión se transmitirá previa inscripción de la prenda de conformidad con la ley. (3) La promesa se implementa de diferentes maneras. En el caso de prenda mobiliaria, los bienes pignorados se pagarán primero con el precio de la cosa mueble, de remate o de venta; en el caso de prenda sobre derechos, el pignorante toma directamente el lugar del pignorante y ejerce los derechos de éste;

La diferencia entre hipoteca y prenda: (1) El objeto de la hipoteca son los bienes muebles y los inmuebles el objeto de la prenda son los bienes muebles y derechos; (2) La cosa hipotecada no se transmite ni se posee; la cosa pignorada no se transmite ni se posee;

(3) Si la parte interesada gestiona voluntariamente el registro de hipoteca, el contrato de hipoteca surtirá efectos a partir de la fecha de la firma; si la parte no necesita realizar el registro de prenda, el contrato de prenda surtirá efectos a partir de la fecha de entrega del objeto pignorado; o certificado de derechos. (4) Si las partes solicitan el registro de una hipoteca, el departamento de registro será el departamento de administración correspondiente a la hipoteca; si se pignoran acciones o derechos de propiedad intelectual, las partes registrarán la prenda en la agencia de administración correspondiente; (5) Si el acreedor hipotecario no ha sido reembolsado al vencimiento del plazo de cumplimiento de la deuda, podrá negociar con el deudor hipotecario un descuento o ser reembolsado con el precio de la subasta o venta del bien hipotecado si el acuerdo fracasa; puede presentar una demanda ante el Tribunal Popular al vencimiento del período de cumplimiento de la deuda, el acreedor hipotecario tendrá derecho a pignorar. Si el deudor no ha sido reembolsado, podrá acordar con el pignorante que se desconte el bien pignorado o que se le devuelva el dinero; Los bienes pignorados se subastarán o venderán conforme a la ley para saldar los derechos del acreedor.

* * *Similitudes entre hipoteca y prenda: (1) Tanto la hipoteca como la prenda son garantías reales (2) Tanto la hipoteca como la prenda deben firmarse por escrito (3) Contrato Cuando vence la deuda y; no se reembolsa el bien hipotecado o el bien pignorado, la propiedad del bien hipotecado o pignorado se transfiere al acreedor hipotecario o al acreedor prendario (4) Tanto el bien hipotecado como el bien pignorado deben registrarse, los contratos de hipoteca y la prenda; los contratos surten efectos a partir de la fecha de inscripción; (6) Los derechos hipotecarios y los derechos de prenda coexisten con sus respectivos créditos garantizados y se extinguen al mismo tiempo. (7) El derecho hipotecario se extingue por la pérdida del bien hipotecado, y la indemnización por la pérdida se considerará como bien hipotecado si el bien pignorado se pierde por la pérdida del bien pignorado, la indemnización recibida por él; la pérdida se considerará como bien pignorado. (8) El alcance de la garantía hipotecaria incluye los derechos e intereses del acreedor principal, la indemnización por daños y perjuicios y los costos de realización del derecho hipotecario; el alcance de la garantía hipotecaria incluye los derechos y los intereses del acreedor principal, la indemnización por daños y perjuicios, la indemnización por daños y perjuicios; gastos de custodia del bien pignorado y de realización de los derechos hipotecarios. (9) La parte del descuento de la hipoteca o del precio de remate o de venta que exceda de los derechos del acreedor pertenece al deudor hipotecario, y el déficit será cubierto por el deudor de la parte del precio de descuento, de remate o de venta del bien pignorado que exceda; Los derechos del acreedor pertenecen al pignorante, y el déficit será cubierto por el deudor. (10) Independientemente de la hipoteca o la prenda, si el deudor no cumple con sus deudas, el acreedor tiene prioridad para recibir el producto del descuento, subasta o venta de los bienes hipotecados o pignorados. (11). Cuando un deudor hipotecario transfiera una hipoteca registrada, deberá notificar al acreedor hipotecario e informar al cesionario que la materia transferida ha sido hipotecada. Si el deudor hipotecario no hubiere notificado al acreedor hipotecario o al cesionario, la transferencia será nula, las acciones no podrán transmitirse después de pignoradas, salvo acuerdo del deudor pignorante y del acreedor pignoraticio. Después de pignorar los derechos de propiedad sobre derechos de marca, derechos de patente y derechos de autor, el pignorante no los transferirá, excepto con el acuerdo del pignorante y el acreedor pignoraticio, y el producto de la transferencia pagará los derechos del acreedor por adelantado. (12), la garantía no transfiere la posesión; con la prenda de acciones, debido a que el mercado de valores es electrónico, no hay necesidad de transferir la posesión de las acciones. (13) El deudor hipotecario puede constituir una hipoteca sobre los derechos de uso de terrenos y edificios de propiedad estatal de los que tiene derecho a disponer según la ley; el acreedor prendario puede utilizar letras de cambio, cheques, pagarés, bonos y depósitos; Se pignoran certificados, recibos de almacén, conocimientos de embarque y acciones transferibles conforme a la ley, acciones, derechos de marcas, derechos de patentes, derechos de propiedad sobre derechos de autor y otros derechos legalmente transferibles.

Gravamen significa que cuando el deudor no cumple con su deuda dentro del plazo estipulado en el contrato, el acreedor tiene derecho a gravar el bien conforme a la ley, descontarlo o subastarlo o venderlo, y recibir prioridad sobre los ingresos. Un gravamen es el derecho de un acreedor a retener los bienes muebles del deudor como garantía para realizar los derechos del acreedor antes de que los derechos del acreedor se paguen según lo programado.

La diferencia entre un gravamen y una prenda: (1) Un gravamen es el derecho a embargar los bienes muebles de otra persona antes de que se pague la deuda. Este derecho a poseer y embargar bienes muebles ajenos está estipulado por ley (limitado a contratos de custodia, contratos de transporte, contratos de procesamiento y contratos de corretaje), por lo que el gravamen es una garantía real legal, la prenda generalmente es acordada por las partes; (2) La posesión y embargo de bienes muebles por parte del acreedor prendario se basa en el incumplimiento por parte del deudor de sus obligaciones acordadas según lo previsto; la posesión de los bienes pignorados por parte del acreedor prendario se basa en la realización de los derechos del acreedor garantizado. (3) Para ejercer el derecho de gravamen, el acreedor prendario debe establecer un límite de tiempo determinado para el deudor y notificarle que pague la deuda dentro de ese límite de tiempo. Cuando el deudor no puede pagar, el acreedor puede disponer del gravamen y realizar los derechos del acreedor. La realización de la prenda consiste en que cuando los derechos del acreedor han expirado y no han sido pagados, el acreedor prendario puede, previa notificación al pignorante, disponer; de los bienes pignorados y realizar los derechos del acreedor sin el plazo dado al pignorante para saldar la deuda.

(4) Cuando el objeto gravado está ocupado por otros, el objeto original no puede ser devuelto en base al derecho de gravamen, pero sólo puede ser devuelto en base al derecho de posesión cuando el objeto pignorado está ocupado por otros, el acreedor prendario puede solicitarlo; la devolución de la cosa pignorada en base al derecho de prenda. (5) El gravamen se extingue por pérdida o el deudor proporciona una garantía adecuada; el bien pignorado se pierde por pignoración y no puede ser devuelto; (6) Gravamen significa que el acreedor toma posesión legal de los bienes muebles del deudor debido a un contrato de custodia, contrato de transporte o contrato de procesamiento, y retiene los bienes muebles como garantía de los derechos del acreedor antes de que los derechos del acreedor se paguen según lo programado. prenda significa que el deudor o un tercero transfiere sus bienes muebles o derechos, da posesión al acreedor y utiliza los bienes muebles o derechos como garantía del crédito del acreedor. (7) El gravamen es legal y las partes no pueden crearlo a voluntad, pero las partes pueden acordar excluir el gravamen se establece por acuerdo de las partes, y no hay acuerdo para excluir la prenda;

Las similitudes entre gravámenes y prendas son: (1) Tanto los gravámenes como las prendas son garantías reales. Cuando los derechos del acreedor no se liquidan, el destinatario prioritario es el descuento, la subasta o la venta de la propiedad gravada. o bienes pignorados. (2) El objeto del gravamen y la prenda son bienes muebles del deudor o de un tercero. (3) El alcance de la garantía de prenda incluye el reclamo principal y sus intereses, daños y perjuicios, daños, tarifas de almacenamiento y tarifas de ejecución. (4) El acreedor prendario y el acreedor prendario conservarán el gravamen o prenda como buen administrador. Si el gravamen o la propiedad pignorada se daña o se pierde debido al incumplimiento de sus responsabilidades, tanto el acreedor prendario como el acreedor prendario serán responsables de la compensación. (5) Tanto el acreedor prendario como el acreedor prendario tienen derecho a recibir los frutos del gravamen o prenda. (6) Tanto los gravámenes como las prendas existen simultáneamente con sus respectivos créditos garantizados. Al extinguirse los créditos, también se extinguirán los gravámenes y las prendas. (7) El acreedor obtiene los bienes muebles entregados por el deudor, pero aun así obtiene el gravamen o prenda sobre los bienes muebles sin saber que el deudor no tiene derecho a disponer de los bienes muebles. (8) Después de descontar, subastar o vender el gravamen o la propiedad pignorada, la parte del precio que exceda el monto de los derechos del acreedor pertenece al deudor, y el déficit será cubierto por el deudor. (9) Los gravámenes y prendas no están sujetos a prescripción sobre créditos garantizados. El titular del gravamen o el acreedor prendario aún puede ejercer su derecho contra el gravamen o la prenda después de que haya expirado el plazo de prescripción para el reclamo garantizado por el gravamen o la prenda.

3. A la hora de constituir derechos hipotecarios, derechos de prenda y gravámenes se debe prestar atención a los métodos y procedimientos.

1. Para la hipoteca, se debe celebrar un contrato de hipoteca. El contrato de hipoteca debe realizarse por escrito. El contrato de hipoteca es de gran importancia para la realización de los derechos hipotecarios y la resolución de disputas.

2. El registro hipotecario es una forma necesaria para que los derechos hipotecarios ganen credibilidad, lo que favorece el mantenimiento de la seguridad de las transacciones y la protección de los derechos e intereses legítimos de las partes. Para determinados inmuebles hipotecados (inmuebles enumerados en el artículo 42 de la "Ley de Garantías"), el contrato de hipoteca surtirá efectos desde el momento de la inscripción del inmueble hipotecado, si la inscripción de la hipoteca se realiza voluntariamente, el contrato de hipoteca surtirá efectos a partir del momento de la inscripción del inmueble hipotecado; la fecha de la firma.

3. La hipoteca de un determinado inmueble deberá registrarse en el departamento de registro correspondiente, de lo contrario, el contrato de hipoteca quedará sin efecto. Las propiedades hipotecarias que se registran voluntariamente, principalmente algunos artículos de primera necesidad o propiedades de poco valor, pueden registrarse en la notaría donde se encuentre el deudor hipotecario.

4. El procedimiento general para el registro de una hipoteca es: el interesado presenta una solicitud y se revisan los originales o copias del texto del contrato principal, del texto del contrato de hipoteca, del certificado de propiedad de la hipoteca y de otros documentos justificativos pertinentes. por la autoridad de registro, registro, presentación.

5. Para establecer el compromiso de moneda, debe especificar la moneda, que incluye: cuenta especial, moneda sellada y margen.

6. El pignorante y el acreedor pignoraticio deben celebrar un contrato de prenda por escrito, que es el requisito previo para la garantía de prenda y la base para resolver las disputas entre las dos partes. El contrato de prenda puede realizarse en forma oral o escrita.

7. El contrato de prenda es un contrato práctico. El contrato sólo surtirá efectos cuando las partes entreguen el bien pignorado a la otra parte. El contrato de prenda de letras surte efectos cuando se establece conforme a la ley, y el contrato de prenda de letras surtirá efectos cuando el pignorante endosa e inscribe la palabra “prenda” y la entrega al pignorante.

8. Para ejercer el derecho de gravamen, se deberá notificar al deudor para que cumpla con sus obligaciones de pago, y el plazo de gracia para que el deudor cumpla con sus deudas no será inferior a 2 meses.

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