¿Qué responsabilidad legal debo asumir si todavía tomo el dinero de otra persona como propio, sabiendo que es de otra persona?
(1) Robar, defraudar o robar una pequeña cantidad de propiedad pública o privada;
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Derecho Penal de la República Popular China
Artículo Segundo 164 Quien hurte propiedad pública o privada, si la cantidad es relativamente importante o si ocurre repetidamente, será sancionado con pena fija. -pena de prisión no superior a tres años, detención penal o vigilancia pública, y será multada también o únicamente si la cuantía es elevada o concurren otras circunstancias graves, será condenada a una pena no inferior a tres años y diez años; Pena privativa de libertad no superior a diez años y multa si su cuantía es particularmente elevada o concurren otras circunstancias especialmente graves, la pena será no inferior a diez años de prisión o cadena perpetua, y multa o confiscación de bienes; si se produce alguna de las siguientes circunstancias, la pena será de cadena perpetua o muerte. También se confiscarán los bienes:
(1) Robo a instituciones financieras, la cantidad es particularmente grande (2; ) Robar preciosas reliquias culturales, las circunstancias son graves.
Artículo 270: El que posea ilegalmente bienes ajenos y la cantidad sea relativamente importante y se niegue a devolverlos, será sancionado con pena privativa de libertad no mayor de dos años, prisión preventiva o multa si la hubiere; la cantidad es enorme o existen otras circunstancias graves, será sentenciado a dos años. El infractor será sentenciado a una pena de prisión de no menos de cinco años pero no más de cinco años y también se le impondrá una multa.
El que se apodere ilegalmente de objetos olvidados o enterrados ajenos y se niegue a entregarlos si su cantidad es relativamente importante, será sancionado conforme a lo dispuesto en el párrafo anterior.
Este pecado sólo puede ser tratado hablando abiertamente.
Artículo 79 de los "Principios Generales del Derecho Civil de la República Popular China" Los objetos enterrados y ocultos de dueño desconocido pertenecerán al Estado. La unidad receptora deberá elogiar o recompensar materialmente a la unidad o individuo que lo entregó.
Los objetos perdidos, a la deriva o animales callejeros deberán ser devueltos a sus propietarios, siendo reembolsados los gastos resultantes por éstos.