Medidas para la administración cambiaria de la inversión extranjera
Las cuestiones cambiarias relacionadas con la inversión en el extranjero se implementarán de conformidad con lo establecido en estas Medidas. Las empresas, empresas u otras organizaciones económicas que hayan sido aprobadas para invertir en el extranjero (en adelante, inversores nacionales) deberán pasar por los procedimientos de registro y envío de fondos en divisas ante el departamento de gestión de divisas con los siguientes materiales:
(1) Documentos de aprobación de la autoridad nacional competente del departamento;
(2) Conclusiones escritas del departamento de gestión de divisas sobre la revisión de los riesgos cambiarios y las fuentes de fondos en divisas;
Contratos de proyectos de inversión u otros documentos que puedan demostrar que los inversores nacionales deben remitir documentación interna sobre la cantidad de fondos en divisas.
Al tramitar los procedimientos de registro y envío de fondos de inversión en divisas previstos en el párrafo anterior, el departamento de gestión de divisas deberá revisar las fuentes de fondos de inversión en divisas de los inversores nacionales. Al registrarse, los inversores nacionales deben pagar un depósito de los fondos entrantes en divisas 5 (en lo sucesivo, el depósito). El margen se depositará en la cuenta bancaria especial designada por el departamento de administración de divisas. Cuando los beneficios acumulados remitidos alcancen el importe de los fondos en divisas remitidos, se reembolsará el depósito. Los intereses sobre los depósitos de margen se pagarán a los inversores nacionales de conformidad con las normas nacionales.
Si a los inversores nacionales les resulta difícil depositar depósitos, pueden comprometerse por escrito con el departamento de gestión de divisas a garantizar que las empresas de inversión extranjeras puedan repatriar sus beneficios u otros ingresos en divisas a tiempo. Cualquier persona que viole las disposiciones de los artículos 6, 11 y 12 de estas Medidas recibirá la orden del departamento de gestión de divisas de repatriar a los inversores nacionales dentro de un plazo determinado y podrá imponer una multa cambiaria de 20 RMB a 10 RMB del importe de la multa. fondos nacionales repatriados.
Por violaciones de los artículos 9 y 10 de estas Medidas, si las circunstancias son graves, el departamento de gestión de divisas puede imponer una multa de no más de 100.000 RMB a los inversores nacionales.
Las violaciones de otras disposiciones de estas Medidas se tratarán de conformidad con las "Reglas de Implementación de Sanciones por Infracciones a la Administración de Divisas". Estas Medidas entrarán en vigor a partir de la fecha de su promulgación.