¿Cuáles son los requisitos para los índices de adecuación de capital en todos los niveles en las Medidas de gestión de capital para bancos comerciales?
Artículo 23 El índice de adecuación de capital de los bancos comerciales en todos los niveles no será inferior a los siguientes requisitos mínimos:
(1) El índice de adecuación de capital de nivel 1 básico no será inferior del 5%.
(2) El índice de adecuación de capital del primer piso no será inferior al 6%.
(3) El índice de adecuación de capital no será inferior al 8%.
Artículo 24 Los bancos comerciales constituirán reservas de acuerdo con los requisitos mínimos de capital. El requisito de capital de reserva es del 2,5% de los activos ponderados por riesgo, que se cubre con capital básico de nivel 1.
En determinadas circunstancias, los bancos comerciales deberían reservar capital anticíclico además de los requisitos de capital mínimo y los requisitos de capital de reserva. Los requisitos de capital anticíclico son del 0% al 2,5% de los activos ponderados por riesgo, cubiertos por capital básico de nivel 1.
Las reglas para la provisión y aplicación del capital anticíclico se estipulan por separado.
Artículo 25 Además de los requisitos mínimos de capital, el capital de reserva y los requisitos de capital anticíclico estipulados en los artículos 23 y 24 de estas Medidas, los bancos de importancia sistémica también acumularán capital adicional.
El requisito de capital adicional para los bancos nacionales de importancia sistémica es del 1% de los activos ponderados por riesgo, que se cubre con capital básico de nivel 1. Las normas de identificación para los bancos nacionales de importancia sistémica se estipulan por separado.
Si un banco nacional es reconocido como un banco de importancia sistémica global, los requisitos de capital adicionales aplicables no serán inferiores a las regulaciones unificadas del Comité de Basilea.
Artículo 26 Además de los requisitos de capital estipulados en los artículos 23, 24 y 25 de estas Medidas, la Comisión Reguladora Bancaria tiene derecho a proponer medidas más prudentes bajo el marco de requisitos de capital del segundo pilar para garantizar que. El capital cubre completamente los riesgos, incluyendo:
(1) Requisitos de capital específicos para algunas carteras de activos basados en juicios de riesgo;
(2) Basados en los resultados de inspecciones supervisoras, requisitos de capital específicos para cada banco.
Artículo 27 Además de los requisitos reglamentarios anteriores para el índice de adecuación de capital, los bancos comerciales también deben cumplir los requisitos reglamentarios para el índice de apalancamiento.
Las reglas de cálculo y los requisitos reglamentarios de los ratios de apalancamiento se estipulan por separado.