¿Qué debo hacer si mi pago de la seguridad social se retrasa un día? ¿Cómo debo devolverlo?
Si el empleador no paga, entonces lo devolverá. Según el artículo 58 de la Ley del Seguro Social, el empleador deberá gestionar el registro del seguro social de los empleados dentro de los 30 días siguientes a la fecha de empleo. Si no se realiza el registro en el seguro social, la agencia del seguro social determinará las primas del seguro social a pagar.
Artículo 63 Si un empleador no paga las primas del seguro social en su totalidad y a tiempo, la agencia de recaudación de primas del seguro social le ordenará que pague dentro de un plazo o recupere el monto.
Por lo general, el plazo para el pago atrasado del seguro depende de la agencia de recaudación de primas del seguro social y de la empresa.
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