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¿Pueden los salarios y la seguridad social probar las relaciones laborales?

Análisis jurídico: Para distribuir razonablemente la carga de la prueba, la Ley de Contrato de Trabajo implementada este año estipula: "En caso de conflicto laboral, las partes interesadas son responsables de aportar pruebas de sus pretensiones. Si las pruebas se relacionan con el litigio la cuestión es gestionada por el empleador, el empleador deberá proporcionarla; si el empleador no la proporciona, tendrá consecuencias adversas. Al mismo tiempo, el párrafo 2 del artículo 39 de la Ley también estipula: "Si el empleado no puede proporcionarla". evidencia relacionada con la solicitud de arbitraje que es controlada y gestionada por el empleador, el tribunal arbitral podrá exigirla. El empleador deberá proporcionarla dentro del período especificado. Si el empleador no la proporciona dentro del período especificado, tendrá consecuencias adversas. ”

El certificado de seguridad social lo posee la empresa y debe ser proporcionado por la empresa. Independientemente de que la empresa pueda aportar pruebas, se debe considerar que usted tiene una relación laboral con la empresa.

Base legal: El artículo 2 del “Aviso sobre Asuntos Relativos al Establecimiento de Relaciones Laborales” estipula que si el empleador no ha firmado un contrato de trabajo con el empleado, podrá referirse a los siguientes documentos al determinar que existe una relación laboral entre ambas partes:

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(1) Comprobantes o registros de pago (nómina), estado de pago de diversas primas de seguros sociales;

(2) "Trabajo Certificado" y "Certificado de servicio" emitidos por el empleador al empleado 》 y otros documentos que puedan probar la identidad;

(3) Registros de empleo como "Formulario de registro" y "Formulario de solicitud" completados por los empleados ;

(4) Registros de asistencia;

(5) Testimonios de otros trabajadores, etc.

Entre ellos, los documentos pertinentes de los puntos (1), (3) y (4) son responsabilidad del contratista.

El "Reglamento sobre la administración de la declaración y el pago de las primas del seguro social" exige que los empleadores registren el seguro social para sus empleados y declaren y paguen las primas del seguro social dentro de los 30 días siguientes a la fecha de empleo. Si no se realiza el registro en el seguro social, la agencia del seguro social determinará las primas del seguro social a pagar.

Las primas del seguro social se refieren a las primas del seguro de pensión básico, las primas del seguro médico básico, las primas del seguro de accidentes laborales, las primas del seguro de desempleo y las primas del seguro de maternidad pagadas por el empleador y sus empleados de conformidad con la ley.

El empleador informará mensualmente a sus empleados sobre los detalles del pago de las primas del seguro social y notificará al congreso de empleados de la unidad cada año o publicará el pago anual de las primas del seguro social en un lugar visible en la residencia de la unidad. Supervisión de los empleados. Los detalles de pago y los cambios informados por el empleador en nombre del empleado deben ser firmados por el propio empleado y conservados por el empleador para referencia futura.

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