Los empleados despedidos de empresas estatales están exentos de pagar la seguridad social.
(1) Si el interesado es un empleado despedido de una empresa estatal, posee un certificado preferencial de reempleo, es contratado por una empresa orientada a servicios y firma un contrato de trabajo con la empresa por más de tres años, el gobierno pagará durante tres años el seguro de pensión y los subsidios del seguro de desempleo. (2) Entre los empleados despedidos de empresas estatales (hombres mayores de 50 años, mujeres mayores de 40 años) que son personas mayores con dificultades para encontrar empleo, poseen un "Certificado Preferencial de Reempleo" y son contratados por la asistencia pública. Para los puestos desarrollados por sus comunidades, podrán firmar un contrato laboral desde el momento de su firma. A partir de esa fecha, recibirán subsidios de seguro de pensión y seguro de desempleo por parte del gobierno. (3) Si el empleador termina la relación laboral con la parte interesada anticipadamente debido a dificultades en la producción y operación o por razones distintas a la culpa del empleador, la parte interesada puede apelar ante la autoridad laboral municipal o distrital (condado, ciudad). El departamento administrativo de la seguridad social y el departamento administrativo del trabajo y la seguridad social lo verificarán. La empresa donde trabaja el partido seguirá pagando las primas del seguro de pensión y del seguro de desempleo hasta que expire el período del subsidio. El seguro de pensiones y el seguro de desempleo son responsabilidad personal y son retenidos y pagados por la empresa o por el individuo a la agencia de seguro social. Al mismo tiempo, los interesados también tienen derecho a solicitar información sobre los registros de pago a la agencia de seguridad social. Artículo 20 de las "Medidas provisionales para la gestión de los fondos de seguridad vital básica y de reempleo para los empleados despedidos de empresas estatales"
Objetividad jurídica:
Artículo 60 de las " Ley del Seguro Social" El empleador deberá declarar y pagar las primas del seguro social en su totalidad y a tiempo. El pago no se pospondrá ni reducirá excepto por razones legales como fuerza mayor. Las primas del seguro social que los empleados deben pagar serán retenidas y pagadas por el empleador, y el empleador notificará al individuo los detalles del pago de las primas del seguro social mensualmente. Los hogares industriales y comerciales individuales sin empleados, los empleados a tiempo parcial que no han participado en el seguro social del empleador y otro personal de empleo flexible pueden pagar las primas del seguro social directamente a la agencia de recaudación de primas del seguro social.