Garanticé el préstamo de otra persona hace diez años y aún no lo he pagado. ¿Qué debo hacer?
Base jurídica: “Código Civil de la República Popular China”
Artículo 386 Si el deudor no cumple con su deuda vencida o las partes acuerdan realizar la garantía mobiliaria, la garantía El propietario tendrá La propiedad garantizada tendrá prioridad para recibir el pago de acuerdo con la ley, a menos que la ley disponga lo contrario.
Artículo 412 Desde la fecha del embargo, si el deudor no cumple con sus deudas vencidas ni realiza los derechos hipotecarios conforme a lo convenido por las partes, el acreedor hipotecario tendrá derecho a cobrar el interés natural o legal de los intereses hipotecados, a menos que el acreedor hipotecario no notifique al deudor quién deberá pagar los intereses legales.
Los intereses previstos en el párrafo anterior se utilizarán en primer lugar como coste del cobro de los mismos.