¿Qué pasará con los pagos de la seguridad social?
1. La interrupción de los pagos del seguro de pensiones afectará los períodos de pago futuros y los recibos de pensiones. Después del reembolso, los períodos de pago anteriores y anteriores se pueden combinar;
2 Si se interrumpe el pago del seguro médico, no se pueden disfrutar de los beneficios correspondientes. Después del reembolso, el período de pago se calculará en función del nuevo tipo de seguro y los períodos de pago no se pueden combinar;
3 Otros:
(1) Seguro médico significa que solo. Quienes hayan pagado una determinada cantidad de años podrán disfrutar de Beneficios de por vida. Hombres y mujeres pueden disfrutar de un seguro médico de por vida después de pagar las primas durante 20 años. Si se interrumpe el seguro médico, no podrá disfrutar de los beneficios del seguro médico durante el período de interrupción. Sin embargo, existe un período de reserva para el seguro médico a partir de la fecha de interrupción. Si el seguro no se renueva por más de 3 meses, se volverá a calcular el período de pago continuo y el monto del reembolso del seguro médico y el monto del seguro médico por enfermedades críticas también se verán afectados.
(2) Si no se ha pagado el seguro de pensión durante 15 años, no podrá recibir el seguro de pensión mensualmente. Debes cotizar durante al menos 15 años y podrás recibir una pensión mensual cuando llegues a la edad de jubilación. Si el pago se suspende a mitad de camino, se puede continuar con el pago, pero esto puede afectar los beneficios de la pensión después de la jubilación.
Base jurídica: Artículo 51 de la “Ley del Seguro Social”.
Si una persona desempleada cumple cualquiera de las siguientes circunstancias mientras recibe los beneficios del seguro de desempleo, dejará de recibir los beneficios del seguro de desempleo y disfrutará de otros beneficios del seguro de desempleo:
(1) Re -empleo;
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(2) Aquellos que deberían servir en el ejército;
(3) Aquellos que han emigrado al extranjero;
( 4) Disfrutar de los beneficios del seguro de pensión básico;
(5) Negarse a aceptar trabajo o capacitación apropiados proporcionados por departamentos o instituciones designados por el gobierno popular local sin razones justificables.