Las consecuencias de garantizar un préstamo a un familiar
Base jurídica: “Código Civil de la República Popular China”
Artículo 686 La forma de garantía incluye garantía general y garantía de responsabilidad solidaria. Si las partes no se ponen de acuerdo sobre el método de garantía en el contrato de garantía o el acuerdo no es claro, asumirán la responsabilidad de la garantía de acuerdo con la garantía general.
Artículo 687: Se entiende por garantía general aquella en la que las partes convienen en el contrato de garantía que el fiador asumirá la responsabilidad de la garantía si el deudor incumple la deuda. El garante de una garantía general tiene derecho a negarse a asumir la responsabilidad de la garantía frente al acreedor antes de que la disputa contractual principal haya sido juzgada o arbitrada y los bienes del deudor hayan sido ejecutados conforme a la ley, excepto en una de las siguientes circunstancias:
(1) Se desconoce el paradero del deudor y no hay bienes disponibles para la ejecución;
(2) El Tribunal Popular ha aceptado el caso de quiebra del deudor;
(3) El acreedor tiene pruebas que demuestran que los bienes del deudor son insuficientes para realizar la prestación. Todas las deudas o las deudas no se pueden cumplir;
(4) El garante renuncia por escrito a los derechos estipulados en esta cláusula.
Artículo 688 Si las partes convienen en el contrato de garantía que el fiador y el deudor responderán solidariamente de la deuda, se trata de garantía de responsabilidad solidaria. Cuando el deudor bajo garantía solidaria no cumple con la deuda vencida o ocurre una situación estipulada por las partes, el acreedor puede exigir al deudor que cumpla con la deuda o exigir al garante que asuma el pasivo de la garantía dentro del alcance de su garantía.
Artículo 689: El fiador podrá exigir al deudor una contragarantía.
Artículo 690: El fiador y el acreedor podrán negociar y celebrar un contrato de garantía máxima, acordándose prestar garantía para los créditos que se presenten de manera continua dentro de un período determinado dentro del alcance del monto máximo de los créditos. Además de lo dispuesto en este capítulo, el monto máximo de garantía se sujetará a las disposiciones pertinentes sobre monto máximo de hipoteca de la Parte II de esta Ley.