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¿Hay algún requisito físico especial?

Querido, diferentes trabajos y diferentes entornos tienen diferentes requisitos físicos. Permítanme dar dos ejemplos. Consulte los requisitos específicos según el entorno y el propósito:

Requisitos físicos para algunas especialidades en el Departamento de Medios de la Universidad de Zhejiang:

① Requisitos principales de transmisión y alojamiento y transmisión y alojamiento (presentador del programa en inglés, japonés, francés, alemán y español): No hay enfermedades en los órganos vocales, ni daltonismo ni ceguera nocturna. La altura de los niños generalmente no es inferior a 1,70 metros y la altura de las niñas es; generalmente no menos de 1,60 metros.

②Fotografía (fotografía de televisión), requisitos para la especialización en fotografía: los niños generalmente no miden menos de 1,70 metros de altura, las niñas generalmente no miden menos de 1,60 metros de altura, sin daltonismo, sin debilidad por colores, agudeza visual a simple vista de 4,8 o más, y sin pies planos.

③Requisitos físicos para estudiantes de actuación: la altura de los niños generalmente no es inferior a 1,70 m; la altura de las niñas generalmente no es inferior a 1,60 m.

④Especialidad en diseño de arte (vestuario) diseño y rendimiento) límite Niña, sin daltonismo, debilidad por los colores, rasgos faciales regulares, 1,70 metros de altura.

¿Qué requisitos o estándares especiales tienen las academias militares para la aptitud física?

Déjame contarte los detalles: Artículo 1: La longitud y el peso no serán inferiores a los siguientes estándares: (1) Masculino: tripulación de tierra, tripulación de submarino, tripulación de superficie (incluidos los infantes de marina, los siguientes son los mismo), personal aerotransportado, personal de tanques, longitud 162 cm (personal de tanques que no exceda los 175 cm), peso 50 kg. Buceador, longitud corporal 168 cm (no superior a 185 cm), peso 54 kg. La longitud y el peso del personal de tierra de minorías étnicas en zonas remotas se pueden reducir a 158 cm y 48 kg. (2) Mujer: longitud corporal 158 cm, peso 45 kg. (3) Aquellos que estén demasiado gordos o demasiado delgados serán descalificados. Artículo 2: Son incalificados los defectos del cráneo, las fracturas, las depresiones, los cuerpos extraños intracraneales causados ​​por traumatismos, las secuelas de traumatismos craneoencefálicos, las malformaciones craneoencefálicas y los antecedentes de cirugía craneoencefálica. Artículo 3: No se califican la rigidez de nuca, la tortícolis que no puede corregirse por uno mismo, el bocio simple de tercer grado y la linfadenitis tuberculosa. Artículo 4 Se descalifican las enfermedades o lesiones de los huesos, articulaciones, bolsas, vainas tendinosas y sus secuelas, las deformidades óseas y articulares, las luxaciones habituales, las enfermedades crónicas de la columna y los dolores crónicos de espalda y piernas. Califican las siguientes condiciones: (1) Deformidad torácica leve (excepto para buceadores); escoliosis leve y joroba que uno mismo puede corregir. (2) Fractura simple, curación de un año, buena reducción, sin deterioro funcional ni secuelas. (3) La enfermedad de Kashin-Beck solo se refiere a las articulaciones gruesas (de los pies), al personal de tierra asintomático, no funcional y calificado. Artículo 5 Si la longitud de las extremidades inferiores es diferente en más de 2 cm, la distancia desde el cóndilo medial del fémur en genu varo hasta el maléolo medial de la tibia en genu valgo excede los 7 cm (más de 4 cm para los soldados aerotransportados) , o la marcha es anormal dentro del rango mencionado anteriormente, el atleta será descalificado. Artículo 6: Los pies planos que afectan la función de los dedos de las manos (pies) son incompletos o deformados, los arcos plantares desaparecen por completo y no se califican los callos, durezas o pies agrietados severamente que afectan la caminata de largas distancias. Artículo 7 Se descalifican los tumores malignos, los tumores benignos, los quistes, las cicatrices y las cicatrices que afecten la cara o las funciones. Artículo 8: Se descalifican las vasculitis, aneurisma, varices graves de miembros inferiores y varicocele. Artículo 9: Quienes tengan antecedentes de cirugía torácica y abdominal, hernia, prolapso, laxitud anal, fisuras anales crónicas, hemorroides anulares, hemorroides mixtas (más de 0,5 cm de diámetro o más de dos lugares), hemorroides internas y hemorroides externas que sean a menudo inflamados y sangrantes no están calificados. La cirugía de apendicitis tiene una duración de más de medio año, la cirugía de hernia inguinal y femoral tiene una duración de más de un año sin secuelas y todo tipo de personal está cualificado. Artículo 10: Inflamaciones, tuberculosis, cálculos y otras enfermedades o lesiones del aparato genitourinario y sus secuelas, malformaciones o subdesarrollo de los órganos reproductores que afecten su función, testículos indeseables, etc. Se califican las siguientes condiciones: (1) Hidrocele espermático leve no comunicante, sin síntomas subjetivos (no más que el testículo del lado no afectado), hidrocele testicular (incluidos los testículos no más del doble del testículo del lado no afectado). (2) Hidrocele comunicante, sin recurrencia ni secuelas durante más de un año después de la curación quirúrgica. (3) Sin dolor ni síntomas subjetivos de cordón espermático y nódulos epididimarios (no más de dos, menos de 0,5 cm de diámetro). Artículo 11 Mal olor de las axilas, tiña de la cabeza, tiña sistémica, sarna, eccema crónico, sarampión crónico, neurodermatitis, vitíligo, psoriasis, contacto estrecho (convivencia) con leprosos infecciosos y otras enfermedades infecciosas o incurables Enfermedades de la piel, nevos vasculares y nevos pigmentados que afecten La cara está descalificada. Las siguientes condiciones califican: (1) Olor leve en las axilas (excepto para submarinos, personal de buques de superficie, buzos y tripulaciones de tanques). (2) Neurodermatitis localizada (menos de 3 cm de diámetro), vitíligo aislado y disperso (áreas no expuestas en ropa de verano), tiña versicolor, tiña crural, tiña leve del manuum y pedis, tiña de los dedos de manos y pies y sabañones. Artículo 12: No están calificadas las personas con gonorrea, sífilis, chancroide, linfogranuloma venéreo, uretritis no gonocócica, verrugas genitales y portadores de VIH. Medicina Interna: Artículo 13 Si la presión arterial excede el siguiente rango, el paciente queda descalificado. Presión arterial sistólica: 12,00-18,66 kPa (96-140 mmHg); presión arterial diastólica: 8,0-11,46 kPa (60-86 mmHg). Artículo 14: Enfermedades orgánicas del corazón y de los vasos sanguíneos, inhabilitación. Las siguientes condiciones están calificadas: (1) La auscultación en decúbito supino y la auscultación repetida de soplos sistólicos después de cambiar la posición del cuerpo están efectivamente calificadas fisiológicamente. (2) Hay latidos prematuros ocasionales, no más de tres veces por minuto, y no hay enfermedad cardíaca. (3) La frecuencia cardíaca está entre 56 y 110 latidos por minuto. Los buzos, las tropas aerotransportadas y los nuevos reclutas que han sido reclutados en las zonas de la meseta están estrictamente controlados. Artículo 15: No se califican la bronquitis crónica, el asma bronquial, la tuberculosis, la pleuresía tuberculosa y otras enfermedades respiratorias crónicas.

Se califican las siguientes condiciones: (1) Puntos de calcificación aislados, menos de 3, no más de 0,5 cm de diámetro, alta densidad, bordes claros y sin infiltración circundante. (2) La mejora de la textura pulmonar no excede la zona media, es pequeña en número, delgada, distribuida uniformemente y sin distorsión. Artículo 16. Son incalificadas las enfermedades del estómago, duodeno, hígado, vesícula biliar, bazo y páncreas, la disentería bacilar, la enteritis crónica, el prolapso visceral y las masas abdominales. Se califican las siguientes condiciones: (1) Posición supina, respiración tranquila, palpación del hígado debajo del margen costal de la línea de la clavícula derecha no supera los 65438 ± 0,5 cm (no supera los 3 cm debajo de la apófisis xifoides), blando, con bordes finos y lisos, sin dolor ni percusión, el límite superior del hígado está dentro del rango normal, no hay anemia y el estado nutricional es bueno (2) Sufrí hepatitis viral A hace cinco años y; recuperado. (3) Pasada esplenomegalia por malaria, esquistosomiasis, kala-azar, etc., el margen costal izquierdo no supera los 65438 ± 0 cm, asintomático, sin anemia y buen estado nutricional. (4) Se tocan el hígado y el bazo al mismo tiempo, lo que cumple con los puntos (1) y (3) anteriores, y los miembros de la tripulación de tierra y las tropas aerotransportadas están calificados. Artículo 17: Para las pruebas de función hepática y antígeno de superficie de la hepatitis B, se considerarán no calificados quienes cumplan con alguna de las siguientes condiciones. (1) La alanina aminotransferasa es superior a 180 unidades según el método Guinness modificado o superior a 40 unidades según el método Wright. (2) La alanina aminotransferasa es superior a 130 unidades según el método Guinness modificado o superior a 25 unidades según el método de Wright, acompañada de más de 6 unidades en la prueba de turbidez de timol o más de 12 unidades en la prueba de turbidez de sulfato de zinc. (3) El título de HBsAg detectado mediante el método de hemaglutinación pasiva inversa es superior a 1:16. Artículo 18: Se descalifican las enfermedades del sistema urinario, sanguíneo, endocrino, metabólico y del tejido conectivo. Artículo 19 La anquilostoma (con anemia), la malaria crónica, la esquistosomiasis, el kala-azar, la disentería amebiana y la filariasis no están calificadas. La filariasis se ha curado durante más de medio año. se han curado de leptospirosis desde hace más de dos años sin secuelas, se encuentran en buen estado general y pueden realizar trabajos físicos pesados. Artículo 20 Quienes tengan antecedentes de epilepsia, psicosis, sonambulismo, mareos, neurosis, retraso mental, enuresis, etc., reúnan las siguientes condiciones: (1) Trastorno mental de corta duración causado por intoxicación alimentaria o farmacológica, sin secuelas tras su curación. . (2) No ha ocurrido enuresis desde los trece años. Artículo 21 Se descalifican las enfermedades del sistema nervioso central y del sistema nervioso periférico y sus secuelas. Artículo 22: La tartamudez es incondicional. Se califica la tartamudez leve (dos palabras repetidas dos veces en una oración), excepto en el caso del personal de submarinos, buzos y tripulaciones de tanques. Otorrinolaringología: Veintitrés perdieron el olfato, fracasaron. Están cualificados todo tipo de personal con un olfato deficiente (excepto los soldados de defensa química). Artículo 24 Al escuchar, si el susurro a cada lado es inferior a 5 metros, no está calificado. Susurre 5 metros de un lado y no menos de 3 metros del otro lado, y el personal de tierra estará calificado. Artículo 25: Mareos, cinetosis severa, mareos, descalificación. Mareos leves, mareos, personal de tierra cualificado. Artículo 26: Se descalifican la deformidad de la aurícula, la atresia del conducto auditivo externo, la inflamación recurrente de la fístula preauricular, el eccema auricular del conducto auditivo externo y la otomicosis. Otomicosis leve, personal de tierra calificado. Artículo 27: Las dificultades con enfermedades complicadas como perforación de la membrana timpánica, otitis media supurativa y mastoiditis no están calificadas. Están calificados la invaginación de la membrana timpánica, las adherencias de la membrana timpánica, la atrofia, las cicatrices, los depósitos de cal, el personal de servicio terrestre, el personal de buques de superficie y las tripulaciones de tanques. La membrana timpánica está ligeramente invertida, la cicatriz o calcaridad de la membrana timpánica no excede un tercio de la membrana timpánica, la función de presión del oído y la actividad de la membrana timpánica son buenas, y el personal submarino y las tropas aerotransportadas están calificados. Artículo 28: Se descalifican la deformidad nasal, la sinusitis crónica, la rinitis hipertrófica severa, la rinitis atrófica, los pólipos nasales, los cambios polipoides del cornete medio y otras enfermedades nasales crónicas que afecten la función nasal. Los cornetes estaban agrandados, lo que no afectaba el drenaje de los senos paranasales. Había una pequeña cantidad de secreciones mucosas-purulentas en el meato medio y rinitis atrófica leve. El personal de tierra, las tropas aerotransportadas y los tripulantes de tanques están calificados. Artículo 29: No calificará la amigdalitis crónica, que afecte las funciones de deglución y pronunciación y sea de difícil curación. Oftalmología: Artículo 30: Se descalifican aquellos cuya agudeza visual sea inferior a los siguientes estándares: (1) Personal de servicio terrestre: la agudeza visual sin corregir del ojo derecho es de 4,9 y la agudeza visual sin corregir del ojo izquierdo es de 4,8. (2) Los submarinos, el personal de los buques de superficie, los buzos, las tropas aerotransportadas y las tripulaciones de tanques ven 5.0 a simple vista. La agudeza visual de los graduados de secundaria, preparatoria vocacional y secundaria técnica se puede relajar a 4.9. Artículo 31: Visión anormal de los colores y descalificación. Se consideran calificados aquellos que puedan identificar el rojo, el verde, el amarillo, el azul y el morado. Artículo 32: Se descalifican los párpados, márgenes palpebrales, conjuntiva, aparato lagrimal y demás enfermedades que afecten la función ocular. El pseudopterigio, que no penetra más de 2 mm en la córnea, califica como miembro del personal de tierra. Artículo 33: Se descalifican la protosis del ojo, el nistagmo y las enfermedades de los músculos oculares. * * *La esotropía y exotropía entre personas del mismo sexo están dentro de los 15 grados y el personal de tierra está calificado. Artículo 34: Son descalificantes las enfermedades de la córnea, esclerótica, iris y cuerpo ciliar, la deformación de la pupila y los trastornos del movimiento. Todo tipo de personal está cualificado para las nubes corneales que no afectan la visión. Artículo 35: Enfermedades del cristalino, cuerpo vítreo, coroides y nervio óptico, glaucoma, sin calificar. Una pequeña cantidad de opacidades congénitas se encuentran dispersas en la lente y todo tipo de personal está calificado. Medicina bucal: 36. Dos o más caries de tercer grado y dientes faltantes están yuxtapuestos, y tres o más no están juntos, no se califican la enfermedad de las articulaciones de la mandíbula, la enfermedad periodontal grave y las enfermedades bucales que afectan la función masticatoria. Artículo 37: Defectos de incisivos, caninos y premolares, sobremordida superior a 0,5 cm, mordida abierta superior a 0,3 cm, sobremordida profunda superior a dos tercios, maloclusión, dentición desigual, enfermedad periodontal leve, personal submarino, el buzo no está calificado. Se cumplen las siguientes condiciones: (1) La distancia interoclusal entre los dientes superiores e inferiores es inferior a 0,3 cm. (2) Las dentaduras postizas fijas a las que les faltan dientes frontales funcionan bien después de la restauración. (3) Los incisivos individuales tienen dentición irregular o superpuesta. (4) Los incisivos laterales superiores no se ven afectados por la oclusión.

Artículo 38: Se descalifican las paperas crónicas y los quistes parotídeos. Ginecología: Artículo 39: Son incalificados el desarrollo anormal de los genitales externos, el sangrado uterino funcional, la tuberculosis de los órganos reproductivos, las masas y la enfermedad inflamatoria pélvica crónica. La cuadragésima etapa del embarazo no está calificada.

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