Los contadores que hayan sufrido represalias recuperarán su reputación, su posición original y su rango. Artículo 47 Si el personal del departamento financiero y los departamentos administrativos pertinentes abusan de su poder, descuidan sus deberes, cometen malas prácticas para beneficio personal o filtran secretos de estado o secretos comerciales durante el proceso de supervisión y gestión, lo que constituye un delito, serán investigados. por responsabilidad penal conforme a la ley; si no constituye delito, imponer sanciones administrativas conforme a la ley; Artículo 48 Quien viole lo dispuesto en el artículo 30 de esta Ley y transfiera el nombre y materiales del denunciante a la unidad o persona denunciada, estará sujeto a sanciones administrativas por parte de la unidad a la que pertenece o de la unidad correspondiente de conformidad con la ley. Artículo 49 Quien viole las disposiciones de esta Ley y otras disposiciones legales al mismo tiempo será sancionado por los departamentos correspondientes dentro de sus respectivas competencias.
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