La Oficina de Seguridad Social determina las condiciones para la compensación por muerte de los empleados.
Si la Oficina del Seguro Social determina que un empleado falleció en el trabajo, el estándar de compensación es el mismo que el del Artículo 39 del "Reglamento del Seguro de Accidentes de Trabajo". Si un empleado muere en el trabajo, sus parientes cercanos recibirán un subsidio para funeral, una pensión para pariente dependiente y un subsidio único por fallecimiento relacionado con el trabajo del fondo del seguro de lesiones relacionadas con el trabajo de acuerdo con las siguientes disposiciones: (1) El funeral el subsidio será el salario mensual promedio de los empleados del área coordinadora en el año anterior. Seis meses (2) La pensión para familiares dependientes será pagada por los familiares del empleado que falleció en el trabajo y que no pudo trabajar y proporcionó la fuente principal; de vivir. El estándar es: cónyuge 40, otros familiares 30, ancianos viudos o huérfanos 10. El monto total de la pensión calculada para familiares dependientes no podrá ser mayor que el salario del empleado que falleció en el trabajo. El alcance específico del apoyo a los familiares será estipulado por el departamento administrativo de seguro social del Consejo de Estado. (3) El estándar para el beneficio único por muerte relacionada con el trabajo será 20 veces el ingreso disponible per cápita de los residentes urbanos en el año anterior. . Si un empleado incapacitado fallece en el trabajo durante la suspensión remunerada, sus familiares cercanos disfrutarán de los beneficios previstos en el párrafo 1 de este artículo. Si un empleado con discapacidad de nivel uno a cuatro fallece una vez vencido el período de licencia sin goce de sueldo, sus familiares cercanos podrán disfrutar de los beneficios previstos en los incisos (1) y (2) del párrafo 1 de este artículo.