¿Los fondos sindicales y los fondos de educación de los empleados acumulados en la compensación a los empleados pagadera están todos incluidos en los gastos de gestión sin distinguir los objetos de ingresos? ¿O distinguir entre objetos de ingresos?
El libro de texto que utilizamos dice que todos los gastos de gestión están incluidos sin distinguir entre beneficiarios. ¿Por qué me parece mal?
Antes, cuando se devengaban estos dos gastos, se asignaban o incluían según los objetos beneficiarios, es decir, se tomaban en consideración los objetos beneficiarios (gastos de fabricación, gastos administrativos, etc.).
La nueva norma no adopta un método de acumulación previa para estos dos gastos, y se contabilizarán de acuerdo con la situación real en el momento en que se incurran. Al final del año, si estos dos gastos exceden los ratios de provisión previstos en la ley tributaria (2% y 2,5%), se pagará impuesto sobre la renta sobre el exceso. Ésta es la diferencia entre las normas contables y las leyes fiscales. La contabilidad se basa en normas y la tributación se basa en leyes fiscales.
Por lo tanto, luego de la implementación de las nuevas normas, no existe la obligación de registrar o distribuir estos dos gastos según los objetos beneficiarios, y se incluirán directamente en los gastos del período (gastos administrativos) cuando se incurran. .