Cobrar por recomendar acciones e ir a la cárcel.
Base legal: Artículo 171 de la "Ley de Valores" Las instituciones de consultoría de inversiones y sus empleados dedicados al negocio de servicios de valores no podrán realizar los siguientes actos: (1) Realizar inversiones en valores por cuenta de clientes (; 2) Acordar con los clientes compartir ganancias o pérdidas de inversiones en valores. (3) Comprar y vender acciones de empresas cotizadas proporcionadas por esta agencia consultora; (4) Proporcionar o difundir información falsa o engañosa a inversores a través de los medios de comunicación u otros medios; (5) Otras conductas prohibidas por las leyes y reglamentos administrativos; El que cometa cualquiera de los actos enumerados en el párrafo anterior y cause pérdidas a los inversores, será responsable de una indemnización conforme a la ley.