¿La tasa de interés mensual de 120.000 y 2.500 es un usurero?
Siempre que el tipo de interés mensual sea de 2 céntimos, siempre que el tipo de interés no supere 4 veces el precio de mercado de un préstamo a un año, no se considera usura. el exceso de intereses no está protegido por la ley y el prestatario no necesita pagarlo, pero las partes aún deben pagar el capital y los intereses razonables a tiempo.
Objetividad jurídica:
Disposiciones del Tribunal Supremo Popular sobre varias cuestiones relativas a la aplicación de la ley en el juicio de casos de préstamos privados Artículo 25: El prestamista exige al prestatario que pague intereses de acuerdo con el tipo de interés pactado en el contrato, el tribunal popular debe respaldarlo, salvo que el tipo de interés pactado por ambas partes exceda cuatro veces el precio de mercado del préstamo a un año en el momento de celebración del contrato.