Red de conocimiento de divisas - Conocimiento de divisas - Aviso del Ministerio de Comercio Exterior y Cooperación Económica sobre la emisión de las “Medidas para la Administración de las Licitaciones Internacionales de Productos Mecánicos y Electrónicos”

Aviso del Ministerio de Comercio Exterior y Cooperación Económica sobre la emisión de las “Medidas para la Administración de las Licitaciones Internacionales de Productos Mecánicos y Electrónicos”

Capítulo 1 Disposiciones Generales Artículo 1 Con el fin de regular las licitaciones internacionales de productos mecánicos y eléctricos y establecer un mecanismo de competencia de licitaciones internacionales abierto y justo y criterios de evaluación justa, de conformidad con las "Medidas Provisionales para la Administración de "Importación de productos mecánicos y electrónicos" aprobada y emitida por el Consejo de Estado" y el "Aviso del Consejo de Estado sobre el fortalecimiento de la gestión de equipos mecánicos y eléctricos importados mediante proyectos de préstamos extranjeros" formularon especialmente estas medidas. Artículo 2 El término “licitación internacional”, tal como se menciona en estas Medidas, se refiere a licitación pública internacional abierta. Artículo 3 Comercio Exterior y Cooperación Económica (en adelante, el Ministerio de Comercio Exterior y Cooperación Económica) es responsable de coordinar, gestionar y supervisar las licitaciones internacionales de productos electromecánicos a nivel nacional, formular las bases y medidas de gestión de las licitaciones internacionales y organizar su implementación, aprobar las calificaciones de las agencias licitadoras de productos electromecánicos y la asunción de responsabilidades nacionales. El trabajo diario del comité de evaluación de ofertas. Artículo 4 Las agencias de gestión de importaciones y exportaciones de productos mecánicos y eléctricos de cada región y departamento (en adelante, agencias de importación y exportación) serán, de conformidad con estas Medidas, responsables de la supervisión, coordinación y gestión de las licitaciones internacionales. proceso de licitación internacional de productos mecánicos y eléctricos en sus respectivas regiones y departamentos, y serán responsables de la evaluación del proceso de licitación internacional de productos mecánicos y eléctricos en sus respectivas regiones y departamentos del trabajo diario del comité de licitación. Artículo 5 La agencia de licitación internacional de productos mecánicos y eléctricos (en adelante, la agencia de licitación) es responsable del negocio de licitación internacional de productos mecánicos y eléctricos. Artículo 6 El término “comprador” mencionado en estas Medidas se refiere a agencias estatales, empresas, instituciones u otras organizaciones sociales que compran productos mecánicos y eléctricos a través de licitaciones internacionales.

El término “agencia licitadora” tal como se menciona en estas Medidas se refiere a una persona jurídica u organización intermediaria social que ha obtenido calificaciones para licitación y se dedica al negocio de licitación internacional de productos mecánicos y eléctricos de conformidad con el " Medidas para la Calificación de Agencias de Licitación Internacional de Productos Mecánicos y Eléctricos" (se publicará por separado).

El término “oferente”, tal como se menciona en estas Medidas, se refiere a la persona jurídica que participa en el concurso de licitación de conformidad con los documentos de licitación. Capítulo 2 Alcance de la Licitación Artículo 7 Productos mecánicos y eléctricos sujetos a licitación internacional obligatoria:

(1) Productos mecánicos y eléctricos adquiridos mediante licitación internacional según lo estipulado por el Estado. El catálogo específico es formulado, ajustado y anunciado por el Ministerio de Comercio Exterior y Cooperación Económica;

(2) Utilice el Banco Mundial, el Banco Asiático de Desarrollo, el Fondo de Cooperación Económica de Ultramar de Japón (OECF) y el Export -Import Bank of Japan (en lo sucesivo, préstamos extranjeros) productos mecánicos y eléctricos adquiridos;

(3) productos mecánicos y eléctricos que deben comprarse mediante licitación internacional en el marco de adquisiciones gubernamentales;

(4) Productos mecánicos y eléctricos que deben comprarse mediante licitación internacional por parte de otras instituciones crediticias. Artículo 8 Productos mecánicos y eléctricos sujetos voluntariamente a licitación internacional:

(1) Para productos mecánicos y eléctricos importados gestionados por el Estado (como cuotas, productos específicos, etc.), si se compran a través de mercados internacionales. licitación, el comprador deberá pasar por el proceso correspondiente luego de que la agencia exportadora informe al Ministerio de Comercio Exterior y Cooperación Económica para su aprobación (ver anexo 1 para la carta de solicitud), deberá tramitar la encomienda de licitación a la agencia licitadora

(2) Importación de productos mecánicos y eléctricos sujetos a registro automático;

(3) ) Las empresas con inversión extranjera importan productos mecánicos y eléctricos para su propio uso. Artículo 9 Excepto para proyectos de préstamos extranjeros, no se podrán invitar a licitar si se da una de las siguientes circunstancias:

(1) Utilizar préstamos de gobiernos extranjeros o créditos de exportación

(2) No; se requiere pago de divisas;

(3) Piezas para apoyar la producción;

(4) Productos mecánicos y eléctricos usados;

(5) Uno-. el monto de la importación es inferior a 100.000 dólares estadounidenses;

(6) Otros productos mecánicos y eléctricos que no son aptos para su adquisición mediante licitación internacional. Capítulo 3 Documentos de Licitación Artículo 10 El comprador deberá preparar los documentos de licitación con la agencia licitadora o la agencia de servicios de consultoría encargada de acuerdo con las necesidades de contratación. Incluye principalmente los siguientes contenidos:

(1) Invitación a licitar

(2) Instrucciones para los postores

(3) Nombre, cantidad y tecnología de; las Especificaciones de los productos de la oferta;

(4) Términos del contrato;

(5) Formato del contrato;

(6) Anexos:

(1) Oferta;

(2) Lista de apertura de ofertas;

(3) Lista de cotizaciones de ofertas;

(4) Lista de descripción de productos;

(5) Tabla de desviación de especificaciones;

(6) Formato de garantía de oferta;

(7) Formato de garantía de pago anticipado;

(8) Formato carta de autorización de persona jurídica;

(9) Formato de carta de autorización del fabricante.

Capítulo 4 Procedimientos de licitación Artículo 11 El comprador debe firmar un acuerdo de encomienda de licitación con una agencia licitadora calificada para licitar sobre productos mecánicos y eléctricos y proporcionar un depósito de licitación (excepto para proyectos que utilicen préstamos extranjeros). Si el monto de la licitación confiada es de US$ 2 millones o menos, el depósito será del 2% del monto de la licitación confiado, si el monto de la licitación confiado es superior a US$ 2 millones, el depósito que exceda de US$ 2 millones no excederá el 1% del monto de la licitación confiado; monto de la oferta. Artículo 12: Preparación de los documentos de licitación. Los documentos de licitación deben incluir partes técnicas y comerciales (incluidos los requisitos de desempeño para los fabricantes y las bases para la evaluación de la oferta), y las cláusulas importantes deben marcarse con un "*". Si una de ellas no se cumple, la oferta será cancelada. Artículo 13 La base para la evaluación de la oferta incluirá, además de los términos de la oferta comercial desechada, también: los principales parámetros y el rango de desviación de la oferta técnica desechada, el rango de desviación permitido de la evaluación del precio y el método de cálculo de su descuento; . Artículo 14 El comprador deberá presentar los documentos de licitación, la lista de compra de equipos y los documentos de aprobación del proyecto pertinentes a la agencia de importación y exportación correspondiente para la revisión de los documentos de licitación de acuerdo con las "Medidas Provisionales para la Administración de la Importación de Productos Mecánicos y Electrónicos". ". La agencia de importación y exportación debe notificar al comprador y a las unidades relevantes dentro de los veinte días hábiles (para equipos pequeños individuales dentro de los diez días hábiles) de la respuesta a la revisión del documento de oferta (consulte el Formato 1). Si no puede responder dentro del tiempo especificado debido a motivos especiales, debe explicar de inmediato los motivos y el tiempo necesario para extenderlo al comprador. Artículo 15 Ningún documento de licitación aprobado podrá ser modificado sin el consentimiento del organismo de importación y exportación correspondiente.

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