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¿Taobao utilizará fotografías de celebridades para provocar infracciones?

En un sentido jurídico, constituye una infracción. Pero para ser honesto, muchas tiendas pequeñas en la calle ahora tienen carteles de celebridades y la gente es demasiado vaga para prestarte atención. Si demanda, no recibirá compensación por unos pocos dólares.

La respuesta oficial es la siguiente:

Este comportamiento de su tienda constituye claramente una infracción.

El artículo 100 de los "Principios generales del derecho civil de la República Popular China" estipula que los ciudadanos disfrutan del derecho de retrato y no pueden utilizar su retrato con fines lucrativos sin su consentimiento.

El artículo 120 de los "Principios generales del derecho civil de la República Popular China" estipula: Si se infringe el derecho de un ciudadano al nombre, retrato, reputación u honor, él o ella tiene derecho a exigir que se detenga la infracción, que se restablezca la reputación y que se elimine el impacto, se disculpe y pueda solicitar una compensación por las pérdidas.

Primero, qué es el "derecho de imagen".

"Retrato" tiene diferentes interpretaciones desde diferentes ángulos. El retrato (o fotografía) en el sentido artístico se refiere a un trabajo de modelado ornamental que reproduce el carácter del propietario del retrato en un soporte material a través de medios artísticos como la pintura y la fotografía.

Los derechos de retrato en el sentido legal incluyen los intereses personales que disfrutan los titulares de derechos de retrato en función de sus retratos. Generalmente tiene las siguientes características jurídicas:

1. Un retrato es una expresión artística de la apariencia de una persona física.

Normalmente, cuando juzgamos si la imagen externa de un personaje constituye un retrato, tenemos que considerar su forma y posición.

En primer lugar, los personajes deben tener características de retrato. Primero, su forma de expresión es reflejar la imagen de un ciudadano específico a través de la fotografía; segundo, el retrato también debe reflejar las características principales del ciudadano específico, como la postura, apariencia, expresión, etc.; tercero, el retrato debe ser; Real, controvertido y famoso de un vistazo sabrás de quién es el retrato.

En segundo lugar, debe ser un retrato concreto de un ciudadano. En la imagen, el retrato ciudadano debe ocupar una posición destacada y principal en toda la imagen y ser representado como un objeto específico y no como un contraste, el propósito no es lograr el propósito mediante el uso de retratos;

2. Los retratos tienen los atributos de los objetos.

El retrato es una representación artística, que debe fijarse sobre un soporte material específico (como papel fotográfico, pantalla de televisión, diarios y revistas, etc.) de forma específica e independiente. Es una imagen visual objetiva derivada del titular del derecho del retrato e independiente de él. Puede ser dominada, controlada y eliminada por otros, y tiene ciertos intereses de propiedad.

3. Los retratos son objeto de derechos de retrato y expresan los intereses únicos de la personalidad de las personas físicas.

Los llamados “intereses patrimoniales” no provienen de las características físicas de la propia persona física, sino de los intereses de personalidad generados por el retrato, reflejando diferentes necesidades de intereses de la personalidad. La protección jurídica de los derechos de retrato de las personas físicas es en realidad la necesidad de proteger los intereses personales.

El denominado “derecho de retrato” es un derecho de personalidad exclusivo de las personas físicas. El significado jurídico es: el derecho exclusivo e inviolable de una persona física a reproducir su imagen (retrato) sobre un soporte material objetivo mediante artes plásticas u otras formas.

Los intereses personales de los ciudadanos reflejados en sus propios retratos son objeto de protección del derecho de retrato según las leyes de nuestro país. Incluye intereses espirituales e intereses de propiedad basados ​​en los intereses de la personalidad plasmados en el retrato.

Sus características son:

1. El sujeto del derecho de retrato sólo puede ser una persona física. Sólo las personas físicas tienen derechos de retrato y retrato. Las personas jurídicas u otras organizaciones sociales no tienen derechos de retrato porque no existe un "retrato" objetivo que pueda reflejar de forma independiente su apariencia. (La "imagen corporativa" de una persona jurídica no se refiere al retrato de una persona, sino a la operación, escala, gestión, eficiencia, reputación, calidad del producto y otras condiciones integrales y evaluación social de la persona jurídica).

2. Derechos de retrato También existe un tipo de derecho de propiedad, que se deriva del interés de personalidad del titular del derecho de retrato. Permite al propietario del derecho del retrato transferirlo hasta cierto punto, permitiendo que otros hagan y utilicen su retrato y obtengan de él el debido valor de uso.

3. El derecho de retrato es también un derecho de personalidad marcado, que es de base. La función básica es identificar la personalidad por su apariencia e imagen, identificando así a cada persona física concreta. (El derecho al nombre es identificar la personalidad a través de símbolos de texto).

Contenido de los derechos de retrato:

1. Derecho exclusivo a realizar retratos

En lo que a fotografía se refiere, es fijar la apariencia de una persona física. en película, Todo el proceso de convertir la imagen de una persona física en un retrato en papel fotográfico u otro soporte material.

El derecho exclusivo a realizar retratos incluye: en primer lugar, el propietario del retrato puede decidir hacer su propio retrato o dejar que otros hagan su propio retrato según sus propias necesidades o las de los demás o de la sociedad, y nadie puede interferir; en segundo lugar, el propietario de los derechos de retrato tiene derecho a prohibir que otros hagan su retrato sin su consentimiento o autorización. La producción ilegal de retratos de otras personas constituye una infracción.

Cuando entendemos "derecho de retrato", a menudo pensamos que mientras el retrato del propietario del retrato no se haga público, no constituye una infracción. Estrictamente hablando, debe entenderse que la infracción del derecho exclusivo a crear un retrato depende de si el productor ha obtenido el permiso del propietario del retrato en el momento de la producción. Si se produce sin permiso, incluso si es con fines de posesión, no infringirá los intereses directos del propietario del retrato y constituirá una infracción del derecho exclusivo de producir el retrato. En lo que respecta a los fotógrafos, siempre que apunte la cámara a una persona física para realizar un retrato, si el propietario del retrato no está de acuerdo y obliga a tomar la foto, es una infracción.

2. Derecho exclusivo a utilizar los derechos del retrato

Una vez que el retrato se fija en algún soporte material, es independiente del mundo y puede ser controlado y utilizado por otros. Aunque el valor de uso de un retrato tiene importancia universal, sólo el propietario del retrato puede disfrutar de sus derechos exclusivos. Sus contenidos básicos son:

Primero, las personas físicas tienen derecho a usar su propia imagen de cualquier manera y a obtener satisfacción espiritual y beneficios patrimoniales mediante el uso, y otros no pueden interferir (pero no deben violar la ley y el orden público y las buenas costumbres). En segundo lugar, las personas físicas tienen derecho a permitir que otros utilicen su imagen y decidir recibir una compensación por ello (esto requiere una negociación igualitaria con el usuario y la firma de un contrato de uso de la imagen). En tercer lugar, las personas físicas tienen derecho a prohibir a otros utilizar ilegalmente sus imágenes.

3. El derecho a salvaguardar los intereses del retrato

Los intereses del retrato son intereses personales exclusivos de los ciudadanos, y nadie más puede interferir o infringirlos. El contenido es el siguiente: primero, los ciudadanos tienen derecho a prohibir a otros hacer sus propios retratos sin su permiso; segundo, los ciudadanos tienen derecho a prohibir a otros utilizar sus retratos sin permiso; tercero, los ciudadanos tienen derecho a prohibir a otros utilizar sus retratos; dañar, profanar, vilipendiar o distorsionar su retrato.

El principio general es: los ciudadanos tienen derecho a copiar su propia imagen: el derecho a estar de acuerdo o en desacuerdo con la copia de su propia imagen en medios y espacios materiales objetivos; los ciudadanos tienen derecho a utilizar la suya propia; semejanzas y el derecho de permitir que otros las usen tiene el derecho de prohibir que otros usen su semejanza.

Responsabilidad civil por infracción del derecho de retrato

Existen ciertos principios para determinar si se han infringido los derechos de retrato. De acuerdo con los "Principios generales del derecho civil" de mi país, siempre que se cumplan estos tres requisitos, se puede determinar la responsabilidad civil por infracción del derecho de retrato: primero, la ocurrencia del daño. Roubaix

Responsabilidad civil por infracción del derecho de retrato

Existen ciertos principios para determinar si se ha infringido el derecho de retrato. De acuerdo con los "Principios generales del derecho civil" de mi país, siempre que se cumplan estos tres requisitos, se puede determinar la responsabilidad civil por infracción del derecho de retrato: primero, la ocurrencia del daño. Por ejemplo, después de que se infringen los derechos de retrato de la víctima, la reputación, el estatus y la identidad de la víctima se verán afectados, lo que causará dolor mental. Esto se refleja principalmente en la posibilidad reducida del titular de los derechos de retrato de obtener beneficios patrimoniales de su retrato, incluidos los directos. pérdidas y pérdidas indirectas, incluyendo daños mentales y daños materiales. 2. El infractor tiene culpa subjetiva (incluidas intencionalidad y negligencia). Es decir, si existen conductas prohibidas por leyes y reglamentos en las actividades fotográficas y la infracción ilegal del derecho de retrato de otras personas, se puede considerar como una falta. 3. Existe una relación de causalidad entre el hecho del daño y la infracción. Esta relación causal debe ser una conexión intrínseca, esencial e inevitable entre el comportamiento del fotógrafo y los resultados del daño.

En sentido estricto, en la actividad fotográfica, siempre que se dé alguna de las siguientes circunstancias, se puede considerar una infracción del derecho de retrato de otros.

1. Uso de los derechos de retrato sin el consentimiento del titular de los derechos de retrato sin ningún tipo de obstrucción y motivos ilegales.

El acto de utilizar un retrato sin el consentimiento del propietario del retrato también se denomina "uso indebido del retrato de otra persona". Las disposiciones legales sobre derechos de retrato en el derecho civil de mi país apuntan básicamente al "uso inadecuado" de los derechos de retrato. Dicho uso indebido se puede dividir en uso ilegal con "fines lucrativos" y "fines no lucrativos". No podemos pensar que mientras no sea con ánimo de lucro, o con el consentimiento del propietario del retrato, podamos utilizar el retrato de un ciudadano a nuestro antojo sin obtener beneficios. Esta comprensión es unilateral. El artículo 100 de los Principios Generales del Derecho Civil de mi país estipula: “Los ciudadanos disfrutan del derecho a retratar y no pueden utilizar su retrato con fines lucrativos sin su consentimiento.

El artículo 139 de las "Opiniones del Tribunal Popular Supremo sobre varias cuestiones relativas a la ejecución (juicio)" limita este tipo de infracción a "el uso de retratos de ciudadanos para crear anuncios, marcas registradas, decoraciones de ventanas, etc. con fines de lucro". " ". El artículo 120 estipula: "Los ciudadanos cuyos derechos a su nombre, retrato o reputación hayan sido lesionados tienen derecho a exigir que se ponga fin a la infracción, se restablezca su reputación, se elimine el impacto, se presenten disculpas y se indemnice las pérdidas. ”

En el uso sin fines de lucro de retratos ajenos sin el consentimiento de la persona, sólo es legal el comportamiento que tiene el motivo de impedir la infracción. Por ejemplo, según informes de prensa, la seguridad pública. Los órganos emitieron instrucciones para arrestar a sospechosos de delitos. "Orden de búsqueda", etc.

El derecho al retrato, como el derecho al nombre, es un derecho exclusivo. La posesión, el uso y la disposición de un retrato personal sólo pueden ser. pertenecen al propio ciudadano sin su consentimiento, no se puede disfrutar de nadie más. La infracción del derecho de retrato no es el uso del retrato de un ciudadano con fines de lucro, sino una violación del derecho exclusivo del ciudadano a su retrato. independientemente del propósito de reproducción, difusión o exhibición debe ser reconocido por los ciudadanos, de lo contrario constituirá una infracción del derecho de retrato

2. sin su consentimiento. . Para los fotógrafos, es el acto de tomar fotografías de otros.

El retrato es una expresión externa de la "personalidad" de un ciudadano. Sólo yo tengo derecho a decidir si reproduzco mi retrato. La posesión y producción pública (fotografía) no afecta la infracción de los derechos de retrato. En otras palabras, aunque no se utiliza públicamente, sigue constituyendo una infracción, como que el estudio fotográfico imprima las fotografías del cliente de forma privada para su conservación. /p>

En tercer lugar, el insulto malicioso o la difamación de los retratos de otras personas significa que el perpetrador insulta, vilipendia, empaña, daña maliciosamente la integridad de los retratos de otras personas, incluso alterando, distorsionando, quemando, rasgando o colgando las fotografías de otras personas. Esta conducta no sólo constituye una infracción del derecho al retrato, sino que a menudo constituye una infracción del derecho a la reputación.

Para resumir, en la práctica de la fotografía, hay tres situaciones que a menudo constituyen una infracción del derecho a la reputación. retrato:

En los últimos años, la llamada vulneración del “derecho de retrato” “Parece que cada vez hay más denuncias. ¿Por qué? Creo que hay muchas razones, pero al final”. análisis puede haber tres: primero, el fotógrafo no comprende la ley; segundo, el fotógrafo infringe deliberadamente los derechos de retrato de las personas con el fin de "obtener ganancias"; tercero, el fotógrafo, el fotógrafo no comprende el significado legal del retrato; derechos, y demandará una indemnización siempre que vea su retrato en el periódico

1. "Con fines de lucro" debe cumplir dos condiciones al mismo tiempo: 1. Que sea el uso de retratos de otras personas. sin su consentimiento; en segundo lugar, el comportamiento lucrativo infringe los derechos de retratos de otras personas, es decir, el usuario espera subjetivamente obtener beneficios económicos utilizando los retratos de otras personas. Sin embargo, el llamado "beneficio" no es lo que normalmente entendemos. siempre que exista subjetividad, el comportamiento intencional y objetivo con fines de lucro, independientemente de si el perpetrador logra el propósito de obtener ganancias, constituye un hecho "con fines de lucro"

2. Los derechos (derechos a la reputación y al honor) de otros en cualquier forma también serán considerados legalmente responsables. Responsabilidad: el infractor tiene derecho a solicitar al infractor que detenga la infracción, restablezca su reputación, elimine el impacto, se disculpe y compense las pérdidas. Se puede ver que sin el permiso del titular del derecho del retrato, si no tiene fines de lucro, si causa un daño real al titular del derecho del retrato, si causa daño mental al titular del derecho del retrato, el usuario también será responsable. por infracción (derechos de retrato). En la práctica judicial, hay muchos casos de desfiguración, embellecimiento y distorsión de retratos de ciudadanos con el fin de no obtener ganancias.

De lo anterior se desprende claramente que "con fines de lucro" no es el único prerrequisito y requisito para determinar si existe una infracción del derecho de retrato de los ciudadanos, sino que es sólo un factor importante para determinar el alcance de responsabilidad por infracción.

3. Aunque el propietario del retrato acepta utilizar su retrato, el usuario excede el alcance, el área y el período del permiso del propietario del retrato. Esta situación no requiere que el daño real sufrido por el titular del derecho del retrato constituya responsabilidad por infracción. Por supuesto, esta situación generalmente entraña responsabilidad por incumplimiento de contrato.

Cómo asumir la responsabilidad civil por infracción del derecho de retrato

En nuestro país, la principal forma de responsabilidad por infracción del derecho de retrato es la responsabilidad civil. Esta forma de responsabilidad civil incluye detener la infracción, eliminar el impacto, pedir disculpas y compensar las pérdidas. Entre ellos, detener la infracción, eliminar el impacto y pedir disculpas son métodos de responsabilidad no patrimonial, y la compensación por pérdidas es un método de responsabilidad patrimonial. En la práctica judicial de nuestro país, la determinación de la responsabilidad extracontractual es generalmente la siguiente: primero, el propósito de obtener ganancias es el estándar de compensación.

Es decir, no importa si las circunstancias son graves o no, si es rentable o no, siempre que la finalidad del uso ilícito sea lucrativa y el propietario del retrato exija una indemnización, el infractor deberá soportar la responsabilidad. responsabilidad por compensación. En segundo lugar, para la infracción de los derechos de retrato sin fines de lucro, es decir, el estándar básico para determinar la compensación por los beneficios morales de la infracción de los derechos de retrato es "circunstancias graves". Si las circunstancias son menores y no se producen consecuencias graves, generalmente no se concede ninguna compensación material.

De acuerdo con las leyes y la práctica judicial de mi país (principalmente esta última), en función de ciertas circunstancias específicas e intereses públicos sociales, los retratos pueden usarse razonablemente sin el consentimiento del propietario del retrato:

En términos generales, no está permitido utilizar su propio retrato sin el consentimiento del propietario del retrato. Sin embargo, en algunos casos, aún puede utilizar su propio retrato sin el consentimiento del propietario del retrato. Esto no constituye una infracción del retrato. derechos Esta es la razón para utilizar el retrato de otra persona. La persona proporcionó una defensa. Estos motivos de defensa brindan a los usuarios condiciones para un uso legítimo e impiden el uso ilegal de sus imágenes sin el consentimiento del titular de los derechos.

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