¿Se castigará a los profesores por participar en casos de préstamos privados?
En circunstancias especiales, si el demandado elude las obligaciones determinadas por la sentencia efectiva después de la entrada en vigor de la sentencia civil, se podrá perseguir la responsabilidad penal y derivar sanciones administrativas.
Leyes y regulaciones relevantes:
Disposiciones provisionales sobre castigos al personal de instituciones públicas
Capítulo 3 Violaciones de las leyes y disciplinas y sanciones aplicables
Art. Artículo 16 Al que cometa cualquiera de los siguientes actos se le impondrá demérito si las circunstancias son graves, será degradado o destituido; si las circunstancias son graves, será destituido; >(1) Difundir comentarios que dañen la reputación del país u organizar, participar en mítines, marchas, manifestaciones y otras actividades destinadas a dañar los intereses nacionales;
(2) Organizar o participar en organizaciones ilegales;
(3) Aceptar financiación extranjera para participar en actividades que perjudiquen los intereses del país o pongan en peligro las actividades de seguridad nacional;
(4) Aceptar invitaciones y recompensas extranjeras que perjudiquen el honor y los intereses nacionales, y negarse a corregir después de la crítica y la educación;
(5) Violar las leyes y políticas étnicas y religiosas nacionales, causando consecuencias adversas;
(6) Salir del país ilegalmente y obtener la residencia permanente en el extranjero, o adquirir nacionalidad extranjera sin autorización;
(7) Se permite el ingreso al país de sustancias que contengan libros, publicaciones periódicas, productos audiovisuales y libros electrónicos con contenidos prohibidos según la ley;
(8) Otras violaciones de las disciplinas políticas.
Si alguien comete los actos enumerados en los puntos (1) a (3) del párrafo anterior, pero es secuestrado por alguien que no conoce la verdad, y muestra arrepentimiento después de haber sido criticado y educado, el castigo podrá reducirse o eximirse.
Artículo 17 Al que cometa cualquiera de los siguientes actos se le impondrá amonestación o demérito si las circunstancias son graves, será degradado o destituido; si las circunstancias son graves, será destituido;
(1) ) Al realizar tareas nacionales importantes o responder a emergencias públicas, desobedecer órdenes, despachos o confrontación pasiva;
(2) Alterar el orden normal de trabajo y causar pérdidas al intereses públicos del país o sociales;
(3) Dirigir y operar en violación de las regulaciones, causando pérdidas a las vidas y propiedades de las personas;
(4) Cuando se produzcan accidentes, desastres o incidentes importantes ocurrir, abandonar el puesto sin autorización o no informar según lo requerido, no tomar contramedidas o manejo ineficaz;
(5) violar las regulaciones o causar efectos adversos durante la evaluación del proyecto, certificación de productos, inspección de equipos, etc. ;
(6) Filtrar secretos de estado;
(7) Filtrar información privilegiada obtenida a través del trabajo, causando consecuencias adversas;
(8) Utilizar medios inadecuados para obtener puestos para sí mismo o para otros, o Cualquier otra violación de las disciplinas del personal de la organización en el reclutamiento público y otros trabajos de gestión de personal (9) Otro incumplimiento del deber que viole las disciplinas laborales;
Cualquiera que cometa los actos del inciso (6) del párrafo anterior recibirá una sanción de demérito o superior.
Artículo 18 El que cometa cualquiera de los siguientes actos recibirá amonestación o demérito, si el caso es grave, será degradado o destituido; si el caso es grave, será destituido;
Corrupción, soborno, oferta de sobornos, aceptación de sobornos y apropiación indebida de fondos públicos;
(2) Aprovechar el trabajo para buscar beneficios indebidos para uno mismo o para otros;
(3) Aceptar sobornos en actividades oficiales o laborales. Regalos, valores diversos y vales de pago;
(4) Utilizar información privilegiada conocida o dominada para buscar beneficios;
(5) Viajar con fondos públicos o viajar disfrazado con fondos públicos
(6) Violar las regulaciones estatales al participar en actividades con fines de lucro o recibir remuneración a tiempo parcial;
(7) Otras violaciones; de integridad y disciplina.
Cualquier persona que cometa el acto del punto (1) del párrafo anterior recibirá una sanción de demérito o superior.
Artículo 19: Al que cometa cualquiera de los siguientes actos se le impondrá amonestación o demérito si las circunstancias son graves, será degradado o destituido; si las circunstancias son graves, será destituido; :
Violación de las normas estatales sobre ingresos fiscales;
(2) Uso o defraudación de fondos fiscales y fondos de seguridad social en violación de las normas;
(3 ) Establecer artículos de cobro sin autorización o cambiar el alcance de los artículos de cobro sin autorización, normas y objetos;
(4) Despilfarrar activos de propiedad estatal o causar la pérdida de activos de propiedad estatal;
(5) Violar las regulaciones de administración de activos estatales, ocupar, usar y disponer de activos estatales sin autorización;
(6) Violar las regulaciones relevantes durante la licitación y adquisición de materiales, causando efectos adversos o pérdidas;
(7) Otras violaciones de las disciplinas financieras.
Artículo 20 Al que cometa cualquiera de los siguientes actos se le impondrá amonestación o demérito si las circunstancias son graves, será degradado o destituido; si las circunstancias son graves, será destituido;
Uso de profesionalismo Usar tecnología o habilidades para cometer actos ilegales;
(2) Plagiar o apropiarse indebidamente de los logros académicos de otras personas, falsificar o alterar materiales y documentos, o fabricar hechos y otros mala conducta académica;
(3) ) Aprovecharse del estatus profesional para inducir, amenazar o engañar, perjudicando los derechos e intereses legítimos de otros;
(4) Usar autoridad, estatus o recursos bajo control para suprimir opiniones diferentes, restringir la libertad académica, causando grandes pérdidas o efectos adversos ;
(5) Fraude en el proceso de postulación a cargos, proyectos y honores;
( 6) Mala actitud laboral, provocando mal impacto social;
(7) Otras conductas que atentan gravemente contra la ética profesional.
Cualquier persona que cometa el acto del punto (1) del párrafo anterior recibirá una sanción de demérito o superior.
Artículo 21 Al que cometa cualquiera de los siguientes actos se le impondrá amonestación o demérito si las circunstancias son graves, será degradado o destituido; si las circunstancias son graves, será destituido;
Fabricar y difundir artículos e información ilegales y prohibidos;
(2) Organizar o participar en prostitución, prostitución y otras actividades obscenas;
(3) Tomar drogas u organizar o participar en actividades de juego;
(4) Violar las regulaciones de planificación familiar
(5) Mantener un amante
(6) Abusar o; abandonar a miembros de la familia, o negarse a asumir la responsabilidad de manutención, crianza, obligaciones de manutención;
(7) Otras conductas que violen gravemente el orden público y la ética social.
Quien cometa cualquiera de los actos (2), (3), (4) y (5) del párrafo anterior será degradado o destituido.