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Término de la factura de aceptación comercial

Análisis Legal

La fecha de pago de una factura comercial es negociada voluntariamente por ambas partes de la transacción, pero el plazo máximo no puede exceder los 6 meses. Es decir, puedes firmar una letra de cambio a 1 mes, una letra de cambio a 2 meses o una letra de cambio a 6 meses. Sin embargo, el límite máximo es de 6 meses. En circunstancias normales, no se pueden firmar facturas comerciales por más de 6 meses. La factura de aceptación comercial es un tipo de factura comercial. Se refiere a una letra de cambio librada por el beneficiario y aceptada por el librado, o librada y aceptada por el librado. La unidad que utiliza la letra debe ser una persona jurídica con una cuenta en un banco comercial y debe basarse en transacciones legales de productos básicos. Una vez aceptada la letra, el aceptante (es decir, el beneficiario) tiene la responsabilidad de pagar la letra incondicionalmente. cuando vencen. Al mismo tiempo, las letras de cambio se pueden descontar a los bancos y también se pueden circular y transferir.

Base Legal

"La Ley de Títulos Negociables de la República Popular China"

Artículo 19 La letra de cambio es emitida por el librador, y el beneficiario está autorizado a Un instrumento mediante el cual se paga incondicionalmente una cantidad específica al beneficiario o al tenedor a la vista o en una fecha específica.

Las letras de cambio se dividen en letras bancarias y letras comerciales.

Artículo 20 Por emisión de letra se entiende el acto del librador de emitir una letra y entregarla al tomador.

Artículo 21 El librador de una letra de cambio debe tener una auténtica relación de pago encomendada con el beneficiario y disponer de una fuente fiable de fondos para pagar el importe de la letra.

No se podrá emitir ninguna letra de cambio sin contraprestación para defraudar a los bancos u otras partes de la letra.

Artículo 22 La letra de cambio deberá contener las siguientes materias:

(1) Las palabras que indiquen "letra de cambio";

(2) La encomienda de pago incondicional

(3) Monto determinado;

(4) Nombre del pagador;

(5) Nombre del beneficiario;

(6) Fecha de emisión;

(7) Firma y sello del emisor.

Si en la letra de cambio no consta alguna de las cosas señaladas en el párrafo anterior, la letra de cambio será nula.

Artículo 23 La fecha de pago, el lugar de pago, el lugar de emisión y demás hechos registrados en la letra de cambio deberán ser claros y definitivos.

Si la fecha de pago no consta en la factura, ésta será pagadera a la vista.

Si en la letra de cambio no consta el lugar de pago, será el lugar de pago el establecimiento, residencia o residencia habitual del ordenante.

Si en la letra no consta el lugar de emisión, el lugar de emisión será el lugar de emisión, el lugar de negocios, el domicilio o la residencia habitual del librador.

Artículo 24 En la letra de cambio podrán registrarse otras materias de emisión de letras distintas de las señaladas en esta Ley, pero dichas materias inscritas no tendrán el efecto de una letra de cambio.

Artículo 25 La fecha de pago podrá registrarse en una de las siguientes formas:

(1) Pago a la vista;

(2) Pago a la vista; día fijo;

(3) Pago regular después de la emisión del boleto;

(4) Pago regular después de ver el boleto.

La fecha de pago especificada en el párrafo anterior es la fecha de vencimiento de la letra de cambio.

Artículo 26 Después de emitida una letra de cambio, el librador asume la responsabilidad de asegurar la aceptación y el pago de la letra de cambio. Cuando la letra de cambio no sea aceptada o pagada, el librador deberá reembolsar al tenedor el importe y gastos señalados en los artículos 70 y 71 de esta Ley.

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