¿Los profesores reciben un subsidio por pérdida de trabajo por accidentes automovilísticos durante las vacaciones de verano?
Análisis legal:
Si un maestro tiene un accidente de tránsito durante las vacaciones, no hay pérdida de salario por trabajo y no hay pérdida de trabajo, por lo que el pago por trabajo perdido no puede ser calculado. Si la otra parte es totalmente responsable, puede pedirle que lo compense, y la compensación por la pérdida de trabajo se determina en función de los ingresos de la víctima y el tiempo de trabajo perdido, por lo que no hay pérdida de pago por trabajo. Sin embargo, los docentes deben compensar los salarios perdidos si se producen pérdidas reales. Los docentes son una profesión especial, aunque tienen vacaciones, todavía se les paga en base a 12 meses. La compensación por pérdida de trabajo es una compensación por la pérdida o reducción de trabajo e ingresos laborales debido a que la víctima no pudo realizar un trabajo o trabajo normal durante el período desde la lesión hasta la recuperación completa (es decir, tiempo de trabajo perdido).
"Interpretación de la compensación por lesiones personales" Artículo 20 La compensación por pérdida de trabajo se determina en función del tiempo de trabajo perdido y el estado de ingresos de la víctima. El tiempo perdido en el trabajo se determina sobre la base de un certificado de la institución médica donde la víctima recibió tratamiento. Si la víctima continúa faltando al trabajo debido a una lesión o discapacidad, el tiempo perdido en el trabajo se puede calcular hasta el día anterior a la fecha de la discapacidad. Si la víctima tiene ingresos fijos, el salario perdido se calculará sobre la base de la reducción real de ingresos. Si la víctima no tiene ingresos fijos, el cálculo se basará en su ingreso promedio; si la víctima no puede presentar pruebas que acrediten su ingreso promedio, el cálculo podrá basarse en el salario promedio de los empleados de la misma o similar industria en el año anterior; año en que se encuentre el juzgado donde se interpone la demanda.
1. Los docentes gozan de los siguientes derechos:
1. Realizar actividades educativas y docentes, realizar reformas y experimentos educativos y docentes; en investigaciones científicas e intercambios académicos, participar en grupos académicos profesionales y expresar plenamente opiniones en actividades académicas;
3. Guiar el aprendizaje y el desarrollo de los estudiantes, y evaluar la conducta y el desempeño académico de los estudiantes;
4. Obtener puntualmente salario y remuneración, y disfrutar de los beneficios sociales estipulados por el estado y de vacaciones pagadas durante las vacaciones de invierno y verano;
5. trabajo, y el trabajo del departamento de administración educativa, a través del Congreso de Representantes de la Facultad o Participar en la gestión democrática de la escuela de otras maneras;
6.
2. Si un docente incurre en alguna de las siguientes circunstancias, será sancionado administrativamente o despedido por el colegio, otras instituciones educativas o el departamento administrativo de educación:
1
2. Castigar corporalmente a los estudiantes y negarse a cambiar después de la educación. , insultar a los estudiantes y tener una mala influencia.